La sociología del derecho - Tercera sección. La filosofía del derecho de la época moderna - La filosofía del derecho del mundo occidental. Visión panorámica de sus fundamentos y principales problemas - Libros y Revistas - VLEX 1028606947

La sociología del derecho

AutorAlfred Verdross
Cargo del AutorProfesor de la Universidad de Viena (Austria)
Páginas181-184
181
LA FILOSOFÍA DEL DERECHODEL MUNDO OCCIDENTAL
XXIII. LA SOCIOLOGÍA DEL DERECHO
§ 1. Consideraciones generales
Tanto la teoría del derec ho cuanto la sociología ju rídica son hijas del siglo XIX,1 pues a
una y o tra tendencias son comunes la p ostura antimetafísica y la consecuente afi rmación de
la exclusividad del derecho positivo. P or tanto, como estas dos nuevas disciplinas descansan
en los p resupuestos filosóficos del positivismo, pue den y deben ser tr atadas en esta parte de
nuestra exp osición, no o bstante que su desarrollo int egral se realizó hasta el siglo presente.
La teoría del derecho y la sociología jurídica se distinguen por cuanto la primera considera
al de recho objetivo como una simple suma de no rmas expedidas por una autoridad s ocial,
mientras la segunda investiga l as diversas fuerzas sociales que lo producen y configu ran.
Ya en la Antigüedad2 se di eron algun as manifestacio nes de sociologí a jurídic a. Más
tarde, la doctrina de Mon tesquieu acerca de la dependencia en que se halla el contenido de l
derecho respect o de la geografía, el cl ima y la cultura de un pueblo, pertenece asimismo a la
sociología jurídica.3 Igualmente forma parte de esta disciplina la concepción económica del
derecho de Karl Marx, cuyo mérito consiste en haber puesto p or vez pri mera de reli eve el
significado de las relaciones d e producción para la formación del derecho; la falla de este
pensador c onsiste en su unilateralidad, pues descuidó las r estantes fuerzas que actúan sobre
el contenido del derecho.
Estrechamente vinculadas co n la concepción materialista de la hi storia se encuentran las
obras: El derecho civil y las clases populares desposeí das, de Anto n Menger, publ icada en
los años 1889 y 1890, El fundamento de la f ilosofía del derecho, de Eugen Ehrlich, aparecida
en 1913, y el li bro de Karl Renner (1870 -1950) Las institu ciones fundamentales del derecho
privado y su función social, pub licado en 192 0.
Pero es en Max Weber (1864-1920) donde se enc uentra la primera exposición general de
la sociología jurídica. El célebre escritor adoptó como base de sus ideas el co ncepto d e
«dominación», al que cara cterizó como «la chance de que el contenido de un precepto sea
obedecido por las personas a las que se dirige».4 A las ideas de Weber se l iga el soci ólogo
vienés del derecho Fritz Sander (1889-1939) , profesor en sus últimos años en la Universidad
alemana de Praga, quien es —en mi o pinión— el escritor qu e logró l a primera exposición
completa de la teo ría sociológica del derecho.
1Acertadamente FE CHNER,R echts philo sophi e (1955) , p . 26 7.
2ADOLF MENZEL,Griechische Staatssozio logie, en: Ze itschrift für öffentliches Recht (1936), vol.
XVI, pp . 1 y ss.
3MONTESQUIEU,De l’e sprit des lois (1 748). — Consúltese V. D. HEYDTS,Ch. Baron de Montesquieu ,
Vom Geist de r Geset ze (1 950).
4WEBER,Wirtsch aft u nd G esellschaft (19 22), p p. 2 8-30.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR