V. El derecho probatorio soviético - La teoría de la prueba en el derecho soviético - Libros y Revistas - VLEX 1022499640

V. El derecho probatorio soviético

AutorAndrei Vishinski
Páginas135-238
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La teoría de La prueba en eL derech o sovietico
v
eL derecho probatorio Sovié tico
i. La
convicción íntima y La conciencia sociaLista deL derecho
en eL proceso soviético
El Derecho procesal soviético rechaza la calicación de las pruebas basada
en cualquier motivo formal.
Las leyes procesales soviéticas adjudican la competencia en la calicación
de las pruebas, tanto en lo criminal como en lo civil, exclusivamente al tribunal,
y establecen como base única para ello la convicción íntima del juez que se
apoya en el examen de todas las circunstancias de la causa en su conjunto 1.
Según el Derecho soviético, cualquier circunstancia puede servir de prueba
en un asunto, independientemente de su contenido o valor. Sólo el juramento
no se admite en calidad de prueba 2, y ello es perfectamente natural, porque
una “prueba” de tal índole se encuentra en oposición directa con el principio
de la convicción íntima dominante en el Derecho soviético.
1 El art. 23 de los “Fundamentos del Procedimiento Criminal de la U.R.S.S. y de las Repú-
blicas federadas”, el art. 319 del Código Procesal Penal de la R.S.F.S.R. y los correspon-
dientes de los Códigos Procesales Penales de las demás Repúblicas federadas, así como
los arts. 118 y 119 del Código Procesal Civil de la R.S.F.S.R. y los correspondientes de los
Códigos de las demás Repúblicas federadas, establecen la norma, de acuerdo con la cual,
la determinación de la insuciencia de pruebas presentadas por las partes y la admisión
de las mismas, corresponden por entero a la competencia del tribunal, que no está coar-
tado por ninguna clase de caracteres formales de estas pruebas. Los Códigos procesales
civiles admiten como excepción única el caso en que para determinadas acciones y rela-
ciones prevé la ley obligatoriamente la forma escrita (art. 128 del Código Procesal Civil
de la R.S.F.S.R.). Sin embargo, este caso conclusión de determinados contratos en forma
escrita, de acuerdo con las prescripciones de la ley, no priva al tribunal de la posibilidad
de calicarlos según las circunstancias del asunto. El art. 5 del Código Procesal Civil de
la R.S.F.S.R., y los correspondientes de los Códigos respectivos de las demás Repúblicas
federadas imponen a los tribunales la obligación de “…tratar por todos los medios de
dilucidar los derechos y las relaciones efectivas de los litigantes…” y. por consiguiente,
no cohibe con ninguna clase de requisitos formales la calicación de las pruebas.
2 Véase, art. 57 del Código Procesal Penal de la R.S.F.S.R. y los correspondientes de los
Códigos respectivos de las demás Repúblicas federadas.
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Andrei Vishinski
Por ello es completamente falsa la armación de algunos procesalistas de
la U.R.S.S. de que el principio de la convicción íntima es extraño al Derecho
soviético o incluso le es ajeno el propio término 3.
Es igualmente errónea la armación de esos mismos procesalistas de
que al Derecho soviético le son también ajenos conceptos como el de todo
el discernimiento posible, fallan la causa “según la conciencia”, etc., de que
en el Derecho soviético el concepto de “convicción íntima” signica sólo la
renuncia de coerción exterior que distingue el sistema de las pruebas formales.
Los razonamientos de esta índole no tienen ninguna base. Son, o fruto de una
actitud insucientemente atenta con respecto a nuestras fuentes legislativas,
a la historia del Derecho soviético, en particular del Derecho judicial, o
resultado de la inuencia de “teorías” extrañas al Derecho soviético, del tipo
de la famosa “escuela” antropológica y de otras “escuelas” burguesas.
Sería suciente, sin embargo, remitirse a un documento como el decreto
N 1, del 24 de noviembre de 1917 acerca de los tribunales —sin hablar ya
de épocas posteriores, en que la actividad de estos organismos se ha visto
regulada por los Códigos penal, civil, penal procesal y civil procesal,
promulgados después—, para persuadirse de que en el Derecho soviético,
desde los primeros días de su nacimiento, ha dominado de manera plena
y absoluta el principio de la convicción íntima del juez que se apoya en la
conciencia del derecho revolucionario y socialista.
No puede caber duda alguna de que desde las primeras leyes de la República
Soviética consagradas a la organización del tribunal y al procedimiento,
se trata precisamente de la solución de los asuntos judiciales a base de la
convicción, es decir, a base del principio de la convicción íntima del juez. En
