Introducción
Autor | Joanna Pereira Pérez |
Páginas | 11-16 |
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INTRODUCCIÓN
El fenómeno jurídico en sí mismo comprende una serie de problemas sociales,
típicos por su constancia y repetición, junto con las soluciones a ese problema en un
momento histórico y para un grupo humano determinado1 y en ese sentido el jurista
debe afrontar los problemas concretos y actuales de la persona y ofrecer soluciones con
imaginación y valentía.2
Los que vivimos la contemporaneidad nos enfrentamos a numerosos factores
que requieren una urgente mirada jurídica y la reformulación de paradigmas en torno
a determinadas instituciones que hasta hace unos años no eran cuestionadas, como es
el caso del ejercicio de la capacidad en relación con la autonomía de la voluntad y sus
peculiaridades, cuando es ejercitada en el presente para surtir efectos en el momento
en que la persona padezca alguna discapacidad o una total incapacidad, pues no cum-
ple con los requisitos ex lege para realizar actos jurídicos válidos.
Por tanto, la ciencia jurídica, en su afán de regular aquellas relaciones y situa-
ciones sociales de mayor relevancia, se ha ocupado y preocupado en la actualidad
por el estudio y la implementación de instituciones cuya nalidad es proteger los de-
rechos de las personas afectadas por una discapacidad física, psíquica o intelectual, o
la disminución en el desempeño de sus funciones por padecer una enfermedad, haber
sufrido un accidente o su arribo a la denominada tercera edad.
La vía clásica y generalizada que para este n es la incapacitación,3 culmina con
el nombramiento de un tutor que suplirá la capacidad después de terminado el proce-
1 Vid. dÍez-picazo, Luis, La representación en el Derecho privado, Editorial Civitas, Ma-
drid, 1992, p. 23.
2 Vid. Vela sánchez cit. pos KeMelMaJer de carlucci, Aida, “Las nuevas realida-
des familiares en el Código Civil y Comercial argentino de 2014”, Revista Jurídica La
Ley, 8 de octubre de 2014, disponible en http://www.pensamientocivil.com.ar/sys-
tem/les/2015/01/Doctrina403.pdf, consultado el 9 de mayo de 2018, p. 6.
3 Señala Valdés dÍaz que con este proceso se consagra el enfoque médico de la
discapacidad y, consecuentemente, el sistema de sustitución para el ejercicio de la
capacidad, generalmente a través de restricciones o, incluso, mediante la total inca-
pacitación. Este modelo se centra en aspectos relativos a la protección en la esfera
patrimonial y descuida las demás esferas en relación con las cuales no suele contener
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