Del legislador - Libro Segundo - Contrato social o principios de derecho político - El contrato social - Libros y Revistas - VLEX 976582501

Del legislador

AutorJean-Jacques Rousseau
Páginas40-43
40
JEAN-JACQUES ROUSSEAU
juicio que la guía no siempre es claro. Es preciso hacerle ver los objetos tal
como son, y algunas veces tal como deben parecerle; mostrarle el buen cami-
no que busca; librarle de las seducciones de las voluntades particulares;
aproximar a sus ojos los lugares y los tiempos; contrarrestar el atractivo de
las ventajas presentes y sensibles con el peligro de los males alejados y
ocultos. Los particulares ven el bien que rechazan; el público quiere el bien
que no ve. Todos necesitan igualmente guías. Es preciso obligar a los unos a
conformar sus voluntades a su razón; es preciso enseñar al otro a conocer lo
que quiere. Entonces, de las luces públicas resulta la unión del entendimien-
to y de la voluntad en el cuerpo social; de aquí el exacto concurso de las
partes y, en fin, la mayor fuerza del todo. He aquí de dónde nace la necesi-
dad de un legislador,
CAPÍTULO VII
DEL LEGISLADOR
Para descubrir las mejores reglas de sociedad que convienen a las nacio-
nes sería preciso una inteligencia superior, que viese todas las pasiones de los
hombres y que no experimentase ninguna; que no tuviese relación con nuestra
naturaleza y que la conociese a fondo; que tuviese una felicidad independien-
te de nosotros y, sin embargo, que quisiese ocuparse de la nuestra; en fin, que
en el progreso de los tiempos, preparándose una gloria lejana, pudiese traba-
jar en un siglo y gozar en otro6. Serían precisos dioses para dar leyes a los
hombres. El mismo razonamiento que hacía Calígula en cuanto al hecho, lo
hacía Platón en cuanto al derecho para definir el hombre civil o real que busca
en su libro De Regno7. Mas si es verdad que un gran príncipe es un hombre
raro, ¿qué será de un gran legislador? El primero no tiene más que seguir el
modelo que el otro debe proponer» éste es el mecánico que inventa la máqui-
na, aquél no es más que el obrero que la monta y la hace marchar. «En el
nacimiento de las sociedades —dice Montesquieu— son los jefes de las repú-
blicas los que hacen la institución, y es después la institución la que forma los
jefes de las repúblicas»8.
Aquel que ose emprender la obra de instituir un pueblo, debe sentirse
en estado de cambiar, por decirlo así, la naturaleza humana, de transformar
a cada individuo, que por sí mismo es un todo perfecto y solitario, en parte
de un todo más grande, del cual recibe, en cierto modo, este individuo su
vida y su ser; de alterar la constitución del hombre para reforzarla; de sus-
tituir una existencia parcial y moral por la existencia física e independiente
6Un pueblo no llega a ser célebre sino cuando su legislación comienza a declinar. Se ignora
durante cuántos siglos hizo la legislación de Licurgo la felicidad de los espartanos, antes
de que se hiciese mención de ella en el resto de Grecia,
7Véase el diálogo de Platón que, en las traducciones latinas, lleva por título Politicus o Vir
civilis. Algunos lo han titulado De Regno (ed.).
8Grandeza, y decadencia de tos romanos (colección Universal, números 156 a 158. En colección
Austral, núm. 253).

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