Resolución núm. 1267 EXENTA, publicada el 03 de Agosto de 2023. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.302 EXENTA (V. Y U.), DE 2022, QUE APRUEBA MECANISMOS EXCEPCIONALES PARA DAR CONTINUIDAD A PROYECTOS SELECCIONADOS POR EL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL CONFORME AL DS Nº 19 (V. Y U.), DE 2016 PERTENECIENTES AL PLAN DE EMERGENCIA HABITACIONAL 2022-2025
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Resolución |
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.302 EXENTA (V. Y U.), DE 2022, QUE APRUEBA MECANISMOS EXCEPCIONALES PARA DAR CONTINUIDAD A PROYECTOS SELECCIONADOS POR EL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL CONFORME AL DS Nº 19 (V. Y U.), DE 2016 PERTENECIENTES AL PLAN DE EMERGENCIA HABITACIONAL 2022-2025
Santiago, 27 de julio de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.267 exenta.
Visto:
Lo dispuesto en la Ley Nº 16.391 que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; el decreto ley Nº 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 21.450 que aprueba Ley sobre Integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelo y Plan de Emergencia Habitacional; el DS Nº 355 (V. y U.) de 1976, que Aprueba el Reglamento Orgánico de los Servicios de Vivienda y Urbanización; el DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, que Reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial; la resolución exenta Nº 510 (V. y U.), de 2023, que Llama a postulación en condiciones especiales año 2023, para presentación de proyectos habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial, que considera en su resuelvo 3. los precios máximos de viviendas, montos de subsidio y bonos; la resolución exenta Nº 1.302 (V. y U.), de 2022; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
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Que, conforme al numeral 16 del artículo 2º de la ley 16.391, incorporado por el artículo primero de la ley 21.450, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, tiene como función implementar políticas de suelo, estableciendo medidas que tengan por objeto reducir y contener el déficit habitacional y urbano y que propicien la construcción y disponibilidad de viviendas de interés público, mediante la adquisición, destinación o habilitación normativa de terrenos para el otorgamiento de soluciones habitacionales definitivas o transitorias; el impulso de procesos de regeneración de barrios o conjuntos habitacionales altamente segregados o deteriorados; o el fomento de procesos de reconversión o rehabilitación de edificaciones que presenten obsolescencia funcional, entre otras medidas.
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Que, mediante el artículo cuarto de la ley 21.450, se aprobó la Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional.
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Que, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en cumplimiento de sus funciones, y...
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