Prefacio - La teoría pura del derecho. Introducción a la problemática científica del derecho - Libros y Revistas - VLEX 976304754

Prefacio

AutorHans Kelsen
Cargo del AutorProfesor Emérito de Derecho Internacional de la Universidad de California. Miembro Honorario del Institut de Droit International
Páginas19-21
19
La teoría pura deL derecho
preFacio
Hace ya más de dos décadas que emprendí la tarea de desarrollar una teoría
pura del Derecho, esto es, una teoría depurada de toda ideología política y de
todo elemento cientíco-natural, y consciente de su peculiaridad en razón de
la legalidad propia de su objeto. Desde un principio tuve por mira elevar a
la Jurisprudencia, que abierta u ocultamente disolvíase casi por completo en
el razonamiento jurídico-político, a la altura de una ciencia auténtica, de una
ciencia del espíritu. Tratábase de dar despliegue a sus tendencias dirigidas, no
a la creación, sino exclusivamente al conocimiento del derecho, y de acercar
lo más posible sus resultados al ideal de toda ciencia: objetividad y exactitud.
Puedo comprobar hoy con satisfacción que no me he quedado solo en este
camino. En todos los países cultos, en todos los círculos de la tan variada
labor jurídica profesional, en los teóricos como en los prácticos, y aun en los
representantes de ciencias anes, encontré alentadora adhesión. Un círculo de
idénticos aspirantes unióse más estrechamente a lo que se llama mi “escuela”,
y que lo es sólo en el sentido de que cada cual procura aprender de los otros
sin renunciar por ello a tomar su camino propio. Tampoco es reducido el
número de los que, sin profesor en la Teoría pura del Derecho, en parte sin
nombrarla y hasta rechazándola en forma directa y poco amistosa, toman
de ella resultados esenciales. A éstos, en particular, quedo agradecido, pues
bien que contra su voluntad, atestiguan mejor que los más eles partidarios
la utilidad de mi teoría.
A la par que reconocimiento e imitación, ella ha producido también
resistencia, resistencia de un apasionamiento casi sin ejemplo en la historia
de la Ciencia del Derecho, y que en forma alguna puede explicarse por
antagonismos reales que en ella aparezcan. Pues éstos estriban en parte
en malas inteligencias que, además de eso, a menudo parecen no del todo
impremeditadas; y cuando ellos realmente existen, difícilmente pueden
justicar la exacerbación de los adversarios. Porque la teoría combatida, en
manera alguna es tan inusitadamente nueva ni contradice todo lo que hasta
aquí ha tenido existencia. Puede comprendérsela como el desarrollo posterior
de acometidas que ya se anuncian en la ciencia jurídica positiva del siglo XIX.
Pero también mis adversarios proceden de ella. No el hecho de que yo exija
de la Jurisprudencia de nuestros días un cambio completo de dirección, es
lo que provoca el alboroto de la literatura, sino que exija de ella atenerse a
una de las direcciones entre las que vacila inseguramente de aquí para allí;
no tanto la novedad como la consecuencia de mi teoría. Y ya esto sólo hace
presumir que en la lucha contra la Teoría pura del Derecho no solamente
repercuten motivos cientícos, sino ante todo, políticos, y por tanto, motivos
alta y marcadamente afectivos. La cuestión sobre si es ciencia de la Naturaleza

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