Modifica ley N° 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios, para incorporar un nuevo requisito que consiste en acreditar la inscripción en el Registro Electoral que pertenezca al Distrito o Circunscripción por el que presenta la candidatura.
Fecha | 01 Septiembre 2009 |
Fecha de registro | 01 Septiembre 2009 |
Número de Iniciativa | 6676-06 |
Etapa | Archivado |
Materia | DOMICILIO DE CANDIDATOS, REGISTROS ELECTORALES, VOTACIÓN |
Autor de la iniciativa | Araya Guerrero, Pedro, Enríquez-Ominami Gumucio, Marco, Escobar Rufatt, Alvaro, Valenzuela Van Treek, Esteban |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Cámara de Diputados |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Modifica la Ley N° 18.700, sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en orden a incorporar un nuevo requisito que consiste en acreditar la inscripción en el Registro Electoral que pertenezca al distrito o circunscripción por la que presenta la candidatura.
Boletín N° 6676&8209;06
I- CONSIDERACIONES GENERALES
1&8209; El artículo 3 inciso final de la Constitución Política establece que "los órganos del Estado promoverán el fortalecimiento de la regionalización del país y el desarrollo equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas del territorio nacional."
2&8209; La regionalización como sistema de división territorial data de mediados de la década del 70 y en ella se organizaron las antiguas provincias en regiones obedeciendo, entre otros fundamentos, a consideraciones geopolíticas, aglutinándose realidades sociales y comunidades diversas que deben convivir y desarrollarse con las particularidades y desafíos que cada región representa.
Cada región es única, con desafíos y problemáticas propios. Por tanto, conocer a cabalidad la realidad regional, provincial y comunal constituye a juicio nuestro un deber para aquellos que tengan cargos de representación popular, en particular los parlamentarios. En la tramitación de los proyectos de ley que crean dos nuevas regiones se pudo advertir la complejidad que encierra nuestra división territorial y administrativa, traducida en un complejo cuadro de diversidad cultural, económica y social.
3&8209; Por otra parte la actual división en circunscripciones y distritos contenida en los artículos 179 y 180 de la ley N° 18.700, se fundamenta en la división regional y comunal respectivamente que tiene nuestro territorio.
4&8209; Creemos que debe fortalecerse en nivel de compromiso de un candidato a diputado o senador con el territorio y las personas que pretende representar. Una de las maneras consiste en que los candidatos al momento de efectuar la presentación de su candidatura, acrediten...
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