Decreto núm. 8, publicado el 13 de Diciembre de 2019. REGLAMENTO QUE MODIFICA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR |
Rango de Ley | Decreto |
REGLAMENTO QUE MODIFICA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR
Núm. 8.- Frutillar, 6 de septiembre de 2019.
Vistos:
El oficio N° 1.544 de fecha 15 de noviembre de 2016 del Tribunal Electoral Regional de los Lagos, Rol 150-2016-P-A, que proclama Alcalde de la Comuna de Frutillar, y el Acta de Constitución del Honorable Consejo Municipal de Frutillar de fecha 6 de diciembre 2016, el DFL N° 177-19.321 del 08.08.94, que adecua, modifica y establece Plantas de Personal de la Municipalidad de Frutillar, y las facultades conferidas por la Ley N° 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades" y su modificación ley N° 19.602 del 25/03/99.
La ley N° 18.695/88 Orgánica Constitucional de Municipalidades, y sus modificaciones; la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales; la ley N° 19.130; la ley N° 19.236; la ley N° 19.280; la ley N° 19.602; la ley N° 20.033; la ley N° 20.554; la ley N° 15.231; la ley N° 20.742; el decreto ley 3.063; la ley N° 20.922; la ley N° 15.076; el reglamento N° 1.675 del 15/11/16 del Ministerio del Interior que regula la categorización de los Municipios y rangos de grados de los Alcaldes; la resolución exenta N° 9.380 de 26/07/17 del Ministerio del Interior que establece las categorías en que han sido clasificados los Municipios y la resolución exenta N° 1.049, de fecha 28 de mayo de 2019, del Ministerio de Desarrollo Regional y Administrativo, que deja constancia de las categorías en que se ubican las municipalidades del país y del rango de grados de remuneraciones que corresponde asignar a los respectivos alcaldes en la correspondiente planta de personal, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo N° 5 del decreto N° 1.675, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública (E10562/2018), y la Res N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Teniendo presente:
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El DFL N° 177 de fecha 08-08-1994, que "Adecua, Modifica y Establece Planta de Personal de la Municipalidad de Frutillar".
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La ley N° 19.602, de fecha 12-03-1999, que crea el cargo de Administrador Municipal, en el grado más alto del escalafón directivo.
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El decreto afecto N° 16, de fecha 26-01-2011, que crea y nombra el cargo de Administrador Municipal en el grado 8° de la planta de directivos de la Municipalidad de Frutillar, y el certificado N° 17, del acuerdo del Concejo Municipal de fecha 25 de enero de 2011, sobre esa materia.
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La ley N° 20.742 de fecha 25-03-2014, que en su artículo 1° dispone la modificación del artículo 16° de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, estableciendo que la organización interna de los municipios deberán considerar a lo menos, las unidades de Secretaria Municipal, Secretaria Comunal de Planificación, Unidad de Desarrollo Comunitario, Unidad de Administración y Finanzas y Unidad de Control, facultando al Alcalde para crear aquellos cargos entre los señalados que no se encuentren considerados en el escalafón directivo, dos grados bajo el Alcalde.
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El decreto exento N° 3.478, de 04-08-2014, que crea el cargo de Director de Control grado 8°, de la planta Directiva de esta Municipalidad de Frutillar.
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El decreto afecto N° 769, de fecha 29-10-2014, que adecua la planta y escalafón según lo dispuesto en el artículo 16 de la ley 20.742 del 1 de abril de 2014, en el sentido que los cargos de Secretario Municipal, Secretario Comunal de Planificación, Director de Desarrollo...
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