Excepción de incompetencia. En subsidio contesta demanda - Procedimiento de aplicación general - Nueva Práctica Forense Laboral - Contratos - VLEX 903173397

Excepción de incompetencia. En subsidio contesta demanda

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Cargo del AutorAbogado. Universidad de Chile
Actualizado aEnero 2022

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EN LO PRINCIPAL: EXCEPCIÓN DE INCOMPETENCIA; EN EL PRIMER OTROSÍ: EN SUBSIDIO, CONTESTA DEMANDA; EN EL SEGUNDO OTROSÍ: ACREDITA PERSONERÍA; EN EL TERCER

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OTROSÍ: SOLICITUD QUE INDICA; EN EL CUARTO OTROSÍ: PATROCINIO Y PODER.

S.J.L. DEL TRABAJO

.......................................................,en representación, conforme se acreditará, de...............................ambos domiciliados en.......... en procedimiento.................................... sobre ....................., caratulado ".........................", RIT________________________, RUC................. a US. respetuosamente digo:

Que, por éste acto, dentro de plazo y en conformidad a lo dispuesto en artículos 452 del Código del Trabajo, vengo en oponer a la demanda presentada por don ....................................en contra de.................................................................... la excepción de incompetencia del Juez del Trabajo................................para conocer de la materia de que tratan estos autos, solicitando que la presente excepción sea acogida, en conformidad a los antecedentes y fundamentos que paso a exponer:

El artículo 420 del Código del Trabajo establece que: "Serán de competencia de los Juzgados de Letras del Trabajo:

.............................................................................

............................................................................

De la sola lectura de la demanda de autos es posible advertir que la materia que se discute no es de competencia de los Juzgados de Letras del Trabajo, toda vez que no está comprendida dentro de aquellas que el artículo 420 del Código del Trabajo establece como de su competencia.

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En efecto............................................................................

.............................................................................................

......................

POR TANTO, en virtud de lo expuesto, y lo que disponen los artículos 420 y 452 del Código del Trabajo,

RUEGO A US., tener por opuesta excepción de incompetencia del tribunal y en definitiva acogerla en todas sus partes, declarándose la incompetencia absoluta de los Juzgados de Letras del Trabajo para conocer de las acciones intentadas en autos, con costas.

PRIMER OTROSÍ: En subsidio de la excepción de incompetencia opuesta en lo principal, y para el caso de que U.S. estime que es competente para conocer de la demanda planteada...

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