Nuevos paradigmas y retos de la personalidad jurídica. Análisis desde la perspectiva de los derechos de la infancia y de las personas con discapacidad - Parte primera - Capacidad y protección de las personas menores de edad en el derecho - Libros y Revistas - VLEX 1023359136

Nuevos paradigmas y retos de la personalidad jurídica. Análisis desde la perspectiva de los derechos de la infancia y de las personas con discapacidad

AutorFernando José Oropesa Romero
Páginas45-73
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CONCEPTUACIÓN DE LA CAPACIDAD: DEL PATERNALISMO A LA AUTONOMÍA
NUEVOS PARADIGMAS Y RETOS DE LA
PERSONALIDAD JURÍDICA. ANÁLISIS DESDE LA
PERSPECTIVA DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA Y
DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
FERNANDO JOSÉ OROPESA ROMERO
JUEZ
Veracruz, México*
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN. II. EL CONCEPTO DE PERSONALI-
DAD JURÍDICA DESDE LA PERSPECTIVA DE PROTECCIÓN DE LOS
DERECHOS HUMANOS. III. EL RESPETO, GARANTÍA Y PROTECCIÓN
DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCEN-
TES. IV. EL RESPETO, PROTECCIÓN Y GARANTÍA DE LA PERSONALI-
DAD JURÍDICA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. V. CON-
CLUSIÓN.
I. INTRODUCCIÓN
Este artículo analiza desde una per spectiva convencional y constitucio-
nal el concepto de personalida d jurídica de las personas físicas, relacionando
su estudio con la obligación del Estado Mexicano de p rotección de los dere-
chos humanos y con la función jurisdiccional. En ese contexto, con base en un
análisis de la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convención Interamericana
para eliminar todas las formas de discriminación contra las Personas con
Discapacidad y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así
como de la jurisprudencia internacional y nacional que sobre estos textos jurí-
dicos han emitido el Comité de los Derechos del Niño, el Comité sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad, la Corte Interamericana de Dere-
chos Humanos y la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se identifican una
serie de obligaciones para el Estado a fin de r espetar, proteger y garantizar el
derecho humano al reconocimiento de la personalidad jurídica en igualdad
de condiciones.
*Juez de primera instancia especializado en materia familiar del Poder Judicial del Estado
de Veracruz, México licenciado en derecho, maestro en derecho constitucional y amparo y
doctor en derecho por la Universidad Cristóbal Colón, p rofesor de la uni versidad de
referencia y de la Universidad del Valle de México.
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FERNANDO JOSÉ OROPESA ROMERO
Para lograr el objeto de este trabajo académico se estudia la evolución
que ha tenido el tratamiento de la personalidad jurídica en el sistema jurídico
mexicano y los retos que el Estado tiene para darle un trato adecuado que se
ajuste a los parámetros internacionales de respeto, protección y garantía del
derecho humano al reconocimiento de la personalidad jurídica en igualdad
de condiciones. Posteriormente, el estudio se centra en el ejercicio de este dere-
cho h umano po r parte d e niñas , niños, adoles centes y p ersona s con
discapacidad, así como en las obligaciones que el Estado Mexicano tiene para
que puedan ejercerlo plenamente pa ra finalizar con algunas conclusiones al
respecto.
Es importante aco tar que al d esarrollar los diversos apar tados que
estructuran este artículo académico también se hace un estudio sobre diversa
normatividad internacional y nacional a la mencionada, así como su aplica-
ción en diversos precedentes judicia les del Estado, para concluir con algunas
reflexiones sobre el tema.
II. EL CONCEPTO DE PERSONALIDAD JURÍDICA DESDE LA PERS-
PECTIVA DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
México es un Estado federal de acuerdo con el artículo 49 de la Constitu-
ción Política de los Estados Unidos Mexicanos. Estado en el que se ha regula-
do y estudiado a la personalidad jurídica desde la perspectiva del derecho
civil, como un atributo de las personas que les permite ser sujetos de derechos
y obligaciones. Por esta razón, la regulación de la personalidad jurídica se
contiene tanto en el Código Civil Federa l para asuntos federales, como en los
códigos civiles de cada una de las entidades federativas que componen al
Estado Mexicano para los asuntos locales.
En ese orden de ideas, encontramos como ejemplo, que el artículo 23 del
Código Civil para el Estado de Nuevo León establece que « la personalidad
jurídica es una facultad exclusiva de los sujetos de derecho; es única, indivisible,
irreductible e igual para todos y se integra con los atributos a que se refieren los títulos
subsecuentes», mientras que, en los artículos 23 Bis y 23 Bis I se prevé lo si-
guiente:
Art. 23 Bis.- La personalidad jurídica de las personas f ísicas, se adquiere
por el nacimiento y se extingue por la muerte, pero desde el momento en
que el ser humano es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le
tiene por nacido para los efectos legales que señala este Código.
Art. 23 Bis I.- La minoría de edad, el esta do de interdicción y las demás
incapacidades establecidas por la ley, son restricciones a la personali-
dad jurídica; pero los incapaces pueden ejercitar sus derechos o contraer
obligaciones por medio de sus representantes.
En similares términos se regula la personalidad jurídica en el Código
Civil Feder al y en los códigos civiles para las demás entidades federativas,
aunque, en algunos de estos codigos se utiliza la expresión capacidad jurídi-

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