Capítulo V: Parentesco y filiación en conflicto - El nuevo derecho de familia desde una visión pluridisciplinar - Libros y Revistas - VLEX 1023421986

Capítulo V: Parentesco y filiación en conflicto

Páginas325-443
325
PRINCIPIOS Y REGLAS EN EL DERECHO DE FAMILIA
CAPÍTULO V
PARENTESCO Y FILIACIÓN ENCONFLICTO
A través de la historia se ha oído del parentesco, entre otras variadas
expresiones, como el vínculo entre las personas por causa de la consanguini-
dad, la afinidad, o la adopción; pero esta percepc ión se ha visto conflictuada
por la presencia activa de la fecundación humana asistida, como se puede
apreciar en la presente temática. Las técnicas de reproducción humana asisti-
da cuestionan el elemento biológico en la filiación, que se observa no solo en el
concepto de padre (varón que ha engendrado uno o carios hijos, RAE) y de
progenitor (pad re o madre biológicos de una persona), como resultad o de la
distinción entre filiación real o biológica y filiación legal; sino también en el
ámbito de la s consecuencias que se genera n por la determinación de la filia-
ción del nacido. En estas técnicas la voluntad procreacional es el elemento
esencial de la filiación que se sobrepone a la verdad genética y a la biológica,
lo cual demuestra el cambio radical que se crea en materia de filiación y agita
las bases de sustentación de la familia; aun cuando las relaciones familiares
(vid. Cap. II, III) forman una especie de muro de contención, y se nutren en su
interconexión vital con la fuerza de los afectos naturales .
Como ejemplo de lo expresado, tengamos por caso esas técnicas y la
adopción. ¿Qué está pasand o?1 Las intervenciones tecnológicas en la repro-
ducción dramatizan lo no-natural de unas técnicas que amplían el potencial
de los procesos biológicos. En este contexto, mientras que la adopción imita a,
la reproducción tecnológicamente asistida intervieneen la naturaleza. Sin em-
bargo, claramente, tanto las técnicas de reproducción asistida como la adop-
ción se r elacionan con el mismo modelo prescriptivo de base biológica de la
reproducción. Y ambos modos de reproducción pla ntean una perspectiva so-
bre la elección, sobre la capacidad individual de elegir la forma de tener un
hijo/a. Sin embargo, hay una profunda diferencia en la interpre tación dada a
la elección en cada caso. En la adopción, la elección se percibe como una
forma de mantener el dictamen de la «sangre es más espesa que el agua»,
1SCHACHTER, Judit h. «Un nuevo giro en la teoría del parentesco: una mirada conjunta a
la a dopción y las técnicas de reproducción asistida», Scripta Nova, http://www.ub.edu,
consultado el 17 de enero de 2020.
326
GILBERTO GUERRERO-QUINTERO
donde el emparejamiento de un niño o niña con sus padres se suplementa con
búsquedas, visitas al origen y la suposición de que «la herencia genética»
satisface el interés superior. El padre o la madre que elige a un niño/a en
adopción es una cosa. La persona que escoge controlara través de la tecnologíael
género, la salud, y la singularidad de su hijo/a es otra. Desde esta perspecti-
va, las técnicas de reproducción asistida violan lonatural, no lo biológico, y
exponen el discutido significado de la elección en la s ideologías occidentales
del parentesco. Para los antropólogos/as, el debate en múltiples contextos
debería dejar al descubierto la estrecha relación entre la adopción y las técni-
cas de reproducción asistida.
La familia no compr ende únicamente las relaciones paterna-materna-fi-
liales. No está constituida solo por los padres y los hijos, sino que va más allá
de esta relación. Las relaciones entre padres e hijos se establecen como un
vínculo consanguíneo. Cuando se contrae el matrimonio se generan unas rela-
ciones entre cada uno de los cónyuges con los parientes consanguíneos del
otro. A esto se denomina afinidad. Pero también existe otro vínculo que no es
de consangu inidad ni afinidad, consi stente en la relación jurídi ca entre
adoptantes y adoptado o filiación legal. Esta temática abarca tres sistemas
(consanguinidad, afinidad y adopción) que están ahora mismo sometidos ideo-
lógicamente a una fuerte contradicción, concentrados en un punto de tensión.
La fuerte vinculación de las relaciones paterna-materna-filiales forman una
especie de muro de contención, y se nutren en su interconexión vital, con la
fuerza de los afectos naturales, el sentido de solidaridad y permanencia de la
familia como institución natural. Pero el conflicto como veremos está presente.
Se habla del parentesco como el vínculo jurídico existente entre personas debi-
do no solo a la naturaleza, la adopción y la afinidad; sino por la s técnicas de
reproducción humana asistida.
