ley n° 18046 - página 7

ley n° 18046

9316 resultados para ley n° 18046

  • Causa nº 3389/2015 (Casación). Resolución nº 270331 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 3 de Diciembre de 2015

    Derecho penal al derecho administrativo sancionador. Procedimiento de reclamo de multa. Público información suficiente. Ley de sociedades anónimas

  • Oficio Ordinario N°21599 de 22/05/2020 15:07:43. Comisión para el Mercado Financiero

    En caso de imposibilidad de realización de una junta ordinaria de accionistas en la época fija determinada en los estatutos, el directorio de la compañía deberá convocar a junta extraordinaria con el objeto de que los accionistas se pronuncien sobre las materias propias de junta ordinaria, cumpliendo los requisitos y formalidades prescritas en los artículos 58 y siguientes de la Ley N°18.046.

  • Oficio Ordinario N°2077 de 19/01/2017 09:16:42. Comisión para el Mercado Financiero

    El artículo 23 de la Ley N°18.046 regula la posibilidad de constituir gravámenes y derechos reales distintos al dominio sobre las acciones de una sociedad anónima. Conforme a las normas vigentes que regulan los fondos mutuos, respecto de sus cuotas deberá estarse a las normas generales del derecho común para la constitución del usufructo y cesión de la nuda propiedad.

  • Oficio Ordinario N°7348 de 23/03/2018 10:00:57. Comisión para el Mercado Financiero

    En atención que en sesión de directorio se designa al presidente del directorio como apoderado autorizado para remplazar al gerente general en caso de ausencia o impedimento, dicho poder infringe lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N° 18.046 ya que el presidente podría ejercer el cargo o función de gerente general.

  • Oficio Ordinario N°72036 de 20/09/2022 21:36:54. Comisión para el Mercado Financiero

    De conformidad al artículo 2 de la Ley N°18.046 mientras la sociedad no inscriba sus acciones en el Registro de Valores que lleva esta Comisión, ya sea, voluntariamente o por disposición legal, esa sociedad es cerrada. En otras palabras, de concurrir alguno de los supuestos fácticos del artículo 5° de la LMV, esa sociedad tiene la obligación legal de inscribir sus acciones en el Registro de...

  • Oficio Ordinario N°320 de 06/01/2016 16:07:59. Comisión para el Mercado Financiero

    Las sociedades que participan en la operación tenían a la fecha de la compraventa 2 directores comunes; en consecuencia, se trataba de una operación entre partes relacionadas, a la cual no se le dio el tratamiento de tal; en consecuencia, se le representa haber infringido las disposiciones del Título XVI de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas, sin perjuicio del eventual ejercicio de las...

  • Oficio Ordinario N°24026 de 02/11/2015 13:46:10. Comisión para el Mercado Financiero

    La corredora de bolsa no tiene la calidad de sociedad anónima especial a que se refiere el artículo 126 de la Ley N°18.046, por lo que no corresponde que la junta extraordinaria de accionistas otorgue el poder a que se refiere el artículo 4° del Reglamento de Sociedades Anónimas para aceptar en nombre de la sociedad las modificaciones que indique la SVS y otorgue una escritura complementaria.

  • Oficio Ordinario N°32809 de 06/12/2018 19:35:36. Comisión para el Mercado Financiero

    De acuerdo a lo dispuesto en el número 9) del artículo 67 de la Ley N°18.046, sobre Sociedades Anónimas, se requerirá del voto conforme de las dos terceras partes de las acciones emitidas con derecho a voto, en los aucerdos respecto de la enajenación de 50% o más del activo de una filial, siempre que ésta represente al menos un 20% del activo de la sociedad.

  • Causa Nº 17536-2019, (Civil) Casación Forma y Fondo, Corte Suprema - sala Tercera Constitucional, 02-10-2020

    Derecho administrativo. Sentenciadores en el marco del reclamo. Aplicación de la sanción de multa. Inversión en acciones de las sociedades

  • Oficio Ordinario N°62338 de 14/07/2023 23:26:52. Comisión para el Mercado Financiero

    Ocurrida una fusión por incorporación, aquellos directores que hayan desempeñado labores en la entidad absorbida no detentarían el carácter de independientes respecto de la entidad absorbente conforme a lo prescrito en el numeral 1) del inciso tercero del artículo 50 bis de la Ley N°18.046 de Sociedades Anónimas, por lo que no podrían ser elegidos en carácter de tales.

  • Oficio Ordinario N°18550 de 27/06/2019 16:09:02. Comisión para el Mercado Financiero

    Se solicita a este Servicio, que instruya a una sociedad fiscalizada, eliminar una palabra de su razón social, dado que es similar al nombre de una sociedad inscrita con anterioridad. Se indica que de acuerdo al principio de legalidad, esta Comisión no tiene facultad para realizar dicha instrucción y el artículo 8 de la Ley N° 18.046, indica expresamente que se tendrá que demandar dicha situación

  • Oficio Ordinario N°21016 de 29/09/2015 11:01:59. Comisión para el Mercado Financiero

    Conforme al artículo 91 del Decreto Supremo N° 702 y artículo 239 de la Ley N° 18.045, la sociedad debe designar una empresa de auditoría externa regida por el Título XXVIII de la Ley N° 18045. Asimismo, conforme al artículo 52 de la Ley N° 18.046, la elección de la empresa de auditoría externa debe ser efectuada por la junta ordinaria de accionistas, no pudiendo delegarse dicha designación en el

  • Oficio Ordinario N°4618 de 01/03/2018 16:47:35. Comisión para el Mercado Financiero

    Indica que la obligación de presentar Estados Financieros consolidados tiene actualmente como fuente las Normas Internacionales de Información Financiera, las cuales son aplicables a las entidades inscritas en el Registro de Valores, en atención a la NCG N° 30. Lo anterior es consistente, con lo indicado en el artículo 90 de la Ley N° 18.046.

