Capítulo IV. Sociedad anónima y clases sociales - Las instituciones de la economía capitalista. Sociedad anónima, estado y clases sociales - Libros y Revistas - VLEX 1025757561

Capítulo IV. Sociedad anónima y clases sociales

AutorFrancesco Galgano
Páginas101-110
101
Las InstItucIones de La economí a capItaLIsta.
socIedad anónIma, estado y cLases socIaLes
capital dirigente y capita l monetario
Principio básico de la sociedad anónima es el principio mayoritario:
los socios deliberan, reunidos en junta general, con mayoría de votos,
y los acuerdos tomados por la mayoría «vinculan a todos los socios,
incluso a los ausentes o disidentes»1.
Es una mayoría de capital, no de número de socios: forman mayoría
los socios que detentan una mayor parte de capital o, lo que es lo
mismo, un mayor número de acciones. Respecto a la sociedad anónima
el principio mayoritario no debe, por esto, evocar la idea de que los
más prevalecen sobre los menos: puede suceder, y a menudo sucede,
que el voto de un accionista o de un número restringido de accionistas,
detentadores de una mayor cuota de capital, prevalezca sobre el de una
multitud de accionistas, que detentan cada uno de ellos una pequeña
parte de capital. En las asambleas políticas, en las asociaciones y, en
el interior del derecho de la empresa, en las sociedades cooperativas,
se aplica el principio opuesto de la mayoría numérica: el principio
mayoritario es allí un principio democrático. Aquí, en cambio, este
es un principio plutocrático: hace que el gobierno o, como se suele
decir, el «control» de la sociedad corresponda al socio o a los socios
que poseen una mayor parte del capital social. Es la regla básica del
sistema capitalista: la regla según la cual el poder económico, o sea el
control de la riqueza, depende de la propiedad de la riqueza.
Según un ideal, no obstante histórico, modelo de sociedad anónima,
la mayoría de la asamblea debería ser «hija del caso»: resultado
cambiante e imprevisible, producto del debate de la junta general y de
la persuasión recíproca ejercida por cada socio frente a los demás. Este
modelo ideal, que corresponde al tradicional, y todavía extendido,
modo de describir la sociedad anónima, no se encuentra en la realidad
histórica de este tipo de sociedad.
Mayoría y minoría se presentan en ella, como entidades relativamente
estáticas, entre las cuales no existe, en las hipótesis normales,
posibilidad de mutación. En relación, esta vez, con lo que sucede en
las asambleas políticas, la mayoría no se forma en la junta general, sino
que es previa a su convocatoria; la condición de socio mayoritario y de
1 Arts. 2368-69 y 2377 Cod. civ. ita».

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