Formalidades del acuerdo de unión civil
Autor | Rubén Celis Rodríguez/Eric Andrés Chávez Chávez |
Cargo del Autor | Abogados |
Páginas | 185-186 |
Capítulo II
FORMALIDADES DEL ACUERDO DE UNIÓN CIVIL
CELEBRACIÓN DEL ACUERDO DE UNIÓN CIVIL
1.- FORMALIDAD. El acuerdo de unión civil se celebrará:
1.1.- En el Servicio de Registro Civil e Identificación;
1.2.- Ante cualquier oficial, quien levantará acta de todo lo
obrado, la que será firmada por él y por los contrayentes.
1.3.- La celebración podrá efectuarse en el local de su oficina
o en el lugar que señalaren los contrayentes, siempre que se hallare
ubicado dentro de su territorio jurisdiccional.
2.- MANI FESTACIÓN DE INHABILIDADES.En este acto, los
contrayentes deberán declarar, bajo juramento o promesa, por
escrito,oralmente o por lenguaje de señas acerca del hecho:
2.1.- De no encontrarse ligados por vínculo matrimonial no
disuelto; o
2.2.- Un acuerdo de unión civil vigente.
3.- CELEBRACI ÓN A TRAVÉS DE MANDATO. El acuerdo podrá
celebrarse por mandatario facultado especialmente para este
efecto. El mandato deberá otorgarse por escritura pública en la que
se indiquen los nombres, apellidos, nacionalidad, profesión u oficio y
domicilio de los contrayentes que quedarán sujetos al acuerdo y del
mandatario.
El mandatario requerirá facultad expresa para convenir por
su mandante la comunidad de bienes a que se refiere el artículo 15
(Art.5).
4.- INSCRIPCI ÓN EN EL REGISTRO ESPECIAL DEL SERVICI O DE
REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN . El acta levantada por el oficial del
Registro Civil, a que se refiere el artículo anterior, se inscribirá en un
registro especial que llevará el Servicio de Registro Civil e
Identificación.
El Registro Especial de Acuerdo de Unión Civil que llevará el
Servicio de Registro Civil e Identificación deberá incluir las
siguientes referencias: nombre completo y sexo de los contrayentes;
fecha, hora, lugar y comuna en la que se celebra este contrato; y la
certificación, realizada por el oficial del Registro Civil, del
cumplimiento de los requisitos establecidos para su celebración
(Art.6).
REQUISITOS DE VALIDEZ
Para la validez de este contrato será necesario que los
contrayentes sean:
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