Prólogo a la 2.ª edición alemana - Perfiles de la nueva historia del derecho privado - Libros y Revistas - VLEX 1028370584

Prólogo a la 2.ª edición alemana

AutorHans Schlosser
Cargo del AutorProfesor de la Universidad de Augsburgo (Alemania)
Páginas13-14
13
PERFILES DE LA NUEVA HISTORIA DEL DERECHO PRIVA DO
PRÓLOGO A LA 2.ª EDICIÓN ALEMANA
En 1949 ERICH MOLITOR había de confesar que la exposición de la Ciencia del
Derecho privado en sus conexiones con el pensamiento occidental, er a aún un ensa-
yo, que llevaba aparej adas considerables dificultades. Los fundamentos históricos
de las ideas estaban dema siado poco investigados y las fuerzas op erantes eran
ampliamente desconocidas.
Tras unos 25 años la base se ha hecho más sólida. Así esta mera refundición
no requiere en este punto j ustificaciones especiale s. La Historia del Derecho pri-
vado moderno tiene un puesto fijo, como disciplina jurídica relativamente joven,
en la investigación y en la docencia académica. Recepción del Derecho erudito y
Usus modernus, Escuela his tórica del Derecho y Pandectística del siglo X IX, son
materias —por citar solo algunas— que constituyen preferentemente el centro del
interés de romanistas y germanistas desde la terminación de la Segunda Guerra
Mundial. Es posible que los resultados pr esentes condicionen alguna s matizacio-
nes frente a las finalidades materiales de la primera edición. Lo que ha continua-
do inmutable es el propós ito fundamental de estos Elementos, de ofr ecer a los
estudiosos de la Ciencia del Derecho un moderno libro didáctico y de orienta-
ción. La nueva refundición se considera quizás ahora much o más intensamente
obligada que an tes a perseguir esta meta. A ello contribuyen esencialmen te —
que no en última instancia— la nueva regulación de los estudios jurídicos y de
los exámen es, así como los pr ogramas de estudio d e la nueva reforma de las
disciplinas jurídicas en un ciclo o en una fase.
La ampliación del estado de nuestros conocimientos con respecto a círculos de
cuestiones centrales en la Historia del Derecho privado, tiene necesariamente como
consecuencia que las mismas combinaciones posibles en 1949 o las hipótesis gene-
rales han debido ser confirmadas —o en mayor medida— sustituidas por otras. Los
óptimos frutos de la investigación constituyen también la causa de que, finalmente,
no quedara piedra sobre piedra de la pr imera versión de los Elementos y que el
manuscrito de ERICH MOLITOR en recorridos muy amplios no sea reconocible más que
en su esquema. De ello y de todas las correcciones e interpretaciones progresivas
del estado de la investigación recabo la responsabilidad personal.
De acuerdo con el carácter de Elemen tos se renunció a dar amplias referencias
bibliográficas. Para el que esté interesado en profundizar en los detalles, valga la
remisión a las fundamentadas experiencias de FRANZ WIEACKER,Privatrechtsgeschichte
der Neuzeit (Historia del Derecho privado de la Edad moderna), en su segunda edición de
1967 y de GEHARD WESENBERG-GUNTER WESENER,Neure deutsche Privatrechtsgeschichte

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