Principio de igualdad, ruptura del equilibrio contractual y revisión del contenido del contrato de adhesión no celebrado con consumidores. Un estudio en clave constitucional - El derecho contractual en clave constitucional - Libros y Revistas - VLEX 1023359821

Principio de igualdad, ruptura del equilibrio contractual y revisión del contenido del contrato de adhesión no celebrado con consumidores. Un estudio en clave constitucional

AutorAndrés Mariño López
Páginas55-67
55
PrinciPio de igualdad, ruPtura del equilibrio contractual y revisión del
contenido del contrato de adhesió n no celebrado con consumidores.
PrinciPio de iGualdad, ruPtura del e quiliBrio contractual y
revisión del contenido d el contrato de adhesión n o celeBrado
con consumidores. un estudi o en clave constituciona l
Andrés mariño lóPez
Catedrático de Derecho civil
Facultad de Derecho
Universidad de la República Oriental del Uruguay
Abogado
sumario:
1. Introducción. 2. Sistemas jurídicos y normas jurídicas. 3. Subsistemas del
sistema jurídico y subsistema de Derecho de los contratos. 4. Metodología
de aplicación de las normas jurídicas: Constitucionalización del Derecho
Privado y Diálogo de Fuentes. 5. Sistema jurídico y principios generales
del derecho. 6. El principio general de igualdad de rango constitucional.
7. Los principios especiales o sectoriales de los subsistemas jurídicos. 8.
Los principios del subsistema de Derecho de los Contratos y el principio
de igualdad contractual. 9. La aplicación del principio de igualdad
contractual: la inecacia de las cláusulas que fracturan el equilibrio del
contrato del contrato de adhesión paritario.
1. introducción
El sistema jurídico constituye un conjunto de normas jurídicas
interrelacionadas, que tiene por función la regulación de las conductas de las
personas en sociedad. Se conforma por diversos subsistemas integrados por
normas jurídicas que regulan ámbitos sociales y económicos especícos.
Los sistemas jurídicos conguran una unidad compleja, en la cual se
relacionan normas jurídicas de diversas fuentes (Constitución, tratados,
convenciones e instrumentos internacionales, leyes, decretos, etc.), las cuales
se aplican en forma coordinada, mediante el diálogo de fuentes, dando
preeminencia a las normas constitucionales que garantizan el reconocimiento
de la dignidad de la persona.

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