Cada uno de los integrantes de esas relaciones jurídicas asume por lo
general, sin proponérselo, un conjunto de derechos y obligaciones. Es por la
situación de cada uno, o el estado según la familia a que pertenece. Así, tene-
mos un estado conyugal por causa del matrimonio, aun cuando también exis-
te un estado no matrimonial de convivencia consistente en la unión de hecho,
que al ser reconocida por el Esta do adquiere el carácter de unión de derecho.
El estado familiar que resulta del matrimonio es el estado conyugal, totalmen-
te diferente de los demás estados familiares, que no constituye a los cónyuges
en consanguíneos ni en parientes por afinidad, pues su condición no genera
otro vínculo más que el de estado conyugal.
Diferente es el estado de pariente consanguíneo, cuya fuente principal es
el vínculo de sangre que deviene de la filiación. Se dice que es la fuente prin-
cipal porque también la consanguinidad puede derivar de la adopción plena
que constituye al adoptado en hijo o hija de determinado padre o madre, por
fuerza de la ficción legal que instituye así una relación o vínculo paternofilial
sin que haya existido la filiación por vínculo de sangre.
327
PARENTESCOY FILIACIÓN EN CONFLICTO
El punto de tensión o conflicto de lo que estamos hablando, se puede
observar, como se escribe2, en e l aumento de los divorcios y los sucesivos
matrimonios o uniones con hijos/as comunes y no comunes, las parejas ho-
mosexuales con hijos/as, la monoparentalidad en solitario, el recurso a la
adop ción inte rnaciona l y a las técn icas de re producc ión asisti da o la
transnacionalización de las familias, han ido generando nuevas modalidades
de emparentamiento que están despojando a la biología de su carácter simbó-
lico en la construcción del parentesco, al cuestionarla como base « natural» y
factor único en la creación del mismo. Esto no quiere decir que la elección y la
voluntad hayan desplazado o sustituido a la biología y a la naturaleza en la
construcción del parentesco, sino que asistimos a una tensión entre biología y
elección, yo diría, legítimo, en el sentido de legitimado socialmente, por el peso
cultural que aún tiene la biología en nuestra concepción del parentesco. Esta
tensión entre lo biológico y lo social no se establece en términos excluyentes,
sino que mientras que en algunos contextos se denuncia e impugna la moda-
lidad biológica de emparentamiento, en otros se le asigna el papel fundamen-
tal en la construcción del parentesco así una mujer con un proyecto de mater-
nidad en solitario puede someterse a una técnica de reproducción asistida
para tener hijos, pero solicitar que sean del mismo donante, resaltando las
relaciones de hermandad; lo mismo ocurre cuando, una pareja de homosexua-
les escoge padrinos o madrinas entre sus amigos y no entre sus parientes
consanguíneos para no duplicar el parentesco; o cuando en la adopción se
legisla sobre el derecho del adoptado/a a conocer a sus p adres biológicos a
los que, previamente, se les ha desprovisto de todos los de rechos sobre su
descendencia, mientras que este derecho se les niega a los nacidos a través de
la procreación asistida, como es el caso de España; o cuando en los programas
de maternidad subrogada abiertos se practica la interacción entre los partici-
pantes, sobre todo, entre la futura madre legal y la sub rogada, con el objetivo
de experimentar, y participar en, la primera en el embarazo y parto de la
segunda; o cuando una mujer soltera acude a las tecnologías de reproducción
asistida y, al mismo tiempo, practica lo que se conoce como «crianza natural»
o «crianza con apego», que consiste en estrechar los vínculos físicos y emocio-
nales entre madre e hijo/a a través de actos «naturales» parto, lactancia, edu-
cación,… sin intervención de instancias médicas, profesionales o industriales.
Por eso una de las características de los tiempos en que vivimos, es que
las relaciones familiares están siendo objeto de profundos y permanentes cam-
bios3; que han tenido consecuencias en todo el derecho familia. Si bien este
derecho ha estado siempre en constante evolución, los cambios a los cuales se
enf renta actua lment e, como consec uenci a de la s nueva s tecn ología s
2RIVAS RIVAS, Ana María. «Pluriparentalidades y parentescos electivo s. Presentación del
volumen monográfi co», disponible en revistas.ucm.es, consultado el 16 de enero de 2020.
3LAMM, Eleonora. «La importancia de la volunta d procreacional en la nueva categoría de
filiación derivada de las técnicas de reproducción a sistida», Revista de Bioética y Derecho ,
núm. 2 4, Universidad de Barcelona, enero 2012, pp. 76-91, http://www.ub.edu, consul-
tado el 20 de diciembre de 2019.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR