Perspectiva Criminológica de la labor del Juez de Garantías. Su impacto comunitario en Cuba y Ecuador
Autor | MsC. Elvia Carolina Velásquez Villares/Dra. Iracema Gálvez Puebla |
Cargo del Autor | Licenciada en Derecho. Máster en Criminología/Doctora en Ciencias Jurídicas |
Páginas | 215-238 |
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PersPectiva criminológica de la l abor del Juez de garantías. su imPacto co-
munitario en cuba y ecuador
PersPectIva crImInolóGI ca De la labor Del juez De Ga rantías.
su ImPacto comunItarIo en cuba Y ec uaDor*
MsC. Elvia Carolina Velásquez Villares**
Dra. Iracema Gálvez Puebla***
Sumario: 1. Introducción. 2. Funciones y competencias del juez de Ejecución
o de garantías penitenciarias en Cuba y Ecuador. 2.1. Una valoración del
papel que desempeña el Juez de Ejecución en Cuba. 2.2 Un análisis de
la labor del Juez de Garantías en Ecuador. 3. El nuevo sistema de reha-
bilitación social en la actualidad en Ecuador. 4. El trabajo penitenciario
y el salario de las personas privadas de libertad como una forma de Re-
habilitación Social. 5. Fundamentos criminológicos que se debe tener en
cuenta para perfeccionar la labor del juez de garantías penitenciarias en
cuanto al otorgamiento y control del régimen semiabierto de rehabilita-
ción social en Ecuador. 6. Conclusiones.
1. IntroDuccIón.
ElJuezdeGarantías PenitenciariasoJuezde ejecución,esunagurajurí-
dica concebida para controlar el cumplimiento de las sanciones,1benecios,
pero también está entre sus funciones el de contribuir a la reeducación e in-
serciónsocialcombinandolosnes delaprevencióngeneralen suactividad
controladora y en especial la educativa.
Los jueces de Garantías Penitenciarias tienen a su cargo el control de la
ejecución de las decisiones judiciales, de la suspensión condicional del pro-
* Este artículo es fruto del trabajo investigativo realizado por Elvia Carolina velásquez villares para
conformar la Tesis en opción al Título Académico de Máster en Criminología, en el Programa de la
Séptima Edición de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, bajo la Tutoría de la Dra.
Iracema gálvez Puebla.
** Licenciada en Derecho. Máster en Criminología. Forma parte del colegio de abogados de Ecuador.
*** Doctora en Ciencias Jurídicas, Profesora Titular de Derecho Penal, Criminología y Derecho Procesal del
Departamento de Ciencias Penales y Criminológicas de la Facultad de Derecho de la Universidad de la
Habana. Directora del Proyecto Nacional Prevención y Comunidad. Estrategia integral para el control y
la inserción social de las personas sancionadas penalmente en libertad en el Municipio Centro Habana.
Coordinadora del Comité Académico del Programa de la Maestría en Criminología ORCID- Https://
Orcid.Org/0000-0003-0022-6942
1 El trabajo del juez de ejecución en Cuba solo se lleva a cabo en cuanto a las sanciones subsidiarias de las
penasprivativasdelibertadylosbeneciosdeexcarcelación.
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cedimiento de la sustanciación y resolución de todas las cuestiones que se
plantean sobre la ejecución de la pena.
Dentro de la fase de ejecución, se consideran autoridades judiciales por
designacióndel PoderJudicial yse lesconere lafunción jurisdiccionalpe-
nal especial de velar por el cumplimiento de la materialización de la pena
impuesta, además, se les atribuye la salvaguarda de los derechos constitu-
cionales fundamentales de las personas privadas de libertad, así como de los
derechos2 que les son otorgados por dichas disposiciones penitenciarias, los
beneciosqueleseanconcedidos,corrigelosabusosydesviacionesquepue-
dan producirse en la aplicación del régimen carcelario.
La judicialización de la etapa de ejecución3 no se satisface con la sola in-
troducción de un juez de ejecución o de vigilancia penitenciaria, sino con la
reformade todala fasede cumplimiento, an dedar coherenciainterna al
conocimiento,juzgamiento,condena,susprincipiosynes.
Las personas penalmente condenadas deben conservar todos los derechos
queno le sonsuprimidos en sentencia rme.El juez de ejecuciónconstitu-
ye un instrumento tendiente a cumplir con las tareas propias de la etapa de
ejecución. El juez encargado del control de la ejecución penal juega un papel
fundamental en las sociedades contemporáneas constituyéndose en eslabón
de articulación entre el control social formal y el informal.4
La Constitución de la República del Ecuador reconoce los derechos a las
personas privadas de la libertad (PPL), de conformidad con el artículo 51, es
asíqueenEcuador lacartamagnamaniesta queelEstadoa travésdepolí-
ticas públicas, tiene la obligación de garantizar los derechos de las personas
sancionadas.
Losanálisisquesehanrealizadoencuantoalosnesdelapena,determi-
nan que no se incluyen solamente en ellos lo relacionado con la retribución
y la prevención, sino que tiene aspiraciones más abarcadoras dirigidas a la
rehabilitación y resocialización del sancionado.
2 reglamento del sistema nacional de reHabilitación social, Resolución Nro. SNAI-SNAI-2020-0031-R 30
de julio de 2020. Disponible en https://www.atencionintegral.gob.ec/wp-content/uploads/2020/08/
Reglamento-del-SIstema-de-Rehabilitacio%CC%81n-Social-SNAI-2020_compressed Consultado 20 de
mayo de 2022.
3 gálvez Puebla, Iracema. Sistema Penitenciario en Cuba. Realidades y perspectivas desde una visión
criminológica. En Criminología. Editorial Universitaria Félix Varela. La Habana. 2016. pp. 336 y 337.
4 Esel ejercidopor la familia,la escuelay otrasinstituciones que ejercenuna inuenciasocializadora
sobre el sujeto al contribuir a la interiorización y aceptación de los valores correspondientes a su
contexto socio-histórico, de tal forma que se conviertan en su código de conducta personal que es
acatado voluntariamente a partir del consenso y la persuasión. www.consultasjuridicasinternacional.
urg. Barcelona, noviembre de 2001, consulta realizada el 14 de octubre del 2018, 21:18 PM, p.5.
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