La soberanía es indivisible - Libro Segundo - Contrato social o principios de derecho político - El contrato social - Libros y Revistas - VLEX 976582496

La soberanía es indivisible

AutorJean-Jacques Rousseau
Páginas32-33
32
JEAN-JACQUES ROUSSEAU
CAPÍTULO II
LA SOBERANÍA ES INDIVISIBLE
Por la misma razón que la soberanía no es enajenable es indivisible;
porque la voluntad es general o no lo es; es la del cuerpo del pueblo o sola-
mente de una parte de él1. En el primer caso, esta voluntad declarada es un
acto de soberanía y hace ley; en el segundo, no es sino una voluntad particu-
lar o un acto de magistratura; es, a lo más, un decreto.
Mas no pudiendo nuestros políticos dividir la soberanía en su principio,
la dividen en su objeto; la dividen en fuerza y en voluntad; en Poder legislati-
vo y Poder ejecutivo; en derechos de impuesto, de justicia y de guerra; en
administración interior y en poder de tratar con el extranjero; tan pronto con-
funden todas estas partes como las separan. Hacen del soberano un ser fan-
tástico, formado de piezas relacionadas; es como si compusiesen el hombre de
muchos cuerpos, de los cuales uno tuviese los ojos, otro los brazos, otro los
pies, y nada más. Se dice que los charlatanes del Japón despedazan un niño a
la vista de los espectadores, y después, lanzando al aire sus miembros uno
después de otro, hacen que el niño vuelva a caer al suelo vivo y entero. Seme-
jantes son los juegos malabares de nuestros politicos: después de haber despe-
dazado el cuerpo social, por un prestigio digno de la magia reúnen los peda-
zos no se sabe cómo.
Este error procede de no haberse formado noción exacta de la autoridad
soberana y de haber considerado como partes de esa autoridad lo que no eran
sino emanaciones de ella. Así, por ejemplo, se ha considerado el acto de decla-
rar la guerra y el de hacer la paz como actos de soberanía; cosa inexacta,
puesto que cada uno de estos actos no constituye una ley, sino solamente una
aplicación de la ley, un acto particular que determina el caso de la ley, como se
verá claramente cuando se fije la idea que va unida a la palabra ley.
Siguiendo el análisis de las demás divisiones, veríamos que siempre que
se cree ver la soberanía dividida se equivoca uno; que los derechos que se
toman como parte de esta soberanía le están todos subordinados y suponen
siempre voluntades supremas, de las cuales estos hechos no son sino su eje-
cución.
No es posible expresar cuánta oscuridad ha lanzado esta falta de exacti-
tud sobre las decisiones de los autores en materia de Derecho político cuando
han querido juzgar de los derechos respectivos de los reyes y de los pueblos
sobre los principios que habían establecido. Todo el que quiera puede ver en
los capítulos III y IV del primer libro de Grocio como este sabio y su traductor
Barbeyrac se confunden y enredan en sus sofismas por temor a decir demasia-
do, o de no decir bastante, según sus puntos de vista, y de hacer chocar los
1Para que una voluntad sea general, no siempre es necesario que sea unánime; pero es
preciso que todas las voces sean tenidas en cuenta; una exclusión formal rompe la genera-
lidad.

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