Proyecto de ley que prohíbe toda forma de cálculo de interés sobre intereses. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914502535

Proyecto de ley que prohíbe toda forma de cálculo de interés sobre intereses.

Fecha01 Marzo 2011
Número de Iniciativa7491-03
Fecha de registro01 Marzo 2011
EtapaArchivado
Autor de la iniciativaRuiz-Esquide Jara, Mariano
MateriaINTERÉS SOBRE INTERESES
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción

Boletín Nº 7.491-03


Proyecto de ley, iniciado en Moción del Honorable Senador señor Ruiz-Esquide, que prohibe toda forma de cálculo de interés sobre intereses.


Antecedentes


Las operaciones de créditos de dinero en nuestro país se rigen por la ley Nº 18.010, publicada en el Diario Oficial del 27.06.1981, aunque en realidad es un DL, ya que en esa fecha, regía el país una Junta Militar que había concentrado el poder total. Esta norma, reemplazó al DL 455 de 25.05.1974 que estableció normas para las operaciones de crédito y otras obligaciones de dinero que aún rigen, con una modificación, la Ley 19.951 del 26 de junio del 2006, que redujo en parte los excesivos abusos que bancos y financieras cometen contra los clientes.


Sin embargo, no han tenido éxito iniciativas que buscan la eliminación de las normas que permiten el cobro de intereses sobre intereses, que durante décadas se prohibió en chile, y no se ha corregido el injustificado papel protagonice de las entidades financieras en la determinación de la tasa máxima convencional que se puede cobrar por los créditos. En efecto, la tasa de interés máxima convencional se calcula considerando la tasa promedio de interés cobrado por los bancos y las sociedades financieras establecidas en Chile por operaciones realizadas en el país, las que las fijan libremente, sin considerar spread razonables en relación a lo que pagan por las captaciones.


Esto ha provocado una situación muy injusta, ya que los chilenos que quieren ahorrar en el sistema reciben intereses irrisorios, en tato los créditos alcanzan tasas siderales. La referida ley dispone que el cobro de la tasa de interés no puede superar el 50% de la tasa de interés corriente, la que es calculada mes a mes por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.


Desde el retorno a la democracia, se han presentado diversos proyectos de ley para modificarla, sin embargo, han fracasado otras iniciativas que buscaban eliminar la institución del anatocismo, En Chile primó por muchos años una legislación que prohibía el pago de intereses sobre intereses, ya que las concepciones liberales en lo económico eran morigeradas por una visión cultural religiosa y humanista laica que repudiaba la usura.


Esta concepción doctrinaria, ampliamente compartida, se rompió bajo la dictadura, con la dictación del DL 455 de 25.05.1974, que derogó el artículo 2210 del Código Civil que prohibía el pacto de intereses sobre intereses, perjudicando a millones de compatriotas y favoreciendo a los usureros, ya que en el hecho, debilitó el contenido del delito, que solo sobrevive en la apariencia en nuestro Código Penal. Esta concepción, que desconoce nuestra historia y que ha permitido incrementar las ya excesivas ganancias de la banca y otras entidades financieras, se fortaleció con la ley 18.010 y los negativos efectos que produce en el costo y el acceso al crédito de amplios sectores nacionales, hace indispensable su modificación. Las extraordinarias utilidades que ha obtenido la banca en este tiempo, los años de la mayor crisis económica mundial, desatada por sus mismos dueños, es un argumento adicional para este objetivo de bien público.


Por las razones indicadas, vengo en presentar el siguiente proyecto de ley:


Moción Parlamentaria


Artículo único:


1- Modifica el ...

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