V. La concepción de los derechos fundamentales en el constitucionalismo latinoamericano - Justicia constitucional y derechos fundamentales - Libros y Revistas - VLEX 1026871910

V. La concepción de los derechos fundamentales en el constitucionalismo latinoamericano

AutorGiancarlo Rolla
Páginas119-140
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JUSTICIA CONSTITUCIONAL Y DERECHOS FUNDAMENTALES
V
LA CONCEPCIÓN DE LOS DERECHOS
FUNDAMENTALES EN EL
CONSTITUCIONALISMO
LATINOAMERICANO*
SUMARIO: 1. La peculiaridad del constitucionalismo latinoamericano.
2. La positivización de los derechos y su clasificación. 3. Instrumentos
constitucionales para r eforzar la garantía de los derechos fundamenta-
les. 4. La peculiaridad del sistema latinoamericano de Justicia Constitu-
cional: un sistema orientado a la tutela de los derechos fundamentales.
1. LA PECULIARIDAD DEL CONSTITUCIONALISMO LATINOAME-
RICANO
El Derecho Constitucional, aun y cuando debe clasificarse dentro de las
ciencias jurídicas, se encuentra más cercano que otras ramas del Derecho a las
disciplinas históricas; el análisis del Derecho Positivo tiende a combina rse
con la valoración del contexto en el que nace y en el cual se sitúa. En otras
palabras, el fenómeno constitucional puede ser considerado como el punto de
encuentro en el que la historia de las instituciones jurídicas se entrecruza con
la historia política y social. La Constitución es a la vez sistema e historia, en el
sentido que no puede ser objeto solamente de un estudio jurídico sino que
debe considerarse también un elemento esencial de la realidad que pretende
regular y en la que produce sus efectos1.
Esta necesidad metodológica, válida en general, asume mayor relevancia
respecto al estudio de las codificaciones constitucionales en mater ia de dere-
ch os f unda ment ales , po r l a es trec ha re laci ón q ue e xist e e ntre el
constitucionalismo y la garantía de los derechos de la persona2.
*Ponencia presentada al VIII Congreso Nacional de Derecho Constitucional, (Arequipa,
Perú 22-24 de septiembre de 2005).
1H. GROS ESPIELL,El constitucionalismo latinoamericano y la codificación en el siglo XIX,en
«Anuario Iberoamericano de Justicia Constitucional».
2Cfr. A. D’ATENA, La vinculación entre constitucionalismo y protección de los derechos
humanos en «Memorias del Seminario de Justicia Constitucional y Derechos Humanos»,
San José 2004, p. 139 y ss.; G. ROLLA, Derechos fundamentales, Estad o democrático y justicia
constitucional, UNAM, México 2003.
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GIANCARLO ROLLA
Por tanto, no sería muy útil analizar la disciplina constitucional de los
derechos, en las constituciones de América Latina basánd ose en los meros
textos normativos, prescindiendo de una cierta atención al desarrollo históri-
co de los sistemas constitucionales de dicho continente.
La concepción constitucional de los derechos fundamentales en América
Latina puede compara rse proficuamente con la concepción europea y puede
ser interpretada a la luz de los principios propios del constitucionalismo libe-
ral y democrático.
Los historiadores, de hec ho, clasifican la experiencia latinoamericana
den tro de la «fa milia r omano -germ ana» y entre las af iliac iones d el
constitucionalismo, es decir, del proceso histórico y cultural que —al compás
de las revoluciones liberales de fines del siglo XVIII— marcó la crisis del Esta-
do Constitucional de Derecho y el surgimiento del concepto moderno de Cons-
titución.
A favor de la clasificación al interior de dicha categoría empírica se en-
cuentran en juego diversos elementos.
Por un lado, se debe considerar la influencia jurídica ejercida por el ius
comune, la Escuela Española de Derecho Natural, el iusnaturalismo, la tradi-
ción europeo-continental que fue difundida a través de la vía oral, académica
y práctica3.
La influencia cultural ejercida por España, traducida no solo en la reli-
gión, la lengua y las tradiciones, sino también el derecho, fue determinante
para plasmar la identidad de América Latina.
La doctrina habla, a tal propósito, de una especie de «infiltración subte-
rránea» profunda; de hecho tres siglos de dominación política, no podían no
dejar huellas indelebles en la cultura del continente 4.
Por otro lado, se debe considerar que en el siglo XIX, el continente latino-
americano estuvo influenciado por las ideas liberales que favorecie ron la ge-
neralización de cartas de de rechos que se inspiraron, también desde el punto
de vista formal, en la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y del
Ciudadano y en el Bill of Rights norteamericano. Se piensa por e jemplo, a las
3Cfr. J.BARRIENTOS GRANDON, La cultura jurídica en la nueva España, México 1993; B. BRAVO
LIRA, Derecho común y derecho propio en el Nuevo Mundo, Santiago 1989; B. CLAVERO,
Derecho indígena y cultura constitucional en América, México 1994; A. GARCÍA GALLO, LOS
orígenes españoles de las instituc iones americanas, en «Estudios de derecho indiano»,
Madrid 1987; J. C. GONZÁLEZ,Influencia del derecho español en América, Madrid 1992; S.
ZAVALA, Las instituciones jurídicas en la conquista de América, México 1988; J. MARÍA OTS
DE CAPDEQUI,Historia del derecho español en América y del derecho indiano, FCE, México
1956.
4H. FIX-ZAMUDIO,Diversos significados jurídicos del «amparo» en el Derecho iberoamerica-
no, en «Rivista di diritto agrar io», 1967, p. 507 ss.

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