todos los casos en que se habla en esas leyes de “conciencia revolucionaria
del derecho” o de “conciencia socialista del derecho”, la ley tiene en cuenta
precisamente el principio de la convicción íntima revolucionaria y socialista
de los jueces.
¿Acaso no se refería Lenin en 1918 a la convicción socialista de nuestro
tribunal cuando, previniendo contra las dicultades y la perdia de los
enemigos del pueblo y señalando los prejuicios aun muy arraigados en la
intelectualidad, por los cuales los obreros pusieron generosamente en libertad
a Krasnov. que había entregado su espada, en lugar de fusilarle, exclamaba:
“Ahora quisiera ver yo al tribunal popular, al tribunal de obreros y campesinos
que no fusilara a Karsnov, ¿quién fusila a los obreros y campesinos?” 4.
¿Acaso en estas palabras del gran jefe de la revolución proletaria no se halla
expresada de manera profunda la necesidad de juzgar a los enemigos según
la convicción íntima de los obreros y campesinos, en lucha cruenta con los
explotadores por la conquista del derecho a la vida, a la libertad y al bienestar?
3 El art. 23 de los “Fundamentos del Procedimiento Criminal de la U.R.S.S. y de las
Repúblicas federadas” dice: “La calicación de las pruebas existentes en un asunto,
efectúase por los jueces de acuerdo con su convicción íntima... “ (El subrayado es mío,
A.V.).
4 LEnIn: Obras Completas, t. XXIII, pág. 124.
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La teoría de La prueba en eL derech o sovietico
A la conciencia revolucionaria o socialista del derecho invocan las primeras
leyes soviéticas para luchar contra los enemigos de la revolución y del pueblo
allí donde las antiguas leyes, de las que la revolución proletaria no podía
prescindir por completo en sus primeros pasos, eran insucientes o impropias
para dicho n.
Los decretos del Poder soviético buscan y encuentran apoyo en la conciencia
o convicción socialista de los jueces para resolver el dicilísimo problema de
la aplicación de las viejas leyes, con arreglo a las nuevas necesidades y tareas.
Precisamente en este sentido hay que comprender las indicaciones de los
decretos Nº 1 y Nº 2 acerca de los tribunales y de otras leyes dictadas en los
primeros meses del primer año de la Revolución de Octubre referentes a la
autorización concedida a los tribunales revolucionarios para guiarse en sus
fallos y sentencias por las leyes de los gobiernos derribados 5.
Un precepto análogo encontramos también en el decreto Nº 2 sobre los
Tribunales, del 7 de marzo (22 de febrero) de 1918, aprobado por el Consejo
de Comisarios del Pueblo y por el Comité Ejecutivo Central de los Soviets de
toda Rusia con las enmiendas de Lenin. La parte cuarta de este decreto (art.
8), consagrada al procedimiento y jurisdicción, se refería a la aplicación del
procedimiento determinado en los Reglamentos judiciales de 1864, en cuanto
esas normas no hubieran sido abolidas por decretos soviéticos y no estuviesen
en pugna con la “…conciencia del derecho de las clases trabajadoras que están
derribando a los explotadores; “en este último caso deben indicarse en los fallos
y sentencias los motivos en virtud de los cuales el tribunal se aparta de las
leyes vigentes por los que el Tribunal desestima las leyes anticuadas o burguesas6.
El art. 36 del Decreto reza:
“En las causas civiles y criminales, el tribunal sólo se guía por las
leyes civiles y penales vigentes hasta ahora en la medida en que
éstas no hayan sido revocadas por decreto del Comité Ejecutivo
Central y el Consejo de Comisarios del Pueblo y no se opongan a la
conciencia socialista del derecho” 7.
A la conciencia socialista del derecho se refería también el decreto sobre
los tribunales populares de la R.S.F.S.R. del 30 de noviembre de 1918, que
imponía la necesidad de guiarse por ella en caso de falta o insuciencia de las
5 El decreto Nº 1 acerca del Tribunal, decía en el § 5: “Los tribunales locales hallan las
causas en nombre de la República Rusa y se guían en sus fallos y sentencias por las leyes
de los gobiernos derribados sólo en la medida en que estas leyes no hayan sido abolidas
por la Revolución y no estén en pugna con la conciencia revolucionaria y con la concien-
cia revolucionaria del derecho” (24 de noviembre de 1917, Recopilación de Leyes de la
R.S.F.S.R., 1917, N 4, art. 50). Hablaba también de la “conciencia revolucionaria del dere-
cho” la instrucción del Comisariado del Pueblo de Justicia del 23 de julio de 1918. “De la
organización y actuación de los tribunales populares locales” (Recopilación de Leyes de
la R.S.F.S.R., 1918, Nº 53, art. 597).
6 LEnIn: Enmiendas al proyecto de decreto de tribunales, Recopilación leninista XXI, pág.
217.
7 Recopilación de Leyes de la R.S.F.S.R., 1918, N 26, art. 420.

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