Introducción - La norma de amnistía en el derecho tributario - Libros y Revistas - VLEX 1028606672

Introducción

AutorCalilo Jorge Kzam Neto
Cargo del AutorProfesor asociado por la Universidade Federal do Pará
Páginas15-16
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INTRODUCCIÓN
El presente trabajo aborda la norma de amnistía prevista en los tres dis-
positivos legales contenidos en el Código Tributario Nacional (arts. 180, 181 y
182). Estos enunciados legales que regulan la amnistía tributaria fueron intro-
ducidos en la sistemática del Código como “exclusión del crédito tributario”.
El análisis de la norma de amnistía se realizó en la contextualización del
sistema jurídico positivo. Tan solo las manifestaciones normativas enunciadas
en lenguaje fueron tomadas en cuenta. El texto legal expresado en el Código
Tributario Nacional y las proposiciones de aquellos que hacen la Ciencia del
Derecho en el país fueron rigurosamente expuestos en el presente trabajo. Nos
hemos enfocado en la amnistía como norma jurídica y, por esta razón, tiene
estructura lógica denida. En el primer capítulo, relacionamos el conocimien-
to con el Derecho, puesto que ambos solo pueden ser manifestados a través
de articulaciones lingüísticas. En el segundo capítulo, buscamos enfatizar que
la normatividad jurídica deriva de un ordenamiento positivo jerarquizado,
donde interaccionan diversas modalidades de reglas y normas, cuya percep-
ción varía de una persona a otra, aunque todas ellas tengan por referencia la
palabra, la frase, el texto, manifestado siempre por alguna forma de lenguaje.
Desde la premisa de que el Derecho es norma, resaltamos la diversidad de
normas que regulan el comportamiento humano, enfocando el enunciado y
la proposición como etapas del trayecto generativo de sentido de la norma
jurídica. De esta forma, la estructura lógica de la norma jurídica y de la norma
jurídica tributaria fue objeto del tercer y cuarto capítulo, particularmente de
dos especies de normas: la norma general y abstracta, y la norma individual y
concreta, referenciadas en su estructura dual, como norma primaria y norma
secundaria. Las enseñanzas de pensadores como KelseN, BoBBio, vilaNova
y Paulo de Barros carvalho nos orientaron en la jación de las premisas
normativas.
Remontando la genética de la amnistía, concluimos que la relación de la
amnistía con la infracción, tal como es particularmente legislada en el artículo
180 del CTN, no tiene un soporte cientíco delante del examen lógico de la
estructura normativa. El antecedente de la norma de amnistía no alberga el
ilícito del no pago, vale decir, la conducta de infracción. La infracción como

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