Individuo, estado y corporación - Título primero. Sobre la teoría del contrato social - Persona, estado y derecho - Libros y Revistas - VLEX 1028301557

Individuo, estado y corporación

AutorGiorgio Del Vecchio
Cargo del AutorProfesor de la Universidad de Roma «La Sapienza» (Italia)
Páginas159-177
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PERSONA, ESTADO Y DERECHO
INDIVIDUO, ESTADO Y CORPORACIÓN(1).
SUMARIO: I. El a ntagonismo entre Estado e i ndividuo y la negación an ar-
quista del Estado.— II. La tesis individualista de la limitación del Estado: su
dificultad.— III. El nexo entre individuo y Estado, considerado en su esencia.
Errores que hay que evitar en esta materia.— IV. El Estado legítimo o según
razón.— V. Los fines del Estado y el equív oco del «Estado ético».— VI. El
nexo entre Estado y Estado: su fundamento.— VII. La germinación espontá-
nea del Derecho y el dev enir de la est atalidad.— VIII. Función del Estad o
respecto a la actividad jurídica de los individuos y de los entes colectivos.—
IX. Conclusión. El proceso de estatalización del derecho y la unidad jurídica
final de los Est ados.
I. No hay duda d e que el individuo advierte en primer lugar la existencia del
Estado como freno o estorbo a sus propias acciones. Antes de que sea formada una
entera y precisa organización política, y antes de que, aun exis tiendo, sea exacta-
mente conocida por el individuo, éste siente en torno a sí y sobre sí un complejo de
vínculos, esto es, una presión que procede de un poder preponderante, un poder
que pe rmanece en parte invisible, aunque se personalice en individuos determina-
dos, que se suceden más o menos rápidamente en el tiempo. Este poder veda, ante
todo, al individuo, con sanciones más o menos graves, ciertas acciones, calificada s
como ilícitas (impedible s) e inclus o como del ictuosas (punibles). La serie de las
obligaciones impuestas al individuo no es, sin embargo, solamente negativa, sino
que consiste también en preceptos de índole positiva; o sea, en prestaciones deter-
minadas, a menudo muy gravosas de cumplir, en servicio de los órganos del poder,
y, aunque con ventaja personal para cada uno, siempre de c onformidad con las
órdenes que de él emanan. Típicas, en este sentido, son las obligaciones que se
encuentran en todas las fases de la vida de los Estados, de concurrir de uno u otro
modo a la defens a y ma ntenimiento de la orga nización estatal , co n el s ervicio
militar y el pag o de los impuestos. Supuesto común de todas estas obligaciones,
positivas y negativas, es la sujeción del individuo al Estado.
La misma existencia de una organización jurídica y política trae consigo, por
consecuencia, que haya por un lado un poder de mandar, y de otro un deber de
obedecer. Si han de estar este poder y este deber, a su vez, sujetos a límites, es un
problema bastante arduo, que se presenta en una fase relativamente avanzada del
pensamiento filosófico-jurí dico. Problema, que es, hemos de decirlo, siempre actual
(1) Conferencia pronunciada en lengua alemana en la Universidad de Zürich, por invitación
del «Zürcherischer Juristenverein», el 30 de abril de 1934, y publicada en la «Zeitschrift für
Schweizerisches Recht», Bd. LIV, Hef t 4.
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GIORGIO DEL VECCHIO
y hasta ahora no definitivamente resuelto en el aspecto teorético, no obstante los
esfuerzos realizados para resolverlo por los más eminentes pensadores que a ello
se aplicaron, entre los cual es recuerdo, por ejemplo, aquél que es e l más grande
quizá de todos, si bien entre todos el más conocido: J. J. Rousseau.
Esta primera posición de antagonismo entre el poder estatal y cada hombre
en particular, considerado como ciudadano, no puede ser eliminada, aun cuando,
como veremos, una visión más pr ofunda del proble ma permita concebir de otro
mod o y de u nifi car, e n cier to se ntido , los térmi nos de la re lació n. Ne gar
simplistamente a priori la realidad de la dise nsión, como se practica por algunas
escuelas, para afirmar, por ejemplo, que el Estado es la única realidad, y que el
individuo se anula en él o se identifica con él, no es buen método, se asemeja mejor
a aq uella típica sinrazón de un personaje de una novela in mortal, que demostraba
dialécticamente la imposibilidad de una enfermedad epidémica, mientras ésta hacía
estragos, porque el concepto de ella no entraba en la c ategoría escolástica de la
«sustancia», ni en la del «acciden te». Estado e individuo son dos términos de la
realidad que pueden y deben ser conciliados y atemperados, pero no suprimidos,
en cuanto existen. Declarar, aunque sea con el mayor sosiego dogmático, que uno u
otro de estos términos no merece considerarse, por ser irreal o porque a priori es
idéntico al otro, puede dar la ilusión de una solución científica; pero es solo un
juego más o menos afortunado de habilidad sofística, y no hace avanzar ni un paso
hacia la efectiva solución del problema.
Por lo que concier ne a la «negación» del Estado, es fácil obser var que solo
puede proceder de una noción hipotética y abstracta de la libertad individual. Si se
concibe esta libertad, para todo in dividuo, como ilimitada, es claro que no puede
reducirse al universal, sino, al contrario, la libertad de todo individuo constituye, al
menos virtualmente, una amenaza y un peli gro para la de todos los otros. Si se
admite un sistema de límites, se admite, con esto mismo el Estado y la tesis cae. Si,
por comodidad polémica se sustituye el nombre «Esta do» con cualquier otra fór-
mula («sociedad de iguales», «unión o federación espontánea», etc.), ocurre lo mis-
mo. Si, por el contrario, en congruencia con l a cuestión, se refuta cualquier limita-
ción de la libertad, se abre la entrada a una formidable serie de objecciones, que
derivan no solo de la exper iencia histórica, sin o d e un a c onsideración también
elemental de las exigencias fundamentales de la naturaleza humana.
Sería superfluo repetir que tales objecciones, que, por lo demás, están implíci-
tas, como no tardaremos en ver, en lo que se suele oponer a las cuestiones doctrinales,
tienen una menor gravedad en el error. Valen, pues, a fortiori. Pudiéramos, quizá,
reconocer algún valor estético o li terario a ciertas expresiones de individualismo
extremo, como por ejemplo aquella de Stirner: «La voluntad individual y el Estado
son potencias mortalmente enemigas, entre las cuales no es posible ninguna «paz
perpetua». «El Estado tiene solo y siempre el fin de li mitar al individuo, de domar-
lo, de subordinarlo, de volverlo súbdito de una generalidad cualquiera; el Estado
subsistirá s olo hasta que el individuo sea totalmente íntegro. Es, pues, únicamente
la limitación claramente expresa del yo, mi limitación, mi esclavitud». «Por consi-
guiente, nosotros dos, el Estado y yo, somos enemigos». «El Estado se funda sobre
la esclavitud del trabajo. Des de que el trabajo llega a ser libre, el Estado está perdi-
do»(2). O bien, por citar el ejemplo de un escritor, en el cual el genio linda con la
locura, po demos recordar la frase de Nietzsche: «El Estado es el más frío de todos
los monstruos fríos. Miente fríamente y esta mentira suena: Yo, el Estado, soy el

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