La recepción del sistema funcional normativista en la jurisprudencia penal: el caso del taxista - Normativismo e imputación jurídico-penal. Estudios de derecho penal funcionalista - Libros y Revistas - VLEX 1025784693

La recepción del sistema funcional normativista en la jurisprudencia penal: el caso del taxista

AutorJosé Antonio Caro John
Cargo del AutorDoctor en Derecho por la Universidad Bonn. Profesor de Derecho penal
Páginas21-59
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LA RECEPCIÓN DEL SISTEMA FUNCIONAL NORMATIVISTA EN LA JURISPRUDENCIA...
SUMILLA: I. Introducción. II. Caso del taxista. III. Solución
dogmática. 1. El lado objetivo del hecho. 2. El lado subjetivo
del hecho. 3. La prohibición de regreso. III. Consideraciones
finales.
I. INTRODUCCIÓN
Un fenómeno que está dando lugar a las más encendidas
polémicas en universidades y tribunales lo constituye las propuestas
de Günther JAKOBS en torno a la construcción de un nuevo sistema del
Derecho penal, asentado en fundamentos metodológicos puramente
normativistas, completamente diferentes a los de otros sistemas
conocidos que, con mayor o menor notoriedad, incluyen elementos
ontológicos dentro de sus conceptos. Si bien estas propuestas hasta
ahora no han alcanzado el nivel de lo que comúnmente se conoce
como doctrina «dominante»1, ello no niega que, sin embargo, última-
mente, sobre todo en el caso peruano, empiece a obtener crecientes
adhesiones al punto de constituir el fenómeno de moda en el Derecho
penal de nuestros días.
En el Derecho penal peruano no es difícil observar una impor-
tante, sustancial y creciente acogida de este sistema2 por parte de la
1Cfr. SILVA SÁNCHEZ, Jesús-María, Estudios de Derecho penal, Grijley, Lima, 2000,
p. 273, quien pone de relieve que las «tesis normativistas» aún no pueden ser
calificadas como dominantes debido al «eclecticismo imperante».
2Los aportes de JAKOBS se empiezan a conocer en el Perú en la década de los
noventa y, desde entonces, su difusión ha crecido considerablemente, incluso
en la actualidad, algunos de sus trabajos recientes se encuentran en curso de
publicación en diferentes revistas especializadas y colecciones monográficas.
Sólo de lo ya publicado, Cfr. JAKOBS, Günther, «El principio de culpabilidad»,
trad. Cancio Meliá, en Revista Peruana de Ciencias Penales, N° 2, 1993, pp. 503 y ss.;
ID., «El concepto jurídico-penal de acción», trad. Cancio Meliá, en Revista
Peruana de Ciencias Penales, N° 3, 1994, pp. 67 y ss.; ID., «Sobre el injusto del
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JOSÉ ANTONIO CARO JOHN
doctrina3 y la jurisprudencia, aunque este hecho sea más evidente en
el ámbito jurisprudencial. Algunos supuestos de la jurisprudencia
suicidio y del homicidio a petición. Estudio sobre la relación entre juridicidad
y eticidad», trad. Cancio Meliá/Sancinetti, en Revista Peruana de Ciencias
Penales, N° 4, 1994, pp. 513 y ss.; ID., La imputación objetiva en Derecho penal,
trad. Cancio Meliá, Grijley, Lima, 1998; JAKOBS, Günther / CANCIO, Manuel, El
sistema funcionalista del Derecho penal, Instituto Peruano de Ciencias Penales
–Universidad de Piura– Grijley, Lima, 2000, que contiene tres trabajos de
Jakobs sobre el bien jurídico, la injerencia y el dominio del hecho; también
JAKOBS, Günther, Bases para una teoría funcional del Derecho penal, trad. Cancio
Meliá/Feijoo Sánchez/Peñaranda Ramos/Sancinetti/ Suárez González,
Grijley, Lima, 2000, que reúne catorce trabajos del autor sobre diferentes
institutos de su teoría de la imputación; ID., «Imputación jurídico-penal.
Desarrollo del sistema con base en las condiciones de la vigencia de la norma»,
trad. Sánchez-Vera, en Revista Peruana de Doctrina y Jurisprudencia Penal, N° 1,
2000, pp. 127 y ss.; ID., «¿Qué protege el Derecho penal: Bienes jurídicos o la
vigencia de la norma?», trad. Cancio Meliá, en Revista Peruana de Doctrina y
Jurisprudencia Penal, N° 1, 2000, pp. 151 y ss.; ID., «La denominada actio libera
in causa», trad. González Rivero, en Revista Peruana de Doctrina y Jurisprudencia
Penales, N° 2, 2001, pp. 201 y ss.; ID., «Consumación material en los delitos de
lesión contra la persona. Al mismo tiempo, una contribución a la
generalización de la Parte Especial», trad. Cardenal Montraveta, en Revista
Peruana de Doctrina y Jurisprudencia Penales, N° 3, 2002, pp. 223 y ss.; ID.,
«¿Punibilidad de las personas jurídicas?», trad. Suárez González, GARCÍA
CAVERO, Percy (coord.), Responsabilidad penal de las personas jurídicas, órganos y
representantes, ARA editores, Lima, 2002, pp. 63 y ss.
3Entre los que acogen el sistema normativista de JAKOBS de una forma
