ley 18700 votaciones
- Modifica la ley N°18.700, orgánica constitucional Sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para exigir publicidad de las actividades de las autoridades de Gobierno que indica, en el período previo a elecciones
- Modifica la ley N°18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para considerar a los partidos políticos en formación provisoriamente constituidos, para efectos de su participación en el proceso constituyente
- Modifica la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para considerar propaganda electoral toda manifestación orientada a desincentivar a los ciudadanos para que concurran a votar
- Modifica la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones populares y Escrutinios, estableciendo la obligatoriedad de presentar declaración de patrimonio, al momento de inscribir una candidatura a cargo de elección popular.
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Vigente
Ley N° 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral
... en la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, y en la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional ...
- Modifica la ley N°18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones populares y escrutinios, para habilitar a los partidos políticos a retirar candidaturas, en los plazos y casos que indica
- Modifica ley N° 18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, con el objeto de establecer que los Colegios Escrutadores estarán integrados por Delegados de las Juntas Electorales, en condiciones que indica.
- Modifica la ley N°18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para prohibir la utilización de elementos de propaganda electoral fabricados con material plástico no compostable
- Modifica la ley N°18.700 orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios prohibiendo, durante el período de campaña electoral, la celebración de todo acto oficial en que se otorguen beneficios con financiamiento fiscal.
- Modifica la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, permitiendo que, en materia de elecciones parlamentarias, los pactos y partidos políticos presenten hasta cuatro candidatos respecto de cada circunscripción y distrito.
- Modifica la ley N°18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para disponer la ubicación preferente de mesas de sufragio en favor de personas con dificultades de desplazamiento
- Modifica ley N° 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios, para incorporar un nuevo requisito que consiste en acreditar la inscripción en el Registro Electoral que pertenezca al Distrito o Circunscripción por el que presenta la candidatura.
- Establece mecanismo para subsanar la omisión del requisito contemplado en el artículo 3°, inciso quinto, de la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios
- Modifica la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para exigir a los electores estampar la huella digital en el Padrón Electoral de las Mesas Receptoras de Sufragios
- Modifica la ley N°18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para privilegiar la cercanía al domicilio del elector, en la asignación del local de votación
- Modifica la ley N°18.700, orgánica constitucional de votaciones populares y escrutinios, para sancionar la elaboración y difusión de noticias falsas referidas al plebiscito constitucional de 4 septiembre de 2022
- Reemplaza el artículo 174, de la ley 18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, estableciendo que las elecciones de Diputados y Senadores se harán conjuntamente, pero en cédulas separadas.
- Modifica la ley N° 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios, con el objeto de permitir que los electores puedan sufragar con pasaporte vigente o, en su defecto, con certificado del Servicio de Registro Civil e identificación, donde conste la emisión de una nueva cédula de identidad.
- Modifica la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, para regular la propaganda electoral a través de redes sociales y otras plataformas digitales
- Modifica la ley N°18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para establecer y regular una franja electoral municipal a través de los canales de televisión de libre recepción
- Modifica la ley N°18.700, orgánica constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, en materia de plazos de propaganda y publicidad electoral, para permitir una mayor igualdad entre los candidatos
- Modifica la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, con propósito de establecer la voluntariedad en el ejercicio de vocales de mesa y miembros del Colegio Escrutador.
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Vigente
Ley 20174 - CREA LA XIV REGION DE LOS RIOS Y LA PROVINCIA DE RANCO EN SU TERRITORIO
... en la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios: ... 1) Sustitúyese en el artículo 180 el punto ...
- Modifica la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, para prohibir la propaganda electoral a través de llamadas telefónicas, correo electrónico, mensajes de texto y mensajería instantánea
- Modifica la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para regular el uso de las redes sociales y plataformas digitales en la propaganda electoral