Capítulo V: Metodología, Resultados y Conclusiones - El control difuso de convencionalidad: ex officio del sistema Chile - Libros y Revistas - VLEX 939704787

Capítulo V: Metodología, Resultados y Conclusiones

Páginas221-245
EL CONTROL DIFUSO DE CONVENCIONALIDAD
Editorial El Jurista
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CAPÍTULO V
METODOLOGÍA, RESULTADOS Y
CONCLUSIONES
1. Metodología
Como se ha podido apreciar, este trabajo de investigación
esta orientado a determinar cómo nuestra judicatura, en espe-
cial la ordinaria, ha asimilado el control de convencionalidad
en sus resoluciones, y de qué modo lo han desarrollado al
momento de ejercer su jurisdicción. En este sentido, hemos
auscultado fallos de relevancia de los Tribunales Superiores
de Justicia, y también la visión del Tribunal Constitucional
en esta materia.
En el presente trabajo se han utilizado distintos mecanis-
mos de recolección de datos, como encuestas y entrevistas.
Respecto a lo anterior, hemos considerado pertinente observar
a los Tribunales Inferiores pertenecientes al Poder Judicial, de
la Región Metropolitana de Santiago, de Garantía y Familia,
en atención a que en ellos se ha evidenciado una corriente
nueva de magistrados con énfasis en materia de derechos
fundamentales.
En lo relativo a las entrevistas, se escogió al profesor y
Director del Centro de Derechos Humanos de la Universidad
VÍCTOR RODRIGO SOTO RAMÍREZ
Editorial El Jurista
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de Chile don Claudio Nash, en atención a que constituye una
voz autorizada en la promoción y enseñanza de los derechos
humanos en el continente.
Las interrogantes fundantes de esta investigación se han
establecido de la siguiente forma: ¿ES FACTIBLE UN CON-
TROL DIRECTO DE LA CADH Y SU JURISPRIDENCIA POR
LOS JUECES NACIONALES O SÓLO SE POSIBILITA UN
CONTROL ARMÓNICO CONSTRUCTIVO?¿ESTÁN NUES-
TROS JUECES ORDINARIOS CAPACITADOS PARA APLI-
CAR LA CADH Y SU JURISPRUDENCIA EN SUS FALLOS?
¿ESTÁN NUESTROS SENTENCIADORES CONVENCIDOS
DEFINITIVAMENTE DE LA SUPREMACÍA CONVENCIONAL
DE LOS TRATADOS SOBRE DERECHOS HUMANOS?
2. Hipótesis a comprobar
1.- Los jueces ordinarios no utilizan y no aplican de
modo directo represivo el control de convencionali-
dad, limitándose a lo más a interpretación conforme
constructiva.
2.- Los Jueces ordinarios no poseen la capacidad su-
cienteparaaplicarlaCADHysujurisprudencia.
3.- Nuestros Jueces ordinarios no están convencidos
de la supremacía de los tratados internacionales en
materia de derechos humanos por sobre la Consti-
tución.
3. Caracteres de la Investigación
La presente investigación corresponde al ámbito descrip-
tivo y crítica evaluativa, pues simplemente se orienta a dar
cuenta de la caracterización de los eventos que fundamentan
las hipótesis, como asimismo, de encontrar medidas y/o so-

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