Capítulo IV: La función del establecimiento de fines - Fin y racionalidad en los sistemas: sobre la función de los fines en los sistemas sociales - Libros y Revistas - VLEX 976398940

Capítulo IV: La función del establecimiento de fines

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FIN Y RACIONALIDAD EN LO S SISTEMAS
CAPÍTULO IV
LA FUNCIÓN DEL ESTABLECIMIENTO DE FINES
En el capítulo anterior hemos tratado de armarnos de fuerza y materiales para
la preparación de un paso teorético de notoria significación. En la reconsideración
de una serie de muy diversos desarrollos intelectuales se ha patentizado continua-
mente l o imprescindible que es el concepto de fin y lo cuestionable de su «status»
teórico1. Por una parte , se ha des pojado al establecimiento de fines de su vieja
pretensión veritativa. Se le explica de manera causal y se examina su ad misibilidad
normativa, sin que ya valga, sin más, como ra cional; en el análisis científico se le
reconduce, pues, a conceptos que ya no presuponen el concepto de fin, fal tando
ahora un marco referencial unitario de conceptos fundamentales. La ciencia de la
acción humana, la Etica, se ha descompuesto en numerosas ciencias de la acción. Por
otra parte, estas ciencias se orientan, no obstante, de acuerdo con un concepto fun-
damental de la acción, y esta acción viene interpretada de tal manera que el concep-
to de fin se presenta como momento de la estru ctura de la acción. Incluso en la
amp lia c orri ente de lo s des arro llos cien tífi cos de ori enta ción c ondu ctis ta
(neobehaviorista), que en los Estad os Unidos inunda las ciencias sociales, se parte
ampliamente de la base de que el fin de la acción es colegible empíricamente en
base al comportamiento, y, concretamente, con independencia de l a subj etiva (y,
por tanto, sosp echosa) representa ción teleológica sobre la que el age nte brinda
información2. Pero ¿es que todo obrar tiene un fin? ¿Qué otros elementos integran
la acción? ¿Qué significa en estos contextos «tener» e «integrar»? ¿Se encuentran
acaso en un mismo plano los conceptos de fin y acción? Si esto no es a sí, ¿se tra ta
aquí exclusivamente de una diferen cia que se con creta en la contraposición entre lo
subjetivo y lo objetivo? ¿Es el obrar medio para un fin o es el fin elemento de la
estructura de la acción? ¿Cuál es el concepto que define al otro?
Muy posiblemente no tenga ninguna utilidad dedicarse a interrogantes de esa
naturaleza, pues se apoyan en una concepción demasiado simplista de la formula-
ción de los conceptos científicos. Como quiera que los supuestos de hecho de ambos
conceptos ni s on idénticos ni pueden se pararse enteram ente ni subordinars e o
supraordinarse el uno al otro, no se podrá obtener claridad en torno a la relación
existente entre fin y a cción mientras al fin se l e conciba, de modo descriptivo como
algo que es y con el concepto de fin se trate de reflejar la esencia general de ese ser.
La más convincente de todas las interpretaciones teleológicas no es, sin embargo, la
1Este juicio global también se encuentra en Gross, op. cit., 1964, págs. 467 s.
2Cfr., por ejemplo, Rosenblueth y Wiener, op. cit., pág. 223; Deutsch, op cit., 1963, págs. 191 s. A
efectos de la crítica, vid. Myrdal, op. cit. , pág. 324; también Lucien Mehl, op. cit., 1960, pág. 7 8;
Biddle, op. cit., en especial págs. 161 ss.
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NIKLAS LUHMANN
antigua interpretación del fin en cuanto esencia y, por ende, elemento de la rea li-
dad de la acción. La interpretación de la diferencia con ayuda de la contraposición
entre lo subjetivo y lo objetivo finge una posibilidad de comprensión; llegado el
momento, todo se vol atiliza. También queda si n d iscernir la relación lógi ca de
ambos conceptos: ni a partir de un enunciado sobre una acción puede deducirse un
enunciado sobre un fin, ni, por el contrario, el conocimiento del fin permite cono-
cer la acción. Así las cosas, puede uno sentirse tentado de separar cien cia teleológica,
normativa, y ciencia de la acción, empírica. Pero semejante compartimentación con-
tribuye menos aún que todo lo demás a la solventa ción de los problemas.
En el momen to en que se sustituye la interrogación del fin por a quella otra de
la función del establecimiento de fines, llegamos a un terreno deprovisto de tradi-
ciones e inseguro tanto filosóficamente como bajo la perspectiva de la historia de la
ciencia.
Esta impresión lo mismo puede ser cierta que engañosa. Per o desde un prin-
cipio produce considerables ventajas para la ordenación de nuestras ideas, y, a un
tiempo, de las discusiones pa rciales que hicimos desfilar ante nosotros más de un
indicio pa rece apuntar en esa dirección.
La pregunta por la función torna el análisis de un objeto dependiente de un
problema referenci al a cuya soluci ón pue de c ontribuir. La interpretación de esa
relación es objeto de discusión en el actual panorama metodológico de la sociolo-
gía. No podemos apoyarnos en ninguna opinión de común aceptación, sino que
debe mos lleg ar al fond o de las co ntrove rsias. D entro de l a llamad a escuel a
funcionalista, la contribución solucionadora funcional de una acción, un rol o una
institución viene entendida, de una manera enteramente causal, como suscitación
de una eficacia. Es to es cierto, pero deja aún abierta la cuestión decisiva, a saber: por
qué y de qué forma interesa la constatación de ese hecho y de dónde procede la
problemática de la eficacia, la necesidad —o l a oportunidad— de suscitarla. En todo
caso, como ya vimos 3, la relación de una causa con una eficacia es una abstracción,
y, por ende, precisa una justificación. Si esto se entiende, ya no puede seguirse
tratando como concepto científico fundamental la relación caus a/efecto y utiliza rla
