Ley N° 19.032, del 14 de Enero de 1991, Reorganiza el Ministerio Secretaria General de Gobierno. - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 277499935

Ley N° 19.032, del 14 de Enero de 1991, Reorganiza el Ministerio Secretaria General de Gobierno.

Publicado enDO de 4 de Febrero 1991
Rango de LeyLey

REORGANIZA EL MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1°.- El Ministerio Secretaría General de Gobierno está encargado de actuar como órgano de comunicación del Gobierno, pudiendo para estos efectos llevar a cabo las relaciones de éste con las organizaciones sociales, en su más amplia acepción; de ejercer la tuición del sistema de comunicaciones gubernamentales, y de servir de Secretaría del Consejo de Gabinete.

Artículo 2°

Corresponderá especialmente al Ministerio Secretaría General de Gobierno:

  1. Ejecutar todas las labores de Secretaría de Gobierno y de los Consejos de Gabinete; como tambien registrar y comunicar, cuando procediere, los acuerdos, conclusiones y determinaciones de tales Consejos;

  2. Establecer canales efectivos de comunicación entre gobernantes y gobernados;

  3. Constituir un canal de vinculación entre el Gobierno y las diversas organizaciones sociales, cualquiera sea su naturaleza, respetando plenamente la autonomía de éstas, con el propósito de facilitar la expresión de las necesidades de la ciudadanía y resolverlas en función del interés social;

  4. Estudiar y fomentar los valores propios de la cultura nacional a través de la participación de la ciudadanía, en coordinación con el Ministerio de Educación;

  5. Servir de órgano de informaciones del Gobierno, proporcionando el material que corresponda a los medios de comunicación, nacionales e internacionales;

  6. Identificar las necesidades globales y específicas de comunicación de las diferentes instancias gubernamentales y proponer a éstas las estrategias adecuadas para satisfacerlas;

  7. Colaborar con el Ministerio de Relaciones Exteriores en la vinculación e inserción cultural de Chile a nivel internacional, propendiendo al fortalecimiento de relaciones culturales interregionales;

  8. Participar en la elaboración de las políticas globales del Gobierno, y i) Dar cuenta anualmente sobre la participación ciudadana en la gestión pública, para lo cual deberá establecer los mecanismos de coordinación pertinentes.

Artículo 3°

El Ministerio Secretaría General de Gobierno estará integrado por el Ministro, la Subsecretaría y la Oficina de Planificación. A su vez, la Subsecretaría...

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