  • Oficio Ordinario N°17287 de 13/08/2015 09:49:53. Comisión para el Mercado Financiero

    En concordancia con lo dispuesto en el artículo 55, inciso 3° de la Ley N° 18.046, una vez sometido a votación en junta extraordinaria de accionistas (JEA), una materia para la cual fue citada, no se puede someter ésta a una nueva votación en la misma JEA, por cuanto constituiría una materia adicional, que no figuraría en la respectiva citación.

  • Oficio Ordinario N°12540 de 10/05/2017 18:25:55. Comisión para el Mercado Financiero

    Constando que no se acordó por el Directorio de la sociedad levantar la reserva del acta de Sesión de Directorio cuyo contenido fue leído en junta de accionistas, se le representa haber infringido lo dispuesto en los artículos 43 y 54 de la Ley N°18.046 sobre Sociedades Anónimas, por haber permitido su examen en una oportunidad distinta de aquella contemplada para dicho efecto en la referida ley.

  • Oficio Ordinario N°11031 de 04/05/2016 18:46:27. Comisión para el Mercado Financiero

    De conformidad a lo dispuesto en los artículos 61 de la Ley N° 18.046 y 107 del Decreto Supremo N° 702 de 2011, sólo excepcionalmente, en los casos en que no exista convocatoria del directorio y en ausencia del presidente del directorio y del secretario, los accionistas deben acordar la designación de quiénes actuaran como presidente y secretario de la junta.

  • Oficio Ordinario N°28546 de 24/12/2015 11:55:25. Comisión para el Mercado Financiero

    Se representa a la sociedad el hecho de que la venta de deterninados terrenos a otra entidad relacionada no haya sido aprobada por el directorio conforme a lo prescrito en el art 147 de la Ley N° 18.046, desde el momento que no fue tratada como OPR ni se señaló el deber de abstensión del director involucrado (quien en los hechos no votó porque no asistió a la sesión respectiva).

  • Vigente Decreto con Fuerza de Ley N° 251
  • Oficio Ordinario N°22220 de 13/10/2015 14:41:12. Comisión para el Mercado Financiero

    Los estatutos sociales que establezcan que el gerente general puede ser elegido como director de una sociedad anónima, vulnera lo dispuesto en el inciso final del artículo 49 de la Ley N° 18.046. Lo anterior, teniendo presente de, de acuerdo al artículo 137 del mismo cuerpo legal, las normas de la Ley de Sociedades Anónimas priman por sobre aquellas establecidas en los estatutos sociales.

  • Oficio Ordinario N°10469 de 20/04/2017 16:15:50. Comisión para el Mercado Financiero

    El informe del evaluador independiente en el contexto de una operación entre partes relacionadas se encuentra contemplado en el número 5) del artículo 147 de la Ley N° 18.046, que corresponde a la única disposición legal que lo reglamenta y no establece un detalle sobre su contenido. En atención a ello y a las atribuciones conferidas a este Servicio se reitera criterio sostenido en Oficio N° 17.69

  • Oficio Ordinario N°19066 de 01/09/2015 18:33:38. Comisión para el Mercado Financiero

    En virtud de los dispuesto en el numeral 3 del artículo 56 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas, en relación con el artículo 137 del mismo cuerpo legal, la sociedad deberá reformar los estatutos eliminando la referencia concreta a una empresa de auditoría externa. Lo anterior, toda vez que es la junta ordinaria la llamada a efectuar anualmente la designación de los fiscalizadores de la...

  • Oficio Ordinario N°3641 de 08/02/2016 19:29:33. Comisión para el Mercado Financiero

    Sociedad menciona en acta de junta de accionistas un traspaso de acciones por medio del cual las acciones se reunen en un solo accionista por un plazo que excede de 10 días, verificándose causal de disolución de Ley N° 18.046. Por otra parte, la Ley N° exige que empresas de auditoría externa se constituyan como personas jurídicas, razón por la cual se verifica causal de cancelación.

  • Oficio Ordinario N°19527 de 08/09/2015 12:37:30. Comisión para el Mercado Financiero

    Del tenor literal del inciso primero del artículo 24 de la Ley N° 18.046 se desprende que únicamente la junta que acuerda el aumento de capital es la facultada para autorizar al directorio a abstenerse de efectuar el cobro de los montos adeudados por acciones suscritas y no pagadas. Lo anterior debe ser subsanado conforme a derecho.

  • Oficio Ordinario N°255 de 05/01/2016 19:09:31. Comisión para el Mercado Financiero

    Atendido que todos los directores fueron elegidos con votos del controlador, todos debieron abstenerse de aprobar la operación; debiendo haber sido materia de junta extraordinaria de accionistas, de conformidad a lo señalado por el número 4 del artículo 147 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas. Se le representa la situación; sin perjuicio del ejercicio de las facultades sancionatoruias...

  • Oficio Ordinario N°40244 de 02/05/2023 17:05:32. Comisión para el Mercado Financiero

    La regla de preferencia para la integración del comité de directores contemplada en el inciso 9° del artículo 50 bis de la Ley N° 18.046 exige considerar no sólo aquellas acciones de las que el accionista bajo análisis sea titular, sino que también las acciones respecto de las cuales dicho accionista reúna los requisitos para controlarlas.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR