Capítulo II: Evolución, rasgos característicos, y naturaleza de la actividad médica - Responsabilidad civil médica - Libros y Revistas - VLEX 1025808520

Capítulo II: Evolución, rasgos característicos, y naturaleza de la actividad médica

AutorCarlos Ignacio Jaramillo J.
Páginas39-111
39
1.
Evolución de la responsaBilidad
civil médica: Breve descripción
La responsabilidad médica, tal y como hoy la conocemos, ha sido obra de cen-
turias, al punto que es el corolario de siglos de decantación y maduración. Ello ex-
plica que se aluda, en la ciencia médica, a variadas fases y etapas, cada una dueña
de singulares características, v.gr. a la medicina prehipocrática, a la hipocrática, a la
poshipocrática (todas ellas en función del emérito médico de la antigüedad, HIPÓ-
CRATES), a la alejandrina, a la medieval, a la renacentista, a la barroca, a la de la
ilustración, a la decimonónica y a la contemporánea, con sus subdivisiones tempo-
rales y tópicas.
En la primera fase, engastada en la apellidada medicina arcaica, imperaba lo
“...sobrenatural y lo puramente empírico”. Por ello, se rendía “...culto a Apolo como
el dios del que se origina la enseñanza del arte de curar, y se diviniza a Esculapio o
Asclepio, al que se dedican santuarios por toda Grecia. Allí concurrían los enfermos
a ofrecer sacricios para una cura milagrosa a través del sueño sagrado, de la incuba-
ción, en el que se aparecía Asclepio... En todo caso la medicina religiosa y la racional
coexistían entonces...”6.
Siglos más tarde comienza a escindirse la religión del arte médico, propia-
mente dicho, y es cuando se inicia, así sea de manera incipiente, el proceso de
cientificidad galénico, que se afianza en la edad moderna, y depura en la contem-
poránea, hasta llegar a la medicina del siglo XXI, caracterizada por un altísimo
nivel técnico, propicio para el desarrollo sostenido de disciplinas tan novísimas
como la biología y la genética —incluida la molecular—, escenario de los recientes
descubrimientos en punto tocante con la clonación, el mapa o huella genética (ge-
noma humano), etc.7.
No ha sido entonces, por generación espontánea, que se han producido los avan-
ces que hoy conocemos, y que le atribuimos a la ciencia médica, como cualquiera po-
dría pensar, los que han suscitado su expansión y, con ella, paralelamente, la de la
6 Apuntes sobre historia de la medicina, “La medicina hipocrática”, Ponticia Universidad
Católica de Chile, Facultad de Medicina, Santiago, pág. 1.
7 Vid. MORDEFROY, LAURENT, Le Domage Génétique. Les Etudes Hospitalaires, París,
1999, pág.10 y sigs.
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responsabilidad civil, a juzgar por el inequívoco fenómeno de ‘explosión’ judicial, que
hoy se experimenta a nivel mundial, en mayor o menor medida8.
El penetrante derecho babilónico; el egipcio; el griego; el enriquecido —y legen-
dario— derecho romano, así como el robusto derecho medieval —incluido el derecho
castellano—; el posmedieval; el moderno y el contemporáneo, en efecto, han sido testi-
gos de excepción del proceso evolutivo experimentado por la responsabilidad civil, en
general, a la par que la médica, en particular, el que aún no se ha agotado, puesto que,
sin duda, ex novo, las nuevas generaciones percibirán más cambios, por cuanto esta es
una disciplina hiperdinámica —por expresarlo en forma gráca—, signada por multi-
plicidad de transformaciones, y ajustes. Tanto, que parafraseando al profesor L. JOSSE-
RAND, la ‘verdad’ de hoy, en la órbita de la responsabilidad civil, no será la de mañana.
Sus logros, pues, rectamente entendidos, son —prácticamente— or de un día. Una mi-
rada somera a la historia, inclusive sólo a la reciente, corroborará —in toto— este aserto.
Es así, por vía de referencia, como hasta hace muy poco, relativamente, campeaba
la tesis de la irresponsabilidad civil del médico, en línea de principio9, la que se estimaba,
racional y bien fundada, a pretexto que el paciente debía asumir los riesgos y vicisitudes
del acto médico. Al n y al cabo, se argumentaba, el galeno era una especie de salva-
dor, a la vez que un letrado en su arte, el que se consideraba ‘conjetural’. Y que cuando
se admitió, luego de múltiples, concienzudos y justicieros razonamientos, fue sobre la
base de una responsabilidad extracontractual, y no de una contractual, principalmente
