Resolución núm. 285 EXENTA, publicada el 07 de Abril de 2021. MODIFICA CRONOGRAMA DE POSTULACIÓN DEL CONCURSO 'FONDO DE FOMENTO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL', AÑO 2021 POR LAS RAZONES QUE INDICA - SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 863643429

Resolución núm. 285 EXENTA, publicada el 07 de Abril de 2021. MODIFICA CRONOGRAMA DE POSTULACIÓN DEL CONCURSO 'FONDO DE FOMENTO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL', AÑO 2021 POR LAS RAZONES QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorSECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Rango de LeyResolución

MODIFICA CRONOGRAMA DE POSTULACIÓN DEL CONCURSO "FONDO DE FOMENTO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL", AÑO 2021 POR LAS RAZONES QUE INDICA

Núm. 272/285 exenta.- Santiago, 29 de marzo de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo N° 19, numerales y de la Constitución Política de la República de Chile; en el artículo 45 del Código Civil; en la ley Nº 19.032, de 1991, que reorganiza el Ministerio Secretaría General de Gobierno; en el DFL Nº 1, de 1992, que modifica la organización del Ministerio Secretaría General de Gobierno, el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1992, del Ministerio Secretaría General de Gobierno; el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado; ley Nº 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen la Administración del Estado; la ley Nº 19.733, de 2001, sobre Libertades de Opinión e Información en el Ejercicio del Periodismo; el decreto Nº 45, de 2002, del Ministerio Secretaría General de Gobierno que Aprueba Reglamento del Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Social Regionales, Provinciales y Comunales; la resolución exenta Nº 272/1426, del 31 de diciembre de 2020, del Ministerio Secretaría General de Gobierno que aprobó las Bases Administrativas y Técnicas del Concurso Público del "Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Social Regionales, Provinciales y Comunales, Año 2021"; muy especialmente lo prescrito en el acápite 1.3; la Ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector Público para el año 2021; el decreto supremo Nº 8, de 2018 del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que nombra al Subsecretario General de Gobierno; el decreto Nº 4, modificado por el decreto Nº 6, ambos de 2020, y seguidamente por el decreto N° 1, de 2021, del Ministerio de Salud, que decretan alerta sanitaria por el período que se señala y otorgan facultades extraordinarias que indican por emergencia de salud pública de importancia internacional; el Instructivo Presidencial contenidas en el Gab. Pres. Nº 3, de 2020, el decreto supremo Nº 104, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; la resolución exenta 279/2021, de 2021, del Ministerio de Salud, que Dispone Medidas Sanitarias que indica por Brote de COVID-19; el dictamen Nº 3.610, de 17 de marzo de 2020, y las resoluciones N 7 y 8, de 2019, de la Contraloría General de la República.os

Considerando:

  1. Que, la...

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