Derechos del alimentante (defensas) - Derecho de alimentos - Libros y Revistas - VLEX 855118344

Derechos del alimentante (defensas)

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Páginas129-171
129
Capítulo VIII
DERECHOS DEL ALIMENTANTE
[DEFENSAS]
GENERALIDADES
En este capítulo se estudiará los derechos del alimentante que
tiene para en algunos casos para cesar o restringir el cumplimiento de
su obligación legal y moral normas que se encuentran en el Código
Civil, Ley 14.908 y otros cuerpos legales, principalmente estos
institutos, son:
1.- Alimentos concursales.
2.- Convenio de pago.
3.- Imputación al pago.
4.- Imputación total o parcialmente a un derecho de usufructo,
uso o habitación sobre bienes del alimentante.
5.- Injuria atroz.
6.- Objeción a la liquidación.
7.- Pago en exceso.
8.- Prescripción.
9.- Restitución de los alimentos.
10.- Suspensión de la pensión fijada.
CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS.
1.- EXTINCIÓN TOTAL DE LA DEUDA. Como es el pago total
de lo adeudado EXTINCIÓN PARCIAL DE LA DEUDA. Es aquella
que se produce por el abono a la deuda, dejando saldos insolutos.
2.- EXTINCIÓN VÍA PRINCIPAL. Se produce con el pago
íntegro de toda la deuda. EXTINCIÓN VÍA CONSECUENCIAL. Se
produce por causa sobreviniente como lo sería la prescripción.
3.- EXTINCIÓN POR VÍA DE PAGO DE LO ADEUDADO. Es
aquella que se cumple pagando la pensión fijada y prestaciones
complementarias. EXTINCIÓN POR EQUIVALENCIA. Como lo es
cuando se realiza la imputación al pago, reemplazando en todo o parte
de lo adeudado.
4.- EXTINCIÓN POR EN PAGO DE SUMA DINERO. Es
aquella que se cumple mediante pago en dinero de la obligación
alimenticia. EXTINCIÓN POR VÍA COMPENSATORIA. Es aquella
DER ECHO DE AL IME NTO S
130
que se cumple la obligación de manera compensatoria, como ejemplo
la constitución de usufructo, uso o habitación.
5.- EXTINCIÓN POR CUMPLIMIENTO PURO Y SIMPLE.
Como lo es pago, cuando se paga lo adeudado. EXTINCIÓN POR
SENTENCIA INTERLOCUTORIA. Como es el caso de imputación al
pago, pago en exceso, prescripción, restitución y objeción de
liquidación.
6.- EXTINCIÓN POR CAUSA DE PLENO DERECHO. Como
es el pago o por un medio equivalente como imputación. EXTINCIÓN
POR SENTENCIA. Como lo es el caso de la injuria atroz que requiere
la existencia de testamento y de sentencia firme y ejecutoriada que así
lo declare.
EXTINCIÓN DERECHOS ALIMENTANTE.
1.- Por el pago o solución colaborativa.
2.- Por sentencia interlocutoria o sentencia que acoja la materia
sometida al conocimiento del tribunal.
3.- Por equivalente jurisdiccional.
131
ANÁLISIS PARTICULAR
Párrafo I
ALIMENTOS CONCURSALES
1.- FUENTE LEGALES.
El art.746 y Ss., del Código Civil y la Ley 20.720 sobre
Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas, en su
articulado, no señalo en forma expresa el tratamiento de la materia de
alimento al concursado o deudor, como lo hacia la antigua Ley de
Quiebras, acá sólo establece el derecho de usufructo en el
Procedimiento de Liquidación, alejándose el legislador del Derecho
Español en estas materias, que sirvió de base a nuestra Ley Concursal
actual.
Tampoco existen por la Superintendencia de Insolvencia y
Reemprendimiento [SIR], Normas de Carácter General, Instructivos,
Oficios Circulares, Oficios de Instrucción Generales, dictadas al efecto.
2.- GENERALIDADES.
Recordemos brevemente que con la dictación de la resolución
que declara la reorganización o liquidación [art.57 y 129] se producen
efectos respecto de la persona del concursado o deudor, siendo
principalmente que el veedor o liquidador, en su caso toma la
administración de los bienes del concursado, quedando 󰜔 inhibido
󰜔 el concursado de la administración y disposición de sus bienes,
estos efectos se dividen de la siguiente manera:
I.- EFECTOS EN CUANTO AL CONCURSADO Y SUS BIENES.
1.- EFECTOS EN CUANTO A LA PERSONA DEL CONCURSADO:
a) Inhabilidades personales.
b) Delitos Concursales.
2.- EFECTOS EN CUANTO A LOS BIENES DEL CONCURSADO:
a) Desasimiento.
b) En los actos y contratos del concursado o deudor.
II.- EFECTOS DE LA LIQUIDACIÓN S OBRE LOS ACREEDORES Y SUS
CRÉDITOS.
a) Determinación de los créditos.
b) Suspensiones de ejecuciones individuales.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR