Resolución núm. 5911 EXENTA, publicada el 08 de Septiembre de 2020. ESTABLECE EXIGENCIAS PARA LA INTERNACIÓN DE HENO Y PAJA DE ALFALFA U OTRAS FORRAJERAS, SUS PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DESTINADOS A ALIMENTACIÓN ANIMAL - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 847722144

Resolución núm. 5911 EXENTA, publicada el 08 de Septiembre de 2020. ESTABLECE EXIGENCIAS PARA LA INTERNACIÓN DE HENO Y PAJA DE ALFALFA U OTRAS FORRAJERAS, SUS PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DESTINADOS A ALIMENTACIÓN ANIMAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE EXIGENCIAS PARA LA INTERNACIÓN DE HENO Y PAJA DE ALFALFA U OTRAS FORRAJERAS, SUS PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DESTINADOS A ALIMENTACIÓN ANIMAL

Núm. 5.911 exenta.- Santiago, 31 de agosto de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto por la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el DFL RRA Nº 16 de 1963, sobre Sanidad y Protección Animal; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, que establece disposiciones sobre Protección Agrícola; el decreto Nº 46 de 1978 que aprueba Reglamento para la Prevención y Control de Fiebre Aftosa; el decreto supremo Nº 4 de 2016 que aprueba el Reglamento de Alimentos para Animales, del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto Nº112, de 2018, que designa Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución exenta Nº 3.138 de 1999 que establece requisitos de habilitación para establecimientos de producción pecuaria que deseen exportar animales o sus productos a Chile; la resolución exenta Nº 2.388, de 2007 que fija estándares para las actividades de control de insumos destinados a alimentación animal; la resolución exenta Nº 6.612 de 2018 que establece Nómina de Ingredientes Autorizados para la Producción de Alimentos o Suplementos para Animales; la resolución exenta Nº 3.815 de 2003 que establece normas para la importación de artículos reglamentados o mercaderías peligrosas para los vegetales; la resolución exenta Nº 3.589 de 2012 que establece Categorización de Productos según su Riesgo de Plagas; la resolución Nº7, de 2019, de la Contraloría General de la República y las resoluciones Nº 6.985 de 2008, 9.082 de 2018, 2.197 de 2009, 3.418 de 2008, 3.740 de 2017, 3.665 de 2017, 5.391 de 2017, 2.271 de 2003, todas del Servicio Agrícola y Ganadero, que reconoce zonas libres de Fiebre Aftosa con y sin vacunación en la forma que indican.

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, es la autoridad encargada de velar por el patrimonio fito y zoosanitario del país, y debe contribuir al desarrollo agropecuario del país, mediante la protección, mantención e incremento de la salud animal y vegetal.

  2. Que, bajo este marco está facultado para adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al territorio nacional de plagas y enfermedades que puedan afectar la salud animal y vegetal, las que pueden provenir de mercancías importadas.

  3. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, realiza evaluaciones epidemiológicas de países y zonas para reconocer el estatus sanitario para...

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