Reciprocidad de la confesión provocada - Posiciones juradas - Libros y Revistas - VLEX 976418243

Reciprocidad de la confesión provocada

AutorGilberto Guerrero-Quintero
Cargo del AutorProfesor Titular de la Cátedra de Derecho Civil
Páginas83-91
83
CAPÍTULO IV
RECIPROCIDAD DE LA CONFESIÓN
PROVOCADA
I. MOTIVACIÓN
1) ¿Qué ocurre si el Juez, haciendo caso omiso de la previsión del artículo 406,
admite la prueba de posiciones juradas, sin que el solicitante haya manifestado es-
tar dispuesto a absolverlas recíprocamente?
2) ¿Cuál es el valor de la confesión hecha por el absolvente que no se opuso, si
la parte solicitante de las posiciones juradas no manifestó estar dispuesta a absol-
verlas recíprocamente?
3) ¿Qué valor tendrán las posiciones juradas absueltas por el solicitante que no
se obligó a absolverlas a la parte contraria?
4) Una de las partes promueve la prueba de posiciones juradas, obligándose
aabsolverlas ala contraria.Luego queel Tribunallas acuerday jaoportunidad
para ello, ¿podrá legalmente el solicitante desistir de la prueba alegando que obvió
indicar el objeto de esta?
5)Acordadaslas posicionessolicitadas,elTribunaljaráenel mismoautola
oportunidad en que el solicitante debe absolverlas a la otra. Ahora bien, una vez
absueltas por la otra parte, el solicitante desiste de la prueba. ¿Será válido el desisti-
miento, en tal caso, o quedará confeso si no comparece a absolverlas?
6) ¿Es válido que el promovente de las posiciones absuelva primero las
mismas?
7)EnelautodelTribunalsejódíayhoraparaqueelpromoventedelasposi-
ciones las absolviera, antes de citar a la otra parte. Esta, por determinados motivos,
no pudo ser citada. Ocurre que el promovente no acudió al acto y aquellas le fueron
estampadas y aquel se dio por citado manifestando comparecer a absolverlas a la
parte contraria y habiendo comparecido sin que le hubieren sido formuladas las
mismas. ¿Tienen algún valor las posiciones estampadas?

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