Resolucion núm. 4255 EXENTA, el 16 de Diciembre de 2005. MODIFICA RESOLUCION QUE INDICA - MINISTERIO DE ECONOMÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 917921901

Resolucion núm. 4255 EXENTA, el 16 de Diciembre de 2005. MODIFICA RESOLUCION QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCION QUE INDICA

Núm. 4.255 exenta.- Valparaíso, 7 de diciembre de 2005.- Visto: Lo informado por el Departamento de Análisis Sectorial de esta Subsecretaría mediante memorándum (DDP) Nº 456, de fecha 2 de diciembre de 2005; lo dispuesto en el D.F.L. Nº 5 de 1983, la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las Leyes Nº 19.713, Nº 19.822, Nº19.849 y Nº 19.880; los decretos exentos Nº 1.016 de 2004, Nº 245, Nº 328, Nº 550, Nº 693, Nº 892 y Nº 1.129 de 2005, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las resoluciones exentas Nº 305, Nº 425, Nº 446, Nº 626, Nº636, Nº 722, Nº 1.121, 1.297, 1.408, 1.619, Nº 1.913, Nº3.112, Nº 3.114, Nº 3.461 y Nº 4.111, todas de 2005, de esta Subsecretaría,

Resuelvo:

  1. - Modifícase la resolución Nº 305, modificada mediante resoluciones Nº 425, Nº 446, Nº 626, Nº 636, Nº 722, Nº1.121, 1.297, 1.408, 1.619, Nº 1.913, Nº 3.112, Nº 3.114, Nº3.461 y Nº 4.111, todas de 2005, de esta Subsecretaría, que estableció la distribución de la fracción artesanal de las pesquerías artesanales de Anchoveta y Sardina común en la VIII Región, sometidas al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, para el período enero-diciembre de 2005, en el sentido de reemplazar las asignaciones de los recursos Anchoveta y Sardina común efectuadas al Asociación Gremial de Pescadores Artesanales de Lo Rojas, Registro de Asociaciones Gremiales 10-8, por las siguientes:

    1) Pesquería artesanal de Anchoveta

    Asociación Gremial de Pescadores Artesanales de Lo Rojas, Registro de Asociaciones Gremiales 10-8: 31.288 toneladas anuales, fraccionadas de la siguiente manera:

    - 28.937 toneladas a ser capturadas en el período comprendido entre la fecha de inicio del Régimen Artesanal de Extracción por organización establecido mediante decreto exento Nº 245 de 2005, citado en Visto, y el 31 de agosto de 2005.

    - 2.351 toneladas a ser capturadas en el período comprendido entre el 1º de septiembre y el 31 de diciembre de 2005.

    2) Pesquería artesanal de Sardina común

    Asociación Gremial de Pescadores...

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