Oficio Ordinario N°22220 de 13/10/2015. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 809648237

Oficio Ordinario N°22220 de 13/10/2015. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha13 Octubre 2015
OFORD
.:
Nº22220
Antecedentes
.:
1) Su presentación ingresada a esta
Superintendencia con fecha 11.05.2015,
mediante la cual remite copia de acta
simple de junta extraordinaria de
28.04.2015.
2) Sus presentaciones de fecha 02.06.2015.
Materia
.:
Representa lo que indica.
SGD
.:
Nº2015100123769
Santiago, 13 de Octubre de 2015
De
:
Superintendencia de Valores y Seguros
A
:
Gerente General
COMPAÑIA CHILENA DE NAVEGACION INTEROCEANICA S.A.
PLAZA DE LA JUSTICIA 59 - Ciudad: VALPARAISO - Reg. De Valparaíso
Se han recibido en este Servicio sus presentaciones del Antecedente, por medio de las cuales
adjunta copia de acta simple de junta extraordinaria de accionistas de la sociedad de su gerencia,
celebrada con fecha 28 de abril de 2015 y remite reducción a escritura pública de la misma,
inscripción en el Registro de Comercio, y estatutos refundidos. Al respecto, cumplo con
informarle que de la revisión de los antecedentes acompañados, éstos han merecido las
siguientes observaciones:
1. Se observa que de conformidad con lo señalado en la Sección "Quinto" del acta de junta
extraordinaria de accionistas, se ha acordado modificar el artículo 32 inciso final de los estatutos
sociales con la finalidad de
"...adecuar el artículo 32, inciso final, de los Estatutos, a la Ley de
Sociedades Anónimas que en su artículo 49, establece la incompatibilidad que el Directorio
pueda designar como Gerente a un miembro del directorio."
, indicando a continuación que ello
se materializará conforme a la siguiente redacción
"Sin embargo, el directorio podrá alterar
estas normas y designar en reemplazo de los Gerentes a las personas que desee y con las
facultades que estime conveniente."
.
Del texto de la cláusula señalada, se observa que ella no da estricto cumplimiento a lo
establecido por el inciso final del artículo 49 de la Ley N°18.046 sobre sociedades anónimas
(LSA), según el cual
"El cargo de Gerente es incompatible con el de presidente, auditor o
contador de la sociedad y en las sociedades anónimas abiertas con el de director."
, desde el
momento que el directorio -conforme al texto aprobado- puede designar
"a las personas que
Oficio Electronico - Superintendencia de Valores y Seguros - Gobierno d... http://10.1.0.18/documentos/ofo/ofo_22220_2015.xml
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