Martin W. Littleton - Segunda parte - Cómo ganar juicios. Práctica forense en los tribunales de los Estados Unidos - Libros y Revistas - VLEX 976304173

Martin W. Littleton

AutorFrancis L. Wellman
Cargo del AutorAbogado del Foro de Nueva York
Páginas145-152
145
Cómo ganar juiCios
martin W. littleton
todo ProceSaliSta se ha topado con él. En muchos juicios civiles y criminales
el perito desempeña un papel muy importante y es, a veces, el factor decisivo.
Por regla general ambas partes ofrecen la prueba de peritos en la materia de
que se trata. Estos peritos, a su turno respectivo, ocupan la tarima y declaran; y
sus pericias, por supuesto, son tremendamente contradictorias. Un perito o grupo
de peritos declaran una cosa y el otro u otros declaran precisamente lo contrario.
El jurado compuesto por doce hombres y mujeres legos, es llamado
nalmente a decidir cuál de los varios peritos ha llegado a una conclusión
exacta respecto de los detalles y sutilezas técnicos involucrados en el asunto
que se discute. En los procesos criminales el juez debe advertir al Jurado que,
antes de pronunciar un veredicto de culpabilidad, deben hallarse convencidos
“fuera de toda duda razonable” de la culpabilidad del acusado. Si la defensa
ha invocado la insania como causal de inimputabilidad y dos grupos de
peritos han presentado pericias absolutamente contradictorias sobre el estado
mental del acusado en el momento de cometer el delito, el Jurado lego debe
resolver, con su veredicto, cuál de las dos pericias es la correcta. En el Estado
de Nueva York, la presunción de cordura solo puede ser neutralizada por
pruebas sucientes; en cambio, pesa sobre la acusación la carga de demostrar
“fuera de toda duda razonable” que el imputado cometió el crimen de que
se le acusa, lo cual importa necesariamente establecer que se hallaba en un
estado mental que le permitía asumir la responsabilidad de sus actos.
Frente a estas pericias contradictorias en forma tan absoluta, formuladas
por peritos reputados, el Jurado tiene que llegar a la solución por medio de
la adivinación y en cierta medida, del impresionismo. Doce legos no pueden
resolver los puntos técnicos que peritos presumiblemente capaces han
establecido, “fuera de toda duda razonable”. La mera circunstancia de que
los peritos que han prestado juramento de decir verdad, dieran, es casi base
suciente en sí misma, para que el lego se diga: “Si peritos capaces pueden
opinar en forma diferente sobre esta cuestión técnica, ¿cómo puedo yo, lego,
determinar cuál de las dos pericias es la correcta? ¿No autoriza esta diferencia
de pericias una “duda razonable” de mi mente?”.
En los juicios civiles el efecto de las pericias contradictorias es casi el mismo,
solo que en vez de “fuera de toda duda razonable” deben emitirse en base a
la “imparcial preponderancia de la prueba”.
Así las cosas, incumbe al procesalista, sea el juicio criminal o civil, derrotar,
en lo posible, a los peritos de la contraparte, haciendo que la fuerza probatoria
del dictamen de los peritos de su parte quede por encima de toda oposición.
Por regla general, los abogados encaran la tarea de repreguntar a un
perito en una de estas tres maneras. Primera: algunos abogados no preparan
absolutamente nada las repreguntas, sino que preeren jugar a ser más listos
que el perito en su propio juego. Esto, excepto en pocos casos de buena suerte,
es suicida.
Segundo: hay abogados que se pasan varios días estudiando libros de
texto, heliografías y cualesquiera otros avíos que sean de algún valor para

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