Normas reguladoras de la salud en relación con el ejercicio de la medicina en Chile - Derecho Médico - Libros y Revistas - VLEX 875517330

Normas reguladoras de la salud en relación con el ejercicio de la medicina en Chile

AutorMaría Loreto Bañados Arias
Cargo del AutorAbogada Pontificia Universidad Católica de Chile, ingresó a FALMED en 2006
Páginas47-73
| 47
Normas reguladoras de la Salud en relación con el ejercicio de la Medicina en Chile
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C
María Loreto Bañados Arias11
INTRODUCCIÓN
E a a  a aa   a  -
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comunidad, se acepta su realización, y el conjunto de la población acepta e incluso
a   a  a aa  a aa a aa
En el caso de la medicina ocurre lo mismo; las ventajas del ejercicio de dicha
aa  aa aaa  a a    a  a
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daños sean reducidos a su mínima expresión o sean evitados totalmente. Así
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pública y privada de los centros asistenciales, hasta normas relativas al ejercicio
de la medicina, las Isapres, las acreditaciones, garantías de salud, los derechos y
deberes de las personas en materia de salud, entre otras.
 Aaa Pa Ua Caa  C  a FALMED   E 
     aaa a a  aa a  a a  
2016 a la fecha, es abogada Jefe de la Unidad de Otras Materias y Sumarios Administrativos por
Negligencia Médica.
48 | María Loreto Bañados Arias
La realidad actual del ejercicio de la medicina ha llevado a la necesidad
 a aa   aa a   á  a
salud. No obstante, la técnica legislativa utilizada para la creación de dichas
normas se ha centrado en la necesidad de regulación del momento y en rela-
 a    aa     a a    
a aaa     aa   a aa a
de manera general. Así, existe actualmente un amplio espectro de legislación
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las cuales intentan englobar a todos los participantes en el proceso del ejercicio
de la medicina y la vinculación de los entes con los usuarios del sistema, por lo
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Es entonces, en un contexto eminentemente reglado, pero pobremente sis-
tematizado, donde se desarrolla la actividad médica. Sin embargo, es menester
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a  a   a     a aa  a
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 a a a   a a a     aa
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tal como veníamos adelantando, resulta imposible regular todos los aspectos
 a aa a a   a a aa a   
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bases dentro de las cuales se ha de desarrollar la actividad.
Teniendo en mente las consideraciones señaladas, el objeto de este capítulo
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 aa aaa    a a a  a 
ejercicio de la Medicina en Chile.
 ARTÍCULO  N DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE L A
REPÚBLICA
El primer y gran marco regulador lo podemos encontrar en nuestra Carta
Fundamental, en donde el constituyente otorga como garantía constitucional,
comprendido como un derecho social, el derecho a la protección de la salud, en-
tendiéndose como el estándar mínimo para la atención de salud, entregando un
rol subsidiario al Estado, obligándolo a regular la protección al libre e igualitario
acceso, garantizando el derecho a la protección de la salud, estableciendo en su

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