en atención a consideraciones de índole probatoria —por aquello de que la culpa se ha
entendido que se presume en la referida esfera contractual, no así en la extracontractual,
en linea de principio—, en todo lo cual la jurisprudencia, hay que reconocerlo, fue deter-
minante, tanto más cuanto que el movimiento codicador, expressis verbis, no se ocupó
de este tema, ni tampoco de la responsabilidad de los otros profesionales liberales.
El célebre Código de Napoleón de 1804, como precursor del movimiento en co-
mentario, guardó absoluto silencio al respecto, lo que motivó a la jurisprudencia gala,
a que complementara —de alguna forma— la labor legislativa, en orden a conjurar
la llamada, ulteriormente, ‘mala praxis médica’, ejemplo que fue seguido por otros
tribunales, en diversas naciones, la nuestra una de ellas, en particular por la H. Corte
Suprema de Justicia.
Por consiguiente, fue primero la ética (deontología) la encargada de ocuparse
de numerosos asuntos médicos, que el propio derecho, el que reaccionó, pero más
tardíamente, salvo puntuales excepciones10, dado que algunos ordenamientos de la
antigüedad, sancionaron los errores y desbordamientos médicos.
8 Cfme. PENNEAU, JEAN, La Responsabilité Médical, Dalloz, París, 1977, pág. 2 y sigs.
9 Vid. LEMAIRE, JEAN-FRANÇOIS y IMBERT, JEAN-LUC, La Responsabilité Médicale,
Presses Universitaaires de France, París, 1985, pág. 18, y BOYER C., GEORGES y
MONZEIN, PAUL, La Responsabilité Médicale, Presses Universitaires de France, París,
1974, pág. 69 y sigs.
10 Cfme. LLAMAS POMBO, EUGENIO, La responsabilidad civil del médico: aspectos tradi-
cionales y modernos, Trivium, Madrid, 1988, pág. 5.
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En la actualidad, huelga anotarlo, ambos conceptos han sido revaluados por
completo:
El primero, en atención a que el médico, como profesional que es, puede incu-
rrir en responsabilidad, por los daños que cause, conforme a las circunstancias espa-
cio-temporales, especícamente por la trasgresión de la ‘ley’ que disciplina su arte (lex
artis), tal y como tiene lugar de cara a todos los profesionales11.
Y el segundo, en consideración a que la regla es la inversa, como se examinará
en el próximo capítulo: la responsabilidad galénica, de ordinario es contractual, y muy
excepcionalmente, será extracontractual. De ahí la fuerza intrínseca de la responsabi-
lidad emergente del contrato de prestación de servicios médicos, justamente el nervio
de la presente monografía.
2.
algunos rasgos caracterÍsticos de
la actividad médica: dimensión
técnico-funcional; ética y jurÍdica
Numerosos, efectivamente, son los rasgos —o signos— característicos de la ac-
tividad médica, especialmente en los momentos que corren, los cuales le han impreso
una sello peculiar al acto médico. Unos de carácter técnico, otros de carácter funcional,
y nalmente los índole deontológica y jurídica, los que seguidamente examinaremos.
A. DIMENSIÓN TÉCNICO-FUNCIONAL
En los dos primeros grupos, no nos detendremos mayormente, dado el espectro
y la aludida nalidad de este ensayo. Con todo, hay que observar, a manera de explí-
cito reconocimiento, que la ciencia médica ha progresado notablemente en las últimas
décadas, como quiera que de ello, dan cumplida muestra los avances logrados en to-
das las especialidades, en pro de la humanidad.
Ya nos referimos a la genética, tangencialmente, pero habría que agregar, sólo
por vía de ejemplicación, a la oftalmología, a la cardiología, a la pediatría, a la cirugía
plástica —y estética—, a la urología, la neurología, la inmunología, entre muchas otras.
Y desde luego a la entronización de numerosas técnicas altamente sosticadas, como
la incorporación de prótesis, de válvulas; los transplantes de órganos; la adecuación
de ‘órganos’ articiales; la inseminación clínica; los procedimientos no invasivos, etc.
Lo propio de cara a la factura de equipos e instrumental muy especializado, v.gr.
para la realización de microcirugías; para lograr diagnósticos más acertados y exactos;
para efectuar hallazgos tempranos, etc. Desde esta perspectiva, el bisturí tradicional
11 Cfme. CARDONA HERNÁNDEZ, ALFREDO, La responsabilidad médica ante la ley, t. I,
COPIYEPES, Medellín, 1985, pág. 314.

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