Capítulo V: El contrato de promesa de compraventa y el artículo 1749 Del Código Civil - Primera parte - La compraventa - Libros y Revistas - VLEX 951353714

Capítulo V: El contrato de promesa de compraventa y el artículo 1749 Del Código Civil

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RAÚL DÍEZ DUARTE
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En consecuencia, el deudor estaría en mora de cumplir la promesa,
cuando, en general, ha sido judicialmente reconvenido por el acreedor;
cuando no ha cumplido la obligación dentro del término estipulado, y
siempre que el acreedor no esté, a su vez, en mora de cumplir o se allane
a ello, puesto que si la promesa es bilateral, la mora purga la mora.
Así, se ha fallado que “el contrato de promesa y sus efectos legales
no caducan por el mero hecho de no celebrarse el contrato prometido
dentro del plazo o época señalada. Para que el acreedor pueda ejercitar
los derechos que para este evento le concede la ley, es requisito previo e
indispensable que el contratante omiso esté o haya sido constituido en
mora. Alterado por consentimiento mutuo de las partes el plazo jado
para el cumplimiento del contrato, sin reemplazarlo por otro que indi-
care un tiempo preciso en que debiere cumplir la obligación pendiente,
el plazo primitivo desaparece y deja de interpelar por sí solo a los con-
tratantes.
En esta situación, para constituir en mora al deudor precisa recon-
vención judicial”
(72)
.
Por último, el acreedor, conforme lo dispone el artículo 1553, junto
con las acciones alternativas que él le otorga, podrá solicitar la indemni-
zación de perjuicios por la mora, que comprende el daño emergente y el
lucro cesante, conforme al artículo 1556.
CAPÍTULO V
El Contrato de Promesa de Compraventa y el Artículo 1749
22. EL CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA NO ESTÁ
COMPRENDIDO EN ESTA LIMITACIÓN PORQUE NO ES TÍ-
TULO TRASLATIVO NI TRADICIÓN.
Según el artículo 1749, inciso , del Código Civil, el marido no po-
drá enajenar voluntariamente ni gravar los “bienes raíces sociales”, sin
la autorización de la mujer.
72.
RDJ. Tomo 16, sec. 1ª, p. 487.

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