La Unión Europea y el problemático valor de la tolerancia - Intransigencia constitucional. Sobre los límites de la tolerancia en la democracia constitucional - Libros y Revistas - VLEX 1028411226

La Unión Europea y el problemático valor de la tolerancia

AutorMiguel Revenga Sánchez
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Cádiz (España)
Páginas97-127
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LA UNIÓN EUROPEAY EL PROBLEMÁTICO VALOR DE LA TOLERANCIA
IV.
LA UNIÓN EUROPEA Y EL PROBLEMÁTICO VALOR
DE LA TOLERANCIA
Planteamiento
En el mes de marzo de 2001, un diputado del Parlamento Europeo dirigió a la
Comisión una pregunta escrita en la que, a propósito de un asesinato cometido en Chipre
por miembros de un grupo neo-fascista, llamadoLobos Grises, se interesaba por las medidas
que la Comisión había adoptado, o se proponía adoptar, para luchar contra el antisemi-
tismo y el racismo en el seno de los Estados miembros y los países candidatos a la
adhesión. En su respuesta, la Sra. Diamantopoulou, en nombre de la Comisión, afirmó
que «el racismo y la xenofobia están en completa contradicción con los valores funda-
mentales europeos solemnemente reconocidos en la Carta de Derechos Fundamentales
de la Unión» y, a renglón seguido, fue desgranando el «conjunto de medidas» tomadas
por los órganos de la Unión para hacer efectiva la lucha contra la discriminación racial232.
Unos meses más ta rde, otro diputado inte rrogaba a la Comisión so bre la
«base legal para perseguir en toda Europa las actividades de los extremistas de
derechas», interesándose sobre si figuraba, entre los proyectos de la Comisión, el
presentar una propuesta de Directiva «que permita la persecución en toda la UE de
las personas de extrema de derecha». En este ca so, la respuesta del Sr. Vitorino
comenzó con un lacónico «No existe ninguna norma jurídica que prohíba las activi-
dades de extrema derecha en la Unión», para recordar a continuación el contenido
del artículo 6 del Tratado de la Unión Europea (TUE), y declarar el propósito de la
Comisión de presentar una propuesta de instrumento legislativo (Decisión marco)
para incluir «definiciones, tipificaciones penal es y sanciones comunes en lo que se
refiere a los delitos vinculados al racismo y a la xenofobia»233.
La lectura de ambas preguntas, con sus respuestas correspondientes, va a la
médula de la pléy ade de cuestion es teóricas que pueden pla ntearse a propósito de
un artículo como el que antes hemos comentado. En primer lugar, expresan una
preocupación por un conjunto de actitudes y fenómenos políticos que actúan en la
dirección opuesta a aquella que, sobre la base de una serie de valores compartidos,
232 Pregunta escrita nº E-0601/01 del diputado del Grupo PDE-DE, Stavros Xarchakos (Asun-
to «R acismo y xenofobia en Europa y en los países candid atos»), en Diario Oficial de las
Comunidades Europeas (2001/C 318 E/08 6), de 13 de noviembre de 2001.
233 Pregunta escrita nº E-207 2/01 del diputado del Grupo PSE, Herbert Bösch , en Dia rio
Oficial de las Comunidades Europeas (2001/C 364 E/2 63), de 20 de diciembre de 2001 .
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MIGUEL REVENGA SÁNCHEZ
se supone que a lumbra todo el proyecto de construcción europea. Quienes las for-
mulan parecen entender que es la Comisión, como guardián de los intereses comu-
nitarios, quien debe asumir la responsabilidad de combatirlos, y que cuenta para
ello con instrumen tos que no ha utilizado, o ha utilizado de manera insuficiente.
Los interpelado s aluden en sus r espuestas a procedimientos técnicos cada vez más
variados (observatorios, propuestas de acción común, decisiones-marco...), que se
rebelan insuficientes para poner coto a dinámicas de comportamiento igualmente
cada vez más difundidas, y desafiantes con respecto a los ideales, y programas de
acción, dispersos en la jungla de los textos comunitarios.
Desde los primeros meses del año 2000, en los que el cumplimiento por parte
de la Convención del encargo del ma ndato del Consejo de Colonia para redactar
una Carta de derechos, coincidió con el asunto de la s sanciones a Austria, a raíz del
«caso» Haide r, y h asta este mismo momento, esa tens ión que podemos definir
como el resultado de un verdadero «asalto» dirigido contra los fundamentos de la
construcción de Europa, no ha hecho más que acrecentars e.
En esta segun da parte de nuestro tra bajo, comenzamos por plantearnos, desde
un plano puramente teórico, el dilema tolerancia frente a intransigencia, algo que
parece ajustarse como un guante a las caracterís ticas del de bate actualmente en
curso. E intentamos luego descifrar , a propósito del uso que se ha hecho de ellas,
dónde r esiden las b ases juríd ico comunit arias para h acer opera tivas accio nes
institucional es de intr ansigencia, susceptibles de defender en modo legít imo lo s
principios y valores que hoy proclama el proyecto de Tratado constitucional y, más
específicamente, la Carta de derechos.
¿Qué significa hoy ser tolerante? Una (moderada) defensa de la intransigencia
Tolerancia es una de esas palabras del léxico político que, a fuerza de ser usadas
en cualquier contexto y ocasión, apenas significan nada. Tengo pocas dudas de que ese
sobre-uso, que ha desgastado la palabra, es reciente y tiene que ver con la proclama-
ción de 1995, a instancias de la UNESCO, como año internaciona l de la tolerancia.
Entre nosotros, Tomás y Valiente escribió con tal motivo algunos artículos y ensayos,
en los que la clarificación del concepto, por vía de indagación histórica, le llevaron a
denunciar la «sombra del pez huidizo» que arrastraba una palabra recibida por él sin
particular entusiasmo, cuando no con abierto rechazo, puesto que «si hoy tenemos
libertades, que son derechos fundamentales, ¿qué sentido tiene la tolerancia?» 234.
Sánchez Ferlosio, con el brill o y la agudeza que caracterizan todos sus en sa-
yos, también ha escrito a lgunas « perlas» contra la tolerancia («¡Tol erancia plen a,
encefalogra ma plano!»), para él, un mero «pacto perverso en el que cada parte
renuncia a la pas ión pública de sus razon es, y la s convierte en estólidas e impene-
trables convi cciones»235. Y no meno s d ecepcionante para qui en perciba sólo las
234 Francisco Tomás y Vali ente, « Contra c iertas fo rmas de toleranc ia», y «Ensayo sobre la
tolerancia y su historia», ambos inc luidos ahora en A orillas del Estad o, Madrid, Taurus,
1996, pp. 229 y ss.
235 La cita, que no me resisto a transcribir, sigue así: «o sea, en verdades encerradas en un
ghetto, a cambio de una paz que no es concord ia, sino claud icante empecinamiento y
ensimismada cerrazón. Ante lo que inevitablemente ha de sentirse como sinrazón ajena,
cabe mo verse, en todo ca so, entre una impaciente indulgencia y una paciente agitación,
nunca pararse en esa in diferencia o desdén definitivo que es la tolerancia», en Vendrán más
años ma los y nos harán más ciegos, Barcelona, Destino , 1993, pp. 13 9-140.

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