Prólogo - Novísimo concepto del Derecho en Alemania, Inglaterra y Francia - Libros y Revistas - VLEX 1027316337

Prólogo

AutorAlfred Fouillée
Páginas9-10
9
Novísimo coNcepto del derecho eN AlemANiA, iNglAterrA y FrANciA
prólogo
La losofía del siglo XIX se ha propuesto la misión de someter al análisis
las ideas en que la humanidad había basado, hasta ahora, sus creencias
morales, sociales y religiosas. En Alemania con Kant y sus sucesores, en
Francia con Augusto Comte y los positivistas, en Inglaterra con Bentham,
Stuart Mill, Spencer y Darwin, todo ha sido puesto en tela de juicio; ha habido
en cada país un esfuerzo laborioso y sincero para descubrir la verdad a todo
trance, bajo las asociaciones de ideas y las tradiciones que la ocultan. Pocas
concepciones han resistido a este trabajo de la crítica moderna, que les quita
todo carácter místico, para reducirlas a sus elementos cientícos del orden
físico o del orden mental. Así, las antiguas nociones de Dios, del alma, del
libre albedrío, del bien en sí, del deber absoluto, se han encontrado en la
alternativa de transformarse o desaparecer.
Entre las ideas que el progreso incesante del pensamiento humano obliga
hoy a reformarse para no perecer, la del derecho ocupa uno de los primeros
puestos. Desde luego, es inseparable de las nociones de libertad y de deber.
El antiguo espiritualismo no puede sostenerse más a nuestro juicio. Las
entidades metafísicas, a que habitualmente apelaba, son tan impotentes en
la cuestión del derecho como en la de la libertad moral. ¿Se debe, por lo
tanto, rechazar enteramente, hasta como puro ideal, la concepción de los
derechos del hombre? ¿Es necesario reducir todo el orden civil y político a
una mera combinación de fuerzas y de intereses, y oponer el principio de la
desigualdad aristocrática al de la igualdad democrática? Tal vez llegaremos
a reconocer que, en esta cuestión, cada uno de los puntos de vista principales
en que se ha colocado el espíritu humano encierra su verdad relativa; tal vez
es posible elaborar una teoría nueva del derecho, naturalista e idealista a la
vez, y bastante comprensiva para reconciliar los sistemas adversos, en lo que
tienen de cientícos. Lo que nos proponemos realizar no es una elección más
o menos arbitraria entre los sistemas, ni una especie de eclecticismo: es una
síntesis racional en que todos los elementos positivos de cada sistema tendrán
su lugar, y en que serán enlazados por una teoría lo más comprensiva posible.
Limitando a su justo valor y a su legítimo dominio las verdades relativas de
los sistemas, se les despoja de su carácter exclusivo y negativo, y al mismo
tiempo se las vuelve armónicas y conciliables.
Las cuestiones de que vamos a tratar ofrecen, ante todo, un interés
especulativo: emprendemos una investigación principalmente cientíca.
Sin embargo, no debemos descuidar el aspecto histórico y político de estos

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