Aplicación del derecho, interpretación y perfeccionamiento jurídico - Parte I. Fundamentos y conceptos básicos - Derecho tributario. Parte general - Libros y Revistas - VLEX 976719240

Aplicación del derecho, interpretación y perfeccionamiento jurídico

AutorHeinrich W. Kruse
Cargo del AutorProfesor emérito de la Universidad Ruhr de Bochum
Páginas127-139
127
DERECHO TRIBUTARIO. PARTE GENERAL
8. APLICACIÓN DEL DERECHO, INTERPRETACIÓN
Y PERFECCIONAMIENTO JURÍDICO
BIBLIOGRAFÍA GENERAL: SAUER, Juristische Methodenlehre, Stuttgart, 1940;
ENNECCERUS/NIPPERDEY, Allgemeiner Teil des Bürgerlichen Rechts, T. I, 15 ed.,
Tübingen, 1959, Aps. 51 y ss.; MEIER-HAYOZ, en: Berner Kommentar, Kommentar
zum Schweizerischen Zivilrecht, Introducción, Bern, 1962, Comentarios al art. 1.°
del ZGB; RADBRUCH, RPhilosophie, 209 ss.; KRIELE, Theorie der Rechtsgewinung,
Berlin, 1967; WIEACKER, Privatrechtsgeschichte der Neuzeit, 2.° ed., Göttingen,
1967; LARENZ, ML; ESSER, Vorverständnis und Methodenwahl in der Rechtsfindung,
Frankfurt a.M., 1970; KRUSE, GoB, 103 y ss.; ZIPPELIUS, Einführung in die juristische
Methodenlehre, München, 1971; Friedrich MÜLLER, Juristische Methodik, Berlin,
1971; ENGISCH, Einführung in das juristische Denken, 5.a ed., Stutgart/Berlin/
Köln/Mainz, 1971.
BIBLIOGRAFÍA JURÍDICO-TRIBUTARIA: Kommentare zu 1 StAnpG; BECKER,
Kommentar zur AO, 7.a ed., Berlin, 1930, Comentarios al artículo 4.° de la OT;
HENSEL, Gesetzanwendung im Steuerrecht, VJSchrStFr, 1931, 115; SPITALER, Die
Auslegungsreggeln des Steuerrechts, StbJb. 1949, 267; HARTZ, Die Auslegung von
Steueresetzen, Herne; PAULICK, Auslegung und Rechtsfortbildung im Steuerrecht,
Gedächtnisschrift für SPITALER, Köln, 1965, 165; GASSNER, Interpretation und
Anwendung der Steuergesetze, Wien, 1972.
I. APLICACIÓN DEL DERECHO Y COMPENSACIÓN DE LA LEY
1. Sobre la situación presente de la doctrina del método jurídico.
La doctrina del método clásico del positivismo científico-jurídico como ha
sido expuesta aún en 1959 por ENNECCERUS y NIPPERDEY, había aceptado como premisa
de la Escuela histórica del derecho de comienzos del siglo XIX la creencia en la
existencia prejudicial de todo derecho. El positivismo ha convertido y completado
esta creencia en dogma de la inexistencia de lagunas del ordenamiento jurídico.
Según este dogma, el ordenamiento jurídico es un sistema completamente cerrado
de preceptos jurídicos, instituciones y conceptos. No es que los preceptos jurídicos
no contengan lagunas, que el ordenamiento jurídico carezca de ellas; lo que ocurre
es que las instituciones y los conceptos ocupan el lugar de las lagunas de los precep-
tos jurídicos, de forma que en su conjunto el ordenamiento jurídico configura una
sistema cerrado. Por ello, es siempre posible en el caso concreto cerrar las lagunas
en los preceptos jurídicos con instituciones y conceptos, en esos extremos con de-
ducciones de las instituciones y conceptos (la llamada jurisprudencia de conceptos).
No existen lagunas jurídicas. No obstante, donde aparentemente existen tales lagu-
nas, el juez no necesita crear nuevo derecho; él sólo necesita sacar a la luz la solu-
ción latente contenida en el sistema (WIEACKER, 436). La actividad judicial en general

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