Causa nº 4459/2012 (Casación). Resolución nº 70319 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 28 de Agosto de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 436106018

Causa nº 4459/2012 (Casación). Resolución nº 70319 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 28 de Agosto de 2012

Fecha de Resolución28 de Agosto de 2012
MovimientoRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Rol de Ingreso4459/2012
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación993-2011 C.A. de Santiago
Rol de Ingreso en Primer Instancia-0-0
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, veintiocho de agosto de dos mil doce.

Vistos y teniendo presente:

Primero

Que en estos autos Rol Nº 4459-2012, sobre reclamo de ilegalidad previsto en el articulo 141 de la Ley Organica Constitucional de Municipalidades, se ha ordenado dar cuenta de conformidad con lo dispuesto en el articulo 782 del Codigo de Procedimiento Civil del recurso de casacion en el fondo interpuesto por la sociedad Repa S.A. en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazo el reclamo deducido en contra de la Municipalidad de Las Condes.

Segundo

Que el recurso de nulidad de fondo sostiene que la sentencia recurrida incurre en error de derecho al infringir los articulos 6 y 19 de la Ley Nº 10.336, Organica Constitucional de la Contraloria General de la Republica y los articulos 51 y 52 de la Ley Organica Constitucional de Municipalidades, puesto que dichas normas hacen obligatorios para el municipio los dictamenes de la Contraloria y dicho organo ha resuelto por Dictamen Nº 27.677 de 2010 que la inversion pasiva no constituye una actividad que configure el hecho gravado contemplado en el articulo 23 de la Ley de Rentas Municipales, lo que ha reiterado en dictamenes posteriores. En consecuencia, por tratarse de una sociedad de inversiones pasiva, al rechazar el reclamo planteado se ha violado la jurisprudencia administrativa emanada de la Contraloria.

En seguida la recurrente manifiesta que la sentencia vulnera el articulo 2 de la Ley Nº 18.575 sobre Bases Generales de la Administracion del Estado y el articulo 7 de la Constitucion Politica de la Republica, pues debio concluir que la Municipalidad de Las Condes, al interpretar el Decreto Ley Nº 3.063 sobre R.M. en un sentido inverso al de la Contraloria General de la Republica y plasmar dicha interpretacion en el Ordinario Alcaldicio 10/1351, se atribuyo facultades interpretativas que las leyes no le confieren, violando asi las disposiciones mencionadas.

En tercer termino, la recurrente acusa una erronea interpretacion de los articulos 23 y 24 de la Ley de Rentas Municipales al considerar que las sociedades de inversion pasiva resultan gravadas con patente municipal, en circunstancias que el tributo grava el ejercicio de determinadas actividades lucrativas que ademas deben ser secundarias o terciarias. Por ello es irrelevante la forma juridica o la amplitud o restriccion del giro de una determinada sociedad, puesto que lo unico que se debe revisar es el ejercicio de alguna actividad descrita en el Decreto Ley Nº 3.063, y la inversion pasiva no es una de ellas. Finaliza este capitulo de casacion senalando que la interpretacion que la sentencia recurrida ha efectuado de los articulos 23 y 24 del Decreto Ley Nº 3.063 viola el principio de igualdad ante la ley, por cuanto la sentencia trata de manera...

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