Resolución núm. 4829 EXENTA, publicada el 16 de Septiembre de 2021. LEVANTA SUSPENSIÓN DE PLAZOS QUE INDICA Y MODIFICA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 4.118 EXENTA, DE 11 DE AGOSTO DE 2020, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 875715776

Resolución núm. 4829 EXENTA, publicada el 16 de Septiembre de 2021. LEVANTA SUSPENSIÓN DE PLAZOS QUE INDICA Y MODIFICA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 4.118 EXENTA, DE 11 DE AGOSTO DE 2020, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyResolución

LEVANTA SUSPENSIÓN DE PLAZOS QUE INDICA Y MODIFICA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 4.118 EXENTA, DE 11 DE AGOSTO DE 2020, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Núm. 4.829 exenta.- Santiago, 8 de septiembre de 2021.

Vistos:

Lo dispuesto en el DFL Nº 1/19.653 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado; la Ley Nº 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional; la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley Nº 18.415, Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción; el DFL Nº 340 de 1960, del Ministerio de Hacienda, Ley sobre Concesiones Marítimas; el DS Nº 2 de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento sobre Concesiones Marítimas; el DS Nº 9 de 2018, modificado por el DS Nº 183 de 2019, ambos del Ministerio de Defensa Nacional, que sustituye el Reglamento sobre Concesiones Marítimas; el Código Civil; el DS Nº 4, de 5 de enero de 2020, modificado por los decretos Nºs. 6 y 10, ambos de marzo de 2020, del Ministerio de Salud, que decretó Alerta Sanitaria por brote del nuevo coronavirus (COVID-19); la Orden Ministerial Nº 11000/86 de 16 de marzo de 2020, que establece medidas de prevención e imparte instrucciones en el Ministerio de Defensa Nacional; el Instructivo Presidencial Nº 3 de 16 de marzo de 2020, que imparte instrucciones y medidas de prevención y reacción por brote de coronavirus (COVID-19); el dictamen Nº 3.610, de 17 de marzo de 2020, de la Contraloría General de la República, sobre medidas de gestión que pueden adoptar los órganos de la Administración del Estado a propósito del brote de COVID-19; los DS Nº 104 de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por calamidad pública, en todo el territorio nacional; los DS Nºs. 269, 400 y 646, todos de 2020 y el DS Nº 72 y N° 153 ambos de 2021, del mismo origen, que prorrogan respectivamente el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por calamidad pública, en todo el territorio nacional; la resolución ministerial exenta Nº 4.118 de 2020, del Ministerio de Defensa Nacional y la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, mediante la resolución ministerial exenta Nº 4.118...

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