Oficio Ordinario N°2077 de 19/01/2017. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 809643985

Oficio Ordinario N°2077 de 19/01/2017. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha19 Enero 2017
OFORD
.:
Nº2077
Antecedentes
.:
Su consulta recibida con fecha
25.11.2016.
Materia
.:
Usufructo sobre acciones y cuotas de
SGD
.:
Nº2017010011925
Santiago, 19 de Enero de 2017
De
:
Superintendencia de Valores y Seguros
A
:
En relación a su consulta del antecedente, mediante la cual en su calidad de abogado, consulta
si es posible traspasar a un tercero la nuda propiedad de acciones y cuotas de fondos mutuos,
manteniéndose el usufructo por parte del titular, cumplo con informar lo siguiente:
El artículo 23 de la Ley N°18.046 regula la posibilidad de constituir gravámenes y derechos
reales distintos al dominio sobre las acciones de una sociedad anónima. El inciso tercero del
referido artículo, expresamente se refiere a la posibilidad de constituir usufructo sobre
acciones. Asimismo, la situación consultada se encuentra contemplada en los artículos 46 y
siguientes del Reglamento de Sociedades Anónimas.
Por su parte, en relación a cuotas de fondos mutuos, debe estarse a lo dispuesto en el artículo
34 de la Ley que Regula la Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales (la
"Ley Única de Fondos"), contenida en el Artículo primero de la Ley N°20.712, los artículos
11 y siguientes del Reglamento de la Ley Única de Fondos y lo señalado en la Norma de
Carácter General N°368 de esta Superintendencia, que establece que el Registro de Aportante
debe contemplar información respecto de la constitución de gravámenes y derechos reales
distintos al de dominio, embargos y medidas precautorias. Conforme a lo anterior, respecto de
cuotas de fondos mutuos deberá estarse a las normas generales del derecho común para la
constitución del usufructo y cesión de la nuda propiedad.
Finalmente, en relación a sus consultas sobre si dichos actos requieren autorización de esta
Superintendencia o si existen formularios oficiales para ello, se informa que no corresponde a
este Servicio otorgar ese tipo de autorizaciones y que no cuenta con formularios oficiales.
Respecto del pago de impuestos, atendido que dicha materia corresponde al Servicio de
Impuestos Internos, no compete a esta Superintendencia pronunciarse al respecto.
Para su mayor información, tanto las leyes mencionadas como los reglamentos, así como las
normas de carácter general dictadas por esta Superintendencia, se encuentran disponibles en
la página web de este Servicio: www.svs.cl, bajo el link "Legislación y Normativa".
Oficio Electronico - Superintendencia de Valores y Seguros - Gobierno... http://intranet.svs.local/intranet/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=d0bac...
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