para la definición del concepto de función, sino que, por el contra rio, nos hemos de
plantear su fun ción tanto en el contexto reflexivo científico como en el práctico. Esta
función, ahora bien, como y a he intentado mostrar en otro lugar4, consiste en la
posi bilita ción d e una comp arac ión de de termin adas ca usas co n otra s causa s
funcional mente equivalentes o de determi nados efectos justifica torios con otros
efectos funcionalmente equivalentes en cuanto justificación.
La comparación es una premisa imprescindible de toda constatación causal 5.
Allí don de la ciencia fracasa en el intento de constatar relaciones invariantes entre
causas y efectos determinados (leyes causales), debe recurrir al método compar ati-
vo, pues ese fracaso no es otra cosa sino e xpresión de la circunstancia de que existen
3Cfr. págs. 25 s.
4Vid. Luhmann, op. cit., 1962 d; op. cit., 1964 d; op. cit., 1967 c.
5Cfr. al respecto una anotaci ón de Parsons, op. cit., 1949, págs. 742 s., de inspiración weberiana:
«Thus ca n b e seen the ess ential me thodolo gical bas is for not mere ly the valid ity but the
indispensability of the comparative method for all the analytical sciences. Experiment is, in fact,
nothing but the comparative method where the cases to be com pared are produced to order and
under controlled conditions... Without the comparative method there can be no empirical demostration
of the independent variation of the values of analytical elements».
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«otras posibilidades». Este retroceso no sólo altera las metas y los medios auxilia-
res del método, sino que crea simultáneamente una nueva base de partida para la
formación de teorías. El método comparativo, en cuanto esque ma que le otorga
posibilidades de abstracción, límites de relevancia y problemas refe renciales, pre-
supone una teoría sistémica. Para ello no es suficiente el concepto de acción 6. El
paso de un método que busca establecer leyes causales a otro funcionalmen te com-
parativo, en la teoría conduce consecuentemente al paso, urgido en la introducción,
de teorías de acción a teorías si stémicas. Por medio de complica ción de la teoría,
compensa al mismo tiempo la renuncia a un pensamiento metodológico «lineal» e
intenta de esta manera aproximarse a la realidad mejor de lo que era posible con
los métodos y teorías orientad os d e acue rdo con e l es quema de las l egalidades
causales. Con ello se rebasa también el umbral en el que habían quedado suspendi-
dos los intentos de crítica y mediatización del pensamiento teleológico analizados
en el capítulo anterior.
La pregunta por la función del establecimiento de fines sólo puede contestarse,
pues, en el marco de una teoría del sistema de acción —e n este caso: del sistema
social— y con las miras puestas en el con ocimiento comparativo. Las siguientes
reflexiones están guiadas por esa idea fundamental. Tratan de descubrir en el ámbi-
to de las ciencias que se ocupan de los sistemas sociales, dotados de una orientación
teleológica, aquellas transformaciones que se tornan perceptibles tras el paso de un
método científico-causal a uno comparativo y d e un marco referencial sustentado
en conceptos de acción a otro que se nutre de conceptos sistémicos. Es en seis etapas
como pretendemos dar cumplimiento a una intención así. Para ello se requiere, en
principio, (1) un nivel mínimo de clarificación del enfoque de la teoría sistémica,
del que nosotros partimos. A continuación (2), hemos de intentar traspasar a esta
teoría sistémica aquello que en el plano de la acción aislada hicimos en el capítulo
primero en torno a la interpretación causal de la acción y del esquema de fin/
medios y dar así respuesta a la cuestión de qué función tiene para un sistema el que
su obrar lo interprete como suscitación de una eficacia o, en su caso, como medio
para un fin. El siguiente epígrafe (3), sirve para clarificar ciertas premisas ambien-
tales e internas de esa interpretación (diferenciación y generalización). El fin mis-
mo n o resulta comprendido, a todo ello, como una magnitud óntica dada, sino en
perspecti va fu ncional, como una necesid ad d e pr estación, como una «varia ble»
teleológica que puede ser real izada de muy diferente forma y manera, a saber:
determinada o indeterminadamente y con una evaluación de las consecuencias más
o menos contradictoria. A la iluminación de los problemas concernientes hemos de
dedicar aún dos epígrafes adicionales (4 y 5). Salen entonces a la luz determinadas
condiciones previas, así como unilateralidades características y problemas deriva-
dos, en relación todos ellos con la fijación de un sistema social en torno a progra-
mas de fines. Sólo después de aclarar semejantes dependencias y «consecuencias
disfunciona les» de un a e specífica solución de los problemas puede compar arse,
6En no pocas ocasiones también se constata esa relación en forma de que el interés por la investiga-
ción com parada fuerza a construcciones modélicas —especialmente en la cienc ia administrativa
comparada, en la que, a través de ese rodeo también comienza a penetrar la teo ría sistémica—. Cfr.
Fred W. Rig gs y Edward W. Weidner, Models and Priorities in the Co mparative Study of Public
Administration. Papers on Comparative Public Administration. Special Series No. 1, Chicago, 1963; D.
S. Pugh et al. , «A Conc eptual Schema of Organiza tional Analysis», en Admi nistrative Science
Quarterly, 8 (1963), págs. 289-315, así como la observación general de Dwight Waldo, Comparative
Public Administration. Prologue, Problems, and Promise. Pa pers in Comparative Public Administration.
Special Series No. 2, Chicago, 1964, pág. 15.

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