Marco convencional internacional y constitucional nacionales de la responsabilidad - Responsabilidad Patrimonial del Estado en el Derecho Público Global - Libros y Revistas - VLEX 976573635

Marco convencional internacional y constitucional nacionales de la responsabilidad

AutorHugo Rubén Gonzalez Elias
Páginas51-51
51
Responsabilidad patRimonial del estado en el
deRecho público Global
2. maRco convencional inteR nacional y constituciona l
nacionales de la Responsa bilidad
pRincipio GeneRal (Remisión)
Tal como se ha expresado antes, el marco actual de la cuestión no es
diferente al proceso de globalización que ha caracterizado al derecho
comparado en los últimos tiempos.
No solo los tratados de derechos humanos a los que se ha hecho
referencia antes (Pto. 1), sino también en su paulatina incorporación
a los derechos internos por parte de la propia inuencia de la adop-
ción de sistemas comunitarios (Comunidad Europea) o adhesión a
tratados regionales, ponen énfasis no solo en la consagración de los
derechos humanos sino también en la necesaria compensación de los
daños irrogados por los Estados a los ciudadanos, todo lo que será
analizado particularmente en su funcionamiento, precedentes princi-
pales y lineamientos a su momento.
Si bien excede la pretensión del presente trabajo, no puede dejar de
mencionarse que la responsabilidad estatal también se ha particulari-
zado en sus materias especícamente más relevantes en la actualidad
estableciendo regímenes especiales por sector especíco del derecho.
En efecto, los países han avanzado en la adopción de regulaciones
sectoriales (ambiente, consumidores, etc.) que, bajo el manto de nue-
vos reconocimientos de derechos colectivos, de incidencia colectiva,
difusos, han abierto la puerta de los tribunales para abordar los pro-
blemas colectivos con toda su complejidad, pero con la reconocible
fuerza de la necesidad de ser atendidos y respetados ante los desafíos
actuales y los que se avizoran –prácticamente con certeza– serán los
que deberán ser atendidos con premura.
Responsabilidad del func ionaRio público (Remisi ón)
El principio de responsabilidad de los funcionarios públicos pre-
cede a la del Estado, ya se encontraba expresamente establecida en
el preámbulo del Título III de la Constitución francesa de 1791: «El
Poder Ejecutivo se delega al Rey para su ejercicio, bajo su autoridad,
por los ministros y demás agentes responsables» (art. 4), como asi-
mismo, tiempo después, en la Declaración de Derechos de 1879: «La
sociedad tiene el derecho de pedir cuentas a todo agente público de su
administración» (art. 15).
La temática será desarrollada país por país más adelante.

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