Paralización, suspensión y extinción del procedimiento - 2ª Parte. Derecho Procesal Funcional - Derecho Procesal Orgánico y Funcional 2024 - Libros y Revistas - VLEX 971621669

Paralización, suspensión y extinción del procedimiento

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Páginas353-356
Capítulo VI
LA PARALIZACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN
DEL PROCEDIMIENTO
A continuación se analizarán estos temas que inciden en el pro-
cedimiento, según lo expuesto por NICOLÁS UBILLA PAREJA, en los
siguientes términos:
I.- LA PARALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO.
El proceso puede paralizarse durante su tramitación por la inac-
tividad de las partes y de los órganos jurisdiccionales. Se trata de una
inactividad de hecho de las partes y del tribunal, sin que exista
ninguna resolución o disposición legal que les impida actuar dentro
del procedimiento.
Si las partes nada hacen, el procedimiento permanecerá parali-
zado, en virtud del principio dispositivo que rige las gestiones civiles.
Tal inactividad, si se prolonga por más de 6 meses, puede dar
lugar al abandono del procedimiento, a petición de parte, situación
que produce la pérdida de lo obrado mas no de la pretensión hecha
vale en él (Art.152 y ss. del C.P.C.).
En MATERIA PROCESAL PENAL, debemos distinguir:
1.- En el proceso por crimen o simple delito de acción penal pú-
blica no recibe aplicación el abandono.
2.-En el de acción penal privada sí, siendo más grave ya que el
plazo es de sólo 30 días, puede decretarse de oficio y no sólo se pierde
lo obrado, sino que además la pretensión hecha valer en él.
II- LA SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO.
La suspensión tiene su origen en una convención de carácter
procesal.
Tiene un carácter acotado por el legislador, pudiendo producir-
se sólo en los casos que éste lo permite. Por ejemplo no procedería la
suspensión ante la Corte Suprema en caso que ella se encuentre
conociendo de casación o queja en contra de sentencias que no tengan
el carácter de sentencia definitiva.
El efecto que genera el acuerdo de las partes, que generalmente
se materializa en la presentación de un escrito de común acuerdo, es
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