manifiesta, Cfr. VILLA STEIN, Javier, Derecho penal. Parte General, 2ª ed., San
Marcos, Lima, 1998; GARCÍA CAVERO, Percy, La responsabilidad penal del
administrador de hecho de la empresa: criterios de imputación, J.M. Bosch, Barcelona,
1999; ID., «La imputación objetiva en los delitos imprudentes», en Revista de
Derecho, Universidad de Piura, N° 1, 2000, pp. 191 y ss.; ID., «El sistema
funcional de imputación en la determinación de la responsabilidad penal
del administrador de la empresa», en Revista Peruana de Doctrina y
Jurisprudencia Penal, N° 1, 2000, pp. 505 y ss.; ID., «Tendencias modernas en la
dogmática jurídico-penal alemana», en Revista de Derecho, Universidad de
Piura, N° 2, 2001, pp. 171 y ss.; CARO JOHN, José Antonio, Causalidad e
imputación: lineamientos de una dogmática jurídico-penal normativista, Tesis para
obtener el título profesional de abogado por la Universidad Nacional Mayor
de San Marcos, Lima, 1996.; ID., «Algunas consideraciones sobre los delitos
de infracción de deber», en Anuario de Derecho penal, PUCP, Lima, 2003.;
adhiriéndose en algunos aspectos: CHOCANO RODRÍGUEZ, Reiner, «Situaciones
de necesidad de las que derivan causas de justificación: Estado de necesidad
agresivo y defensivo», en Anuario de Derecho penal, PUCP, Lima, 2003.; también
MAZUELOS COELLO, Julio, «El delito imprudente en el Código penal peruano.
La infracción del deber de cuidado como creación de un riesgo jurídicamente
desaprobado y la previsibilidad individual», en Anuario de Derecho penal,
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LA RECEPCIÓN DEL SISTEMA FUNCIONAL NORMATIVISTA EN LA JURISPRUDENCIA...
donde se advierte la influencia del sistema funcional normativista de
JAKOBS son, por ejemplo, el caso de «Rock en Río»4, que se refirió a un
homicido imprudente, en el que la solución se basó en las categorías
dogmáticas conocidas como imputación objetiva e imputación a la
víctima; el caso del tiroteo5, también relacionado con un homicido
imprudente, cuya problemática en cuestión fue resuelta como un
supuesto de legítima defensa; y, finalmente un supuesto al que podemos
denominar caso del taxista6, donde el tribunal aplicó el instituto
dogmático conocido como prohibición de regreso para fundamentar
la exclusión de responsabilidad de un taxista a título de coautor del
delito de robo agravado.
Como es de suponer, una reflexión en detalle de los aspectos
esenciales de todas estas sentencias7 no es posible llevarla a cabo en
este trabajo, sin embargo, a modo de conocer un poco más de cerca la
resolución de uno de los supuestos mencionados, las líneas que siguen
se ocuparán de un modo general del caso del taxista, toda vez que en
PUCP, Lima, 2003. Sin embargo, un sector de la doctrina se distancia críticamente
de este nuevo sistema, URQUIZO OLAECHEA, José, «Culpabilidad penal», en Una
visión moderna de la teoría del delito, Publicación de la Dirección Nacional de
Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia, Lima 1998, pp. 75 y ss., 82.
4Sentencia de la Corte Suprema de Justicia N° 4288-97, de 13 de abril de 1998;
Cfr. el texto de la sentencia en Revista Peruana de Doctrina y Jurisprudencia
Penal, N° 1, 2000, pp. 589 y ss.; también en CHOCANO RODRÍGUEZ, Reiner /
VALLADOLID ZETA, Víctor, Jurisprudencia Penal. Ejecutorias de la Corte Suprema de
Justicia 1997-2001, Grijley, Lima 2002, pp. 180 y ss.
5Sentencia de la Corte Suprema de Justicia N° 4986-97, de 27 de abril de 1998;
Cfr. el texto de la sentencia, en Revista Peruana de Doctrina y Jurisprudencia
Penal, N° 1, 2000, pp. 585 y ss.
6Sentencia de la Corte Suprema de Justicia N° 4166-99, de 7 de marzo de 2001;
Cfr. el texto de la sentencia en Revista Peruana de Doctrina y Jurisprudencia
Penales, N° 2, 2001, pp. 693 y ss.; también en CHOCANO RODRÍGUEZ/VALLADOLID
ZETA, Jurisprudencia Penal, cit., pp. 71 y ss.
7Sin embargo, el caso de «Rock en Río» ha motivado sugerentes comentarios de
parte de la doctrina especializada en el Perú y en el extranjero, Cfr. a título de
ejemplo, las anotaciones de GARCÍA CAVERO, Percy, «La imputación objetiva
en los delitos imprudentes», cit., pp. 191 y ss.; DU PUIT, Joseph, «Resoluciones
judiciales sobre imputación objetiva e imprudencia», en Anuario de Derecho
penal, Lima, 2003; asimismo, CANCIO MELIÁ, Manuel, Conducta de la víctima e
imputación objetiva en Derecho penal, 2ª ed., J.M. Bosch - Universidad Externado
de Colombia, Barcelona, 2001, pp. 381 y ss., Bogotá 2001, pp. 433 y ss., quien
resalta que esta sentencia «tiene especial interés por el alto grado de
penetración de la discusión dogmática».

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