Del gobierno en general - Libro Tercero - Contrato social o principios de derecho político - El contrato social - Libros y Revistas - VLEX 976582508

Del gobierno en general

AutorJean-Jacques Rousseau
Páginas53-56
53
EL CONTRATO SOCIAL
CAPÍTULO I
DEL GOBIERNO EN GENERAL
Advierto al lector que este capítulo debe ser leído reposadamente y que
desconozco el arte de ser claro para quien no quiere prestar atención.
Toda acción libre tiene dos causas que concurren a producirla; una mo-
ral, a saber: la voluntad, que determina el acto; otra física, a saber: el poder,
que la ejecuta. Cuando marcho hacia un objeto es preciso primeramente que
yo quiera ir; en segundo lugar, que mis piernas me lleven. Si un paralítico
quiere correr o si un hombre ágil no lo quiere, ambos se quedarán en su sitio.
El cuerpo político tiene los mismos móviles; se distinguen en él, del mismo
modo, la fuerza y la voluntad; ésta, con el nombre de poder legislativo; la otra,
con el de poder ejecutivo. No se hace, o no debe hacerse, nada sin el concurso
de ambos.
Hemos visto cómo el poder legislativo pertenece al pueblo y no puede
pertenecer sino a él. Por el contrario, es fácil advertir, por los principios antes
establecidos, que el poder ejecutivo no puede corresponder a la generalidad,
como legisladora o soberana, ya que este poder ejecutivo consiste en actos
particulares que no corresponden a la ley ni, por consiguiente, al soberano,
todos cuyos actos no pueden ser sino leyes.
Necesita, pues, la fuerza pública un agente propio que la reúna y la
ponga en acción según las direcciones de la voluntad general, que sirva para
la comunicación del Estado y del soberano, que haga de algún modo en la
persona pública lo que hace en el hombre la unión del alma con el cuerpo. He
aquí cuál es en el Estado la razón del gobierno, equivocadamente confundida
con el soberano» del cual no es sino el ministro»
¿Qué es, pues, el gobierno? Un cuerpo intermediario establecido entre los
súbditas y el soberano para su mutua correspondencia, encargado de la ejecu-
ción de las leyes y del mantenimiento de la libertad, tanto civil como política.
Los miembros de este cuerpo se llaman magistrados o reyes, es decir,
gobernantes, y el cuerpo entero lleva el nombre de príncipe1. Así, los que preten-
den que el acto por el cual un pueblo se somete a los jefes no es un contrato
1Por esto es por lo que en Venecia se da al Colegio el nombre de Príncipe serenísimo, aun
cuando no asista a él el Dogo (Dux).

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