Capítulo VII. El sistema de control plural de constitucionalidad en Bolivia - Justicia constitucional y control de convencionalidad - Libros y Revistas - VLEX 1025768708

Capítulo VII. El sistema de control plural de constitucionalidad en Bolivia

AutorAlan E. Vargas Lima
Páginas187-207
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Justicia constitucional y control d e convencionalidad
caPÍtulo vii
el sisteMa de control Plural
de constitucionalidad en Bolivia
Para vericar la transformación que se ha producido en el sistema de
control de constitucionalidad boliviano, cabe señalar que como consecuencia
de la aprobación de la Constitución Política del Estado en el año 2009, se
ha refundado el Estado boliviano, al abrigo de un modelo constitucional
basado en el pluralismo, la interculturalidad y la descolonización1, marcando
así la era de la “última generación del constitucionalismo boliviano” con rasgos
y particularidades especícas que lo caracterizan y diferencian de los
demás modelos constitucionales, especialmente de aquellos con raíces en el
constitucionalismo europeo2.
Es así que se ha llegado a congurar un sistema plural de control de
constitucionalidad, con bases notorias en el sistema jurisdiccional concentrado
de control constitucional, que estuvo vigente hasta antes de la aprobación del
nuevo texto constitucional de 2009 en Bolivia; empero, esta vez, se agrega un
componente plural (por el reconocimiento de la estructura societal diversa)
e inclusivo (de acuerdo al principio de igualdad y no discriminación), cuyo
objetivo es precisamente asegurar la vigencia del pluralismo como elemento
fundante del Estado y también con la nalidad de garantizar a través de la
interpretación constitucional, el modelo de constitucionalismo fuerte basado
en la justicia e igualdad.
vii.1. estructura del Modelo Plural de control de constitucionalidad
Es importante precisar que el sistema plural de control de constitucionalidad,
se caracteriza básicamente por contener elementos del sistema concentrado
de control de constitucionalidad, pero además se inspira en los postulados del
pluralismo, la interculturalidad y la descolonización, como factores de denición
del modelo de Estado Plurinacional. En el marco de lo señalado, debe
1 Cfr. ATTARD BELLIDO, María Elena. La última generación del Constitucionalismo: el
Pluralismo descolonizador intelectual y sus alcances en el Estado plurinacional de Bolivia. En:
Lex social: revista de los derechos sociales, julio-diciembre 2012. Págs. 133-162. Disponible
en: http://bit.ly/1TS1wRS
2 Cfr. ATTARD BELLIDO, María Elena. Estándares jurisprudenciales, principios y directrices
supra-estatales vinculados a derechos colectivos y difusos a ser aplicados en el Estado Plurinacional
de Bolivia. Disponible en: http://www.auditoriajudicialandina.org/?p=5729
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precisarse que este sistema está diseñado con tres compartimentos especícos:
la base del sistema está compuesta por las autoridades jurisdiccionales,
las autoridades administrativas, las autoridades de las naciones y pueblos
indígena originario campesinos (NPIOCs) y los particulares, quienes son
los primeros garantes del bloque de constitucionalidad y de los derechos
fundamentales; el nivel intermedio comprende a los jueces y tribunales
de garantías constitucionales; y en el compartimento superior se sitúa el
Tribunal Constitucional Plurinacional, como máximo garante del bloque de
constitucionalidad y de los derechos fundamentales.
Entonces, el modelo plural de control de constitucionalidad, se encuentra
estructurado en su base, por las autoridades jurisdiccionales, administrativas
y autoridades de los pueblos indígenas, originarios campesinos, quienes en el
ejercicio de sus roles jurisdiccionales, funciones administrativas o funciones
enmarcadas en el ámbito de la justicia indígena, originaria y campesina, de
acuerdo al principio de aplicación directa de la Constitución, y considerando
que en sus roles deben utilizar el criterio de interpretación “desde y conforme
a la constitución”, son los primeros garantes y contralores del respeto a los
derechos fundamentales.
En este marco, y considerando las características del sistema de control
concentrado de constitucionalidad, cabe hacer notar que en una instancia
o nivel intermedio de este sistema, se encuentran los jueces y tribunales
de garantías, encargados de conocer las Acciones de Defensa (acciones
tutelares), quienes asumen el control intermedio de constitucionalidad, no
como jueces o tribunales ordinarios, sino como “jueces y tribunales de garantías
constitucionales”, especializados en materia de protección de derechos
fundamentales.
Asimismo, en el tercer nivel del control de constitucionalidad, se encuentra
el Tribunal Constitucional Plurinacional, como máximo guardián y supremo
intérprete de la Constitución, así como pleno garante superior de los Derechos
Fundamentales y Garantías Constitucionales establecidos por la Constitución.
Por lo expuesto –siguiendo el criterio de María Elena Attard3–, esta
esquematización tripartita del control de constitucionalidad, y el elemento
del pluralismo como eje rector no sólo de su composición sino también de
su rol interpretativo y en particular la inclusión del primer nivel (es decir de
las autoridades jurisdiccionales, administrativas y de los pueblos indígenas,
originarios y campesinos), con un rol de interpretación constitucional que
constituye un cambio trascendental en el sistema jurídico iuspositivista,
implican un eje de cambio en las características de los tres modelos
jurisdiccionales de control de constitucionalidad conocidos en la doctrina
(es decir, el difuso, el concentrado y el mixto), y viene a congurar el modelo
plural de control de constitucionalidad como un sistema jurisdiccional sui
generis, que no es puramente difuso ni tampoco exclusivamente concentrado,
puesto que como se ha explicado, en el primer nivel los jueces y también las
3 Cfr. ATTARD BELLIDO, María Elena. La Justiciabilidad de los DESC en el
Constitucionalismo de la Justicia e Igualdad asumido por el Modelo Constitucional del Estado
Plurinacional de Bolivia. En: Lex social: revista de los derechos sociales, Nº. 1, 2012. Págs.
95-122. Disponible en: http://bit.ly/1qpPe7B

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