El derecho penal del estado autoritario - ¿Derecho penal liberal o derecho penal autoritario? - Libros y Revistas - VLEX 1027341390

El derecho penal del estado autoritario

AutorGeorg Dahm/Friedrich Schaffstein
Cargo del AutorEx Rector y Profesor de la Universidad de Kiel (Alemania)/Profesor de la Universidad de Gotinga (Alemania)
Páginas75-84
75
¿DERECHO PENAL LIBERAL O DERECHOPENAL AUTORITARIO?
-VI-
EL DERECHO PENAL DEL ESTADO
AUTORITARIO
La crítica al derecho penal actual impone la formulación de propuestas
para el del futuro. Sin embargo, los lineamientos que se expondrán seguida-
mente no contienen el «programa» para un nuevo derecho penal. Las cosas
están tan difusas, las cuestiones básicas tan poco aclaradas, que a ntes de
nada parece necesario señalar la dirección por la que se podría configurar un
derecho penal viable. Aún no es tiempo de extraer consecuencias particulares
para la ejecución e individualización de la pena, para la ciencia y la praxis.
Sin embargo, el ejemplo del f ascismo italiano demuestra que es posible desa-
rrollar -sobre la base de una concepción de Estado a la vez nacionalista y
total- un sistema transformador del derecho penal cerrado y abarcativo de
todos los ámbitos político-criminales.
La opinión tradicional considera al derecho penal de sde puntos de vista
de adecuación a fines únicamente como medio de lucha contra el delito. Según
este criterio, el derecho penal sirve a un fin práctico y d e allí proviene su
configuración. Por ende, dentro de la vida estatal ocupa un ámbito especial
sometido a sus propias leyes y que no está determinado por referencias a la
necesidad más allá de las que corresponden a la lucha contra el crimen. Por el
contrario, una concepción más definida en función de la idea de l Estado no
puede admitir una existencia especial para el derecho penal ni para un ámbi-
to de la vida pública. No admite la validez de objetivos particulares autóno-
mos, sino que, ante todo y fuera de toda duda , considera al derecho penal
simplemente como el medio para conservar y salvaguardar el poder estatal.
En el Estado total cada ámbito de la vida pública se configura por el
significado que le corresponde en la totalidad de la vida estatal, por efecto de la
expansión, puesto que el de recho penal no es una isla, no es un ámbito sepa-
rado con pa redes opacas, sino un espectáculo público, al que asiste la totali-
dad de los partícipes del derecho, yo no lo hacen con el interés desapasionado
del mero espectador no participante, sino con determinadas expectativa s y
esperanzas, con la disposición interna de un sentimiento jurídico vivo, con

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