I.- Nº 2.- Interdicción. Disipación - Procedimiento ordinario - Práctica Forense Procesal Civil. Tomo I: Demandas - Contratos - VLEX 856791715

I.- Nº 2.- Interdicción. Disipación

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Actualizado aEnero 2021

Page 177

Procedimiento: Ordinario

Materia: Interdicción por disipación (I15)

Demandante:

Abogado patrocinante:

Rut:

Demandado:

Rut:

EN LO PRINCIPAL: Demanda ordinaria de interdicción por disipación.

PRIMER OTROSI: Interdicción provisional;

SEGUNDO OTROSI: Información;

TERCER OTROSI: Informe médico; y

CUARTO OTROSI: Patrocinio y poder.

Señor Juez Civil

..........................., domiciliado en la ciudad de ................., a Usía, digo:

Page 178

Que, vengo en interponer en Procedimiento Ordinario demanda de interdicción por disipación, en contra de..................domiciliado en la ciudad de.......en base a los siguientes argumentos de hecho y derecho que paso a exponer:

Que, me liga con don ...................., de profesión ..................., domiciliado en la ciudad de..........................., la siguiente relación de familia:

........................................

Dicha persona es, hoy día, un peligroso dilapidador, un pródigo, según paso a explicar.

En efecto, desde hace .................... meses, su conducta económica ha sido muy anormal, como paso a describir:

  1. - ....................................................

  2. - ....................................................

    Esta anormalidad produce perjuicios de orden patrimonial, a diversas personas:

  3. - ...............................................

  4. - ...............................................

    Así, el demandado ha perdido parte importante de su patrimonio: ...........................

    Es necesario salvar el resto de sus bienes.

    A fin de evitar futuros daños, para solicitar la nulidad de los actos anteriores que don ........................ ejecutó en estado anormal de dilapidación, y de pedir, oportunamente, el nombramiento de un curador que vele por su persona y por sus bienes, procede que se le declare en interdicción.

    POR TANTO:

    En mérito de lo expuesto y dispuesto en el art.443 y 447 Ss., del Código Civil y 254 y Ss., del Código de Procedimiento Civil.

    PIDO A USÍA:

    Page 179

    Decrete tener por presentada demanda de interdicción de administrar sus bienes, por causa de dilapidación, en contra de don .........................., ya individualizado; acogerla; y, en definitiva, declarar que el demandado queda privado completamente de la administración de sus bienes, disponiendo la inscripción y publicaciones determinadas por la ley, con costas.

    PRIMER OTROSI: Solicito a Ssa., de acuerdo con lo que dispone el art.461 en relación con el art. 446...

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