Capítulo VI: Protección del derecho de propiedad personal - El derecho de propiedad personal en la URSS - Libros y Revistas - VLEX 976845609

Capítulo VI: Protección del derecho de propiedad personal

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EL DERECHO DE PROPIE DAD PERSONAL EN L A URSS
CAPÍTULO VI
PROTECCIÓN DEL DERECHO DE PROPIEDAD
PERSONAL
1. Modos de protección del derecho de propiedad personal
A la protección de la propiedad personal de los ciudadanos en la URSS
se le concede una importancia muy grande. En el capítulo I hablamos sobre la
destinación del derecho de propiedad personal, sobre los fines y tareas de este
instituto jurídico. Entregándole a los ciuda danos una parte dete rminada del
producto social, destinado para el consumo personal, la sociedad socialista
está interesada en que a cada uno de sus miembros se le garantice la posibili-
dad de disponer de los bienes que le pertenecen para satisfacer sus necesida-
des conforme a su gusto, hábitos e inclinaciones. La sociedad está interesada
en que se observe rigurosamente el orden establecido de distribución, a fin de
que cada ciuda dano pueda disponer de la parte que le corresponde del pro-
ducto social. En esto también está interesado cada miembro de la sociedad,
que recibe dicha parte de acuerdo con el principio de la remuneración según
el trabajo o según otra disposición establecida por la sociedad socialista.
En esto se manifiesta la unidad orgánica de los intereses sociales y per-
sonales bajo el socialismo. La protección de la propiedad personal de los ciu-
dadanos se realiza no solo en interés de cada propietario, sino también en
interés de la socied ad en conjunto.
La propiedad personal de los ciudadanos es el modo fundamental de
usar la parte del producto social concedida a cada uno, destinada para sa-
tisfacer sus necesidades materiales y culturales. Por eso la protección de la
propiedad personal es, al mismo tiempo, una protección del orden existente
de distribución. Ella garantiza las condiciones para que cada ciudadano use
libremente la parte del producto social que recibe para satisfa cer sus necesi-
dades.
La protección de la propiedad personal de los ciudadanos está garanti-
zada por todo el régimen de relaciones sociales socialistas. La sociedad socia-
lista se preocupa por la protección y el fortalecimiento de la propiedad perso-
nal de sus miembros. Aquí están creadas todas la s condiciones objetivas para
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RAISA JÁLFINA
que los ciudadanos manifiesten cuidado y solicitud por la propiedad perso-
nal de cada uno. Sin embargo, todavía se encuentran personas aisladas, que
no desean trabajar honradamente, que atenían contra la propiedad personal
de los ciudadanos y, por ende, contra el orden socialista de distribución del
producto social. Los hechos de trato descuidado y negligente con la propie-
dad personal de otros ciudadanos, que se permiten desconsiderablemente al-
gunas personas, son también una violación del orden establecido, como resul-
tado de lo cual se priva al propietario de la posibilidad de usar sus bienes en
debida forma.
El Estado soviético lucha activamente por la protección y fortalecimiento
de la propiedad personal de los ciudadanos. Este aspecto de la actividad del
Estado va enderezado a consolidar el orden socialista de distribución y tiene
una invaluable significación educativa. Contribuye a elev ar la influencia de
Tos estímulos materiales, que excitan a las gentes a trabajar honradamente en
la economía socialista; educa en todos los ciudadanos una actitud cuidadosa
y atenta hacia la propiedad y los derechos de los demás.
La preocupación del Estado socialista por la protección de la propiedad
personal de los ciudadanos, por la satisfacción de sus necesidades materiales
y culturales, y el elevado humanismo del derecho soviético se expresan en que
no se permite la confiscación de las cosas necesarias para satisfacer necesida-
des materiales y culturales del propietario, excepto en aquellos casos, cuando
sobre la propiedad personal del ciudadano pesa una exacción por resolución
de un tribunal.
En general, la exacción no recae sobre los bienes, si el tamaño de la suma
a cobrar no sobrepasa aquella parte del salario mensual, pensión o estipendio
sobre la cual puede recaer la exacción (Artículo 368 del Código de procedi-
miento civil de la RSFSR y artículos correspondientes de los códigos de proce-
dimiento civil de las demás repúblicas federadas). Si la exacción recae sobre
los bienes del d eudor para indemnizar un daño causado por este, pagos que
debe hacer, etc., ella no puede recaer sobre las cosas necesarias para el deudor
y para las personas mantenidas por él, tales como productos alimenticios,
ropa, enseres domésticos, cantidad necesaria de aves y ganado, etc.
La exacción tampoco recae sobre la vivienda, con sus instalaciones eco-
nómicas (de las personas ocupadas fundamentalmente en la agricultura), si el
deudor y su familia viven en ella de manera permanente. La única excepción
de esta regla es la exacción de deudas por prestamos f acilitados por el banco
para construir la casa de habitación. S in embargo, como ya dijimos, tales ca-
sos son excepcionalmente raros.
La exacción no recae sobre los muebles necesarios para la familia, ni
sobre las pertenencias infantiles. Si la ocupación fundamental del ciudadano
es la agricultura, la exacción no puede recaer sobre los productos alimenticios
necesarios para la familia hasta la nueva cosecha, ni sobre el combustible